1.725-02-07.- Descripción de la
Encomienda de Segura, realizada por orden de su comendador Manuel de Moncada
Portocarrero, conde de Baños y administrador de la encomienda. Propiedades y
derechos en Villarrodrigo. (AHN. OO.MM. Santiago-Uclés. Carp. 311, nº 48.
Archivo General de la Región de Murcia).
Año 1725
Descripción de la Encomienda de Segura, sus
miembros y pertenencias, hecha por Dn. Manuel de Moncada Portocarrero, Conde de
Baños y Administrador de la dicha Encomienda, por testimonio de Antonio Fernández
Hebia Escribano público en la dicha villa de Segura.
.
Villa de Villa Rodrigo
En
la villa de Villa Rodrigo a siete de febrero de setecientos y beynte y cinco,
el Señor Marzelo Martínez de Ves, alcalde ordinario en ella por su Magestad,
estando en la Casa Tercia de esta villa, propia de la Encomienda de la de
Segura, asistido de el Padre Fray Antonio Fernández Machuca relijioso
merzenario, teniente de cura de esta villa y mayordomo de la fábrica de su
Parroquial y de el sobstituto de el poder del Excelentísimo Señor Conde de
Baños, Administrador con goze de frutos de la Encomienda de dicha villa y de mí
el escribano, teniendo presente el Libro Bezerro de dicha Encomienda y la
declaración de los alarifes, hizo descripción general de todos los diezmos,
rentas, emolumentos, ramos, casas y demás perteneziente a dicha Encomienda en
el estado que oy tienen en la forma y manera siguiente:
Casa Terzia de pan y vino: Tiene la
Encomienda de dicha villa de Segura una Casa Terzia, sola, de pórtico que no
linda con persona alguna, tiene la puerta de el granero a la plaza con quien
alinda, donde tiene su escalera de piedra grande para subir los granos, y ay
una media anega errada buena y raedor hueco para medir los granos. Y por abajo
tiene bodega para el vino con sus dos jaraizes y nuebe tinajas para embasar el
bino que serán asta doscientas y beynte arrobas, las quales están enlañadas y
todas corrientes; tiene asimismo dicha Terzia vn lagar mal tratado, sin pies, dos
vsillos, tres tuercas, puente y tablón, todo medio podrido, y tiene asimismo
otros dos tablones para cargar el orujo, y dicha Terzia nezesita de diferentes
reparos que según la declarazión de los alarifes se nezesitan gastar
seyscientos y treynta y nuebe reales de vellón. (639.-)
Dos casa Ornos: Tiene más la
Encomienda en esta dicha villa, dos ornos de pan cozer que llaman el grande y
el chico, ambos bajo de un mismo tejado, donde los bezinos de esta villa quezen
su pan y está en estilo el poyar de traynta,
uno; tiene sus pesos de cobre de balanzas propios de dicha Encomienda, y están
muy mal tratados, y según la declarazión de los alarifes se nezesitan gastar en
sus reparos vn mill quatrocientos y beynte reales. (1.420.-)
Diezmos y primizias de granos: Tiene asimismo
la Encomienda en esta villa todos los diezmos y primizias de trigo, cevada,
zenteno y escaña de becinos de ella, lo qual // son obligados los labradores a
traer de su quenta desde la era a la Terzia que dicha Encomienda tiene en esta
villa; y aquí entran también los diezmos de granos de labradores de Bienserbida
que siembran en el término de Bayonas, que era aldea de Segura y tenía su
yglesia y párroco y se despobló y está extinguido el Santísimo Sacramento más
de beynte y dos años ha, por no haber bezino alguno; y estos granos los trae de
su quenta la Encomienda y se paga de porte a quartillo por fanega.
Diezmos menores de Villarrodrigo y
Bayonas: Tiene asimismo dicha Encomienda en esta villa, los diezmos
menores como son miel, zera, enjambres, lana, queso, ylazas, ortalizas,
legumbres, frutos, seda, pollos, mijo, panizo, maíz, cal, teja y el fruto de
uba que los cosecheros llevan de su quenta a la Terzia de la Encomienda, y en
esta renta entran todos los diezmos menores del despoblado de Vayonas y anda
todo en un arrendamiento con la azeytuna y demás frutos de esta villa y
Bayonas.
Ganados mayores y menores: Tiene asimismo
la dicha Encomienda en esta villa, los diezmos de chotos, chotas, borregos,
borregas, bezerros, potros, muletos, pollinos y ganado de zerda, de beçinos de
esta villa que se arriendan en dinero y entran con los diezmos menores de esta
villa y Vayonas, menos el lanar y cabrío que lo cobra la Encomienda.
Derechos perdidos: Solía tener la
Encomienda en esta dicha villa el rediezmo de pan de las tierras que se
arrendaban a granos, los diezmos de las soldadas de los mozos y aportillados,
portazgo y derecho de beyntena y de tiempo ynmemorial a esta parte no se
estila cobrar cosa alguna de ello.
Y
por no hallarse otra cosa que a dicha Encomienda pertenezca se fenezió por su
merzed esta descripción y la firmo con dicho teniente de cura y sobstituto del
poder, doy fee.
Marzelo
Martínez de Ves
Fray
Antonio Fernández Collado
Don
Alphonso Garçía Román
Ante
mi, Antonio Fernández Hebia.
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