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lunes, 12 de febrero de 2024

1.820.- Memoria del Vicario de Villarrodrigo, Diego de Alcantud.

 


1.820-10-02.- Villarrodrigo. Memoria del Licenciado Alcantud. (APV, Libro Becerro IV de la Parroquia de Villarrodrigo. Fol. nº 3, 3v y 163)

  

Nº 1º

El Licenciado Alcantud, vecino de esta villa, fundó una memoria perpetua de cinco misas rezadas anuales, dejó vinculado para su cumplimiento un huerto en el sitio Pilar Viejo, su cavida media fanega de trigo en sembradura, que oi linda con el camino de las Riveras o Zanja Madre; y por saliente y mediodía quiñón de Antonio Serrano, huerto de Adriano Vellón, otro de la Yglesia, quiñón de Don Pedro Salcedo, de Diego Urtado y callejuela que entra a estos; y consta en el Bezerro anterior al folio 5º. Posee esta finca Don Agustín Megía Salcedo, vecino de Orcera quien compareció ante su merced el señor comisionado, y reconoció esta memoria en toda forma legal, se obligó a su cumplimiento y lo firmó en Villa Rodrigo, con el Comisionado a dos de octubre de ochocientos y veinte (02-10-1820), de que yo el Notario havilitado certifico. =

Firmado: Bachiller Don Lucas Muñoz y Bueno.

Firmado: Agustín Mugías y Salcedo.

Firmado: Vicente Salcedo, Notario.

 

La carga de esta memoria quedó reducida a una misa rezada anual de estipondio quatro reales con el derecho de visita para cumplirse desde el año de 1821, en la eclesiástica ordinaria practicada en Villarrodrigo a 3 de octubre de 1820 (03-10-1820).

Firmado: Doctor Villodas. (Juan Salvador de Villodas y Orueta)

Firmado: Josef María de Cuenca, Notario.

 



/3v/

Reconocida la memoria de la entablación de la vuelta, Manuel Campos, vecino de esta villa, como posehedor del huerto que se cita, y se obligó a pagar en cada año la misa rezada de quatro reales, de limosna medio real del derecho parroquial y un real y dos maravedíes de visita Ordinaria Eclesiástica que practica en Comisión el Señor Visitador que rubrica en Villarrodrigo a 12 de septiembre de 1827 (12-09-1827). =

Firmado: Don Josef Berrio Ybañez.

Firmado: Manuel Campos.

Firmado: Josef María de Cuenca, Notario.

 

Visitada y cumplida la anterior memoria hasta el año 1827 inclusive.

Firmado: Cuenca. (José María de Cuenca)

 

Visitada y cumplida esta memoria por Manuel Campos hasta fin del corriente año inclusive. Villarrodrigo en Santa Visita Eclesiástica a diez y ocho de octubre de mil ochocientos treinta y uno (18-10-1831).

Firmado: de Aguilar. (Genaro López de Aguilar)

 

Visitada y cumplida esta memoria en la parte de derechos de visita por Manuel Campos, responsable quedando al cuidado del Señor Cura Párroco se cumpla en breve término la celebración de las once misas pendientes hasta el presente año y atendiendo a las justas razones alegadas por el interesado para la reducción de esta carga, se hace en que se cumpla la misa rezada en un año sí, y otro no, desde el año siguiente. Villarrodrigo Santa Visita Eclesiástica a 15 de septiembre de 1842. (15-09-1842)

Firmado: Licenciado Don Raymundo Velasco.

Firmado: Vicente Salcedo, Notario.

 

Visitada y cumplida esta memoria por Manuel Campos hasta el mil ochocientos cincuenta y dos inclusive. Villarrodrigo Santa Visita Eclesiástica a veinte y seis de enero de mil ochocientos cincuenta y tres. = (26-01-1853).

El Visitador Eclesiástico, Teniente Vicario: Licenciado Velasco.

Por mandato de su señoría, Ramón de Aguilar, Notario.

 

(Pasa al folio 163)

 

/163/

 

(Viene del folio 3 vuelto).

 

Memoria del Licenciado Alcantud que viene del folio 3 vuelto reducida a media misa de 4 reales.

 

Visitada y a fin de mil ochocientos setenta y cuatro faltan once misas de 4 reales por Doña Juana Cuenta (Cuenca) que parece compró el huerto hipoteca a Narciso Muñoz.

Firmado Y. Cuesta.


 

COMENTARIO: El Vicario Diego de Alcantud (En la foto la representación de la Recreación Histórica del Villazgo) fundó en la iglesia de Villarrodrigo una Memoria perpetua de cinco misas rezadas al año y para su cumplimiento dejó vinculado un huerto en el Pilar Viejo (Alrededor de la Maquinilla). La memoria fue cumplida desde el siglo XVI hasta 1874 cuya hipoteca había sido comprada por Doña Juana Cuenca y no se asienta su desamortización.

 

Diego de Alcantud - Vicario eclesiástico de Villarrodrigo (1.536-1.554).

- Convento de Uclés (AHN). Religioso del convento de Santiago de Uclés en el año 1.504.

- Cura y Vicario eclesiástico de Villarrodrigo por provisión real y permuta del beneficio de Lietor, dada en Madrid el 11 de enero de 1.536 y por colación del Arzobispo de Toledo D. Juan Cabeza, fechada en Madrid el 22 de enero de 1.536.

- Continúa como Cura y Vicario Eclesiástico de Villarrodrigo en la Visita de la Orden de Santiago el 21 de septiembre de 1.536.

- Continúa como Cura y Vicario eclesiástico de Villarrodrigo en la Visita de la Orden de Santiago el 7 de noviembre de 1.549.

- Peticionario del villazgo para Villarrodrigo (AMV). Junto a Juan Rubio de Avilés y en representación del Concejo de Villarrodrigo solicita el privilegio de villazgo y jurisdicción civil y criminal en primera instancia que fue concedido por el Príncipe Felipe el 2 de diciembre de 1553.

 - Continúa como Cura y Vicario eclesiástico de Villarrodrigo en la Visita de la Orden de Santiago el 1 de abril de 1.554.

 

- Los visitadores santiaguistas en el año 1536 dan un mandato al mayordomo de la iglesia de Bayonas para que arregle la iglesia con el parecer del Vicario Diego de Alcantud “porque la pared del mediodía y el hastial de la parte de oriente de la dicha yglesia están maltratados e para caerse, que les haga hazer çiertos pies e estribos de que tiene neçesydad para sustentarse de la anchura e largo que fuere nesçesario e ponerlos en la dicha pared e hastial para que con ellos no se caiga, lo qual haga con paresçer del Vicario de la dicha yglesia a vista de maestros que dello sepan, lo qual haga hazer de aquy al día de Nuestra Señora de septiembre, so pena de dos ducados para el tesoro de la Orden e obras pías”.

“Se mandó a Diego de Alcantud, vicario de la dicha yglesia, en virtud de obediencia haga notificar este mandato al dicho mayordomo, testigo el Comendador Sandoval e Francisco de Heredia vecino de Torres, pagó de derechos desta visytaçión, cuenta e mandamiento, çinco reales”.

 

 


martes, 27 de junio de 2023

1.715.- Villarrodrigo. Traslado del Auto sobre jurisdicción del Vicario de Villarrodrigo y el Arzobispo de Toledo.

 


1715-11-20.- Villarrodrigo. Traslado Auto sobre jurisdicción del Vicario de Villarrodrigo y el Arzobispo de Toledo. (AHN, OO.MM, Santiago-Uclés, carpeta 311, nº 45. Archivo General de la Región de Murcia)

(Traslado de fecha 20-11-1715)

/1/

Año 1628

Auto definitivo proveído por el Excelentísimo Señor Nuncio de Su Santidad en los Reinos de España, declarando un pleito que litigaban el Arzobispo de Toledo, y la Orden de Santiago, y el Cura de Villarrodrigo, acerca de la jurisdicción. Dada en Madrid a 26 de septiembre de 1628. Es copia autorizada.

Segura. Cajón 311, Num. 45



/2/

Villarrodrigo

Don Agustín de Bonilla y Contreras, notario mayor de la Audiencia Eclesiástica de esta villa de Villarrodrigo y su partido, certifico y doy fe a las Señorías que el presente vieren, como en el título que este le despachó de Cura y Vicario al señor Reverendo Don Pedro Antonio Herrán González, vicario del hábito de Santiago de esta dicha villa y lugares de su Vicaría, por el Excelentísimo Señor Don Luis Manuel Portacarrero, Arzobispo de la ciudad de Toledo, su fecha en Madrid a los veinte y seis días del mes de mayo del año pasado de mil setecientos y seis (26-05-1706), firmado de dicho Cardenal y refrendado y subscripto de Don Juan Bautista Olavarría, su secretario en vida (¿) de los títulos de presentación de Su Majestad en dicho Beneficio y Vicaría por la vacante que sucedió en vida de la renuncia y resignación del Señor Don Miguel Esteban Pérez del hábito Santiago se halla preinserto e incorporado para su mayor observancia y cumplimiento, el auto definitivo proveído por el Ilustrísimo Señor Don Juan Bautista Phanfilio, Nuncio que fue de Su Santidad en los Reinos de España en vida del proceso y autos que se formó entre la Dignidad Arzobispal y la de esta dicha villa, sobre la jurisdicción que cada una pretendía obtener eclesiástica en ella; que sacado a la letra su thenor es el siguiente:



Auto

En la villa de Madrid a veinte y seis días del mes de septiembre de mill seiscientos // y veinte y ocho años (26-9-1628), visto este proceso, y auttos por el Ilustrísimo Señor D. Juan Baptista Panphilio Patriarcha de Antioquia, Nuncio, y Colector General Apostólico en estos Reynos de España, que son entre partes, de la una la Dignidad Arzobispal de Toledo, y de la otra el Fiscal del Real Consejo de las Ordenes, por su derecho, y de la Orden de Santiago, y el Vicario de Villa-Rodrigo, que sin perjuicio de ambas partes en juicio petitorio possesorio, y plenario, y en el interin, y hasta tanto que otra cosa se provea y mande; debía de manutener, manutenía, y mantuvo, amparaba, y amparó a cada una de las partes en la posesión que han estado y están en la forma siguiente:

Al dicho Vicario de la dicha Villa de Villarrodrigo, de conocer de las causas de ella en primera instancia privative a la Dignidad Arzobispal, excepto en las colaciones de Beneficios y Capellanías, en el hacer las quales manutenía, y mantuvo a dicha Dignidad Arzobispal privative al dicho Vicario;

Y en quanto a la visita, manutenía, y mantuvo al dicho Vicario, y Visitador en la posesión en que están de hacerla en toda la dicha Vicaria, y en todos los autos tocantes a visita privative con la dicha Dignidad // Arzobispal de Toledo, excepto en la visita del Santísimo Sacramento, Santos Olios, y Chrisma, en el hazer la qual también manutenía y mantuvo, amparaba, y amparó a la dicha Dignidad Arzobispal y sus Visitadores, y de que quando vayan sean recibidos a son de campana;

Y en quanto al hazer Ordenes, confirmar, y exercer actos Pontificales en la dicha Vicaria, y dar Reverendas a los vecinos de ella, manutenía, y mantuvo a la dicha Dignidad Arzobispal privativamente,

Y en quanto a hazer colación de la dicha Vicaria, que para este efecto se dirigen las provisiones del nombramiento del dicho Vicario, manutenía, y mantuvo a la dicha Dignidad Arzobispal privativamente.

Y en quanto a las apelaciones de las sentencias, y autos que diere el dicho Vicario, manutenía, y mantuvo a la dicha Dignidad Arzobispal, y al Real Consejo de las Ordenes acumulative a prevención de admitirlas, oír, y conocer, y determinarlas, en la qual dicha posesión no sean inquietados, molestados, ni perturbadas las partes por persona alguna, ni la una ni la otra la inquiete, moleste, ni perturbe, y para ello se den y despachen los mandamientos de manutención necesarios.

Así lo proveyó, // mandó, y firmó el Señor Auditor = Antonius Brancalius Auditor. Ante mi D. Francisco Gutiérrez Zorrilla Secretario. 



Que dicho Auto presente concuerda con el que está incorporado en dicho título a que me remito, que para este fin fue exibido y demostrado por el dicho Vicario Don Pedro Herrán González y mandó sacar este traslado para remitirlo al señor Provincial (¿) Prior del Real Convento de Uclés; y le volví a entregar a su merced que firmó su recibo; y lo demás relacionado consta del mismo título original predicho y para que conste lo signé y firmé en dicha villa de Villarrodrigo en veinte días del mes de noviembre de setecientos y quinze años. (20-11-1715).

Licenciado Don Pedro Herrán González.

En testimonio de verdad: Agustín Antonio Bonilla Contreras, notario

 

COMENTARIO: En lo civil Villarrodrigo pertenecía al señorío de la Orden de Santiago. En lo eclesiástico la iglesia pertenecía al arzobispado de Toledo desde su creación. Sus clérigos (Curas, Vicarios) los pone Uclés con el nombramiento del Arzobispo de Toledo.

Con esta situación y lo alejado de la sede arzobispal, los clérigos santiaguistas y posteriormente los vicarios asumen competencias que en otros lugares del arzobispado no correspondería, apoyados por Uclés. Este auto de 1628 por el Nuncio en España (futuro Papa Inocencio X) reafirma las competencias del Vicario que venía ejerciendo anteriormente con el apoyo de la Orden de Santiago.

 



1784.- Mapa de la Vicaría de Villarrodrigo, hecho de acuerdo y a costa del Real y Supremo Consejo de las Órdenes por don Tomás López, geógrafo de los dominios de S.M. Madrid año 1784.

La Vicaría comprende las iglesias de Villarrodrigo, Torres de Albanchez, Génave y Bayonas junto al caserío El Oso.


lunes, 1 de noviembre de 2021

1.793.- Villarrodrigo. Capellanía de Ánimas del Purgatorio.

 


1.793.- Villarrodrigo. Capellanía de Ánimas del Purgatorio. (APV, Libro Becerro de la Parroquia de Villarrodrigo. Fol. nº 270 a 291)

 /270/

Capellanía de Animas.

 

Auto: En la villa de Villarrodrigo en seis días del mes de junio de mil setecientos noventa y tres (6-6-1793), el Señor Don Pedro Gómez, Presvítero, Vicario Ynterino, Juez Eclesiástico ordinario y Visitador General de esta villa y su partido por nombramiento del Ylustrísimo Señor Prior de Santiago de Uclés y por orden dimanante de el Real Consejo de ellas, dijo: Que a reconocido todas las escrituras de censos correspondientes a la Capellanía de las benditas Animas del Purgatorio, que se fundó de los bienes que dejaron Juan Fernández Palomas, Bartolomé Simón, Antón Martínez de Matheo Sánchez, y agregación de bienes que a ella se hizo por la muerte de Lucía de Bustos, hija de Diego de Bustos, de esta vecindad; y resolviéndose que se allan muchas perdidas, por no saberse los posehedores de las fincas, ni linderos de estas, por lo qual resultan grabes perjuicios dimanados de no aberse echo los reconocimientos ni están como deben notadas en el libro Becerro, que a dado motivo a el estrabío de muchas, abiendosen reducido sus esequias a mucho menos de la que consta de cuentas antiguas y no debiendo su merced disimular por más tiempo el que así corran y en su perjuicio se apremian a que se financien los reconocimientos que faltan, debía de mandar y mandó que a esta conminación se ponga nota de todas las escrituras corrientes, sus imponedores, cantidad o plazos y fincas con los linderos que oy tengan, sus posehedores y reconocimiento respectibo para anotar en adelante y evitar su pérdida, lo qual se ejecute con asistencia de tres personas de la mayor ynteligencia de este pueblo, para que no se ponga lo que no sea la realidad en el día y lo serán Joseph Campos, Manuel Hurtado y Juan Marcelo de Bes, vecinos de esta villa, lo que se les ará saber para su aceptación y su juramento; y por este su Auto su merced lo proveyó y firmo de que doy fee. =

Firmado: Don Pedro Gómez Muñoz.

Ante mi, Francisco Joseph de Matamoros, escribano.

 



Citaciones, aceptación y juramento.

 

En dicha villa, en dicho día, mes y año, su merced dicho Señor Vicario Ynterino, estando en su audiencia, parecieron en ella Joseph de Campos, Manuel Hurtado y Juan Marcelo de Bes, ebspertos nombrados en el auto que antecede, el que les hice saber y su merced les recibió juramento que lo hicieron a dios nuestro señor y por una señal /271/ de cruz en forma de derecho bajo cuyo cargo ofrecieron asistir a dicha diligencia y ponen las razones de límites que se encargan y lo firmaron con su merced, doy fee el que sabe. =

Firmado: Juan Marzelo de Bes Yáñez.

Firmado: José de Campos.

Firmado: Matamoros, escribano. (Francisco José de Matamoros).

 

Relación de bienes correspondientes a la Capellanía de Animas y su agragación.

 

1ª

Una escritura de censo, su principal 330 reales, que a un 3 por ciento paga 9 reales y 30 maravedíes; que impuso Juan López de Castro por si y ante si en esta villa a 12 de octubre de 1678 años (12-10-1678) y fue reconocido últimamente por Pedro López de Castro en 16 de febrero de 1696 (16-2-1696) ante Antonio Serrano Bezares, escribano de esta villa, su plaza dicho día 12 de cada año en octubre; que cargó sobre una huerta, en el sitio del Burruezo desta jurisdicción, que oy posehe y paga sus réditos Pedro Bezares, vecino de Bienservida y linda por saliente con otra del Convento de Dominicas de Alcaraz; por mediodía con vereda que se lleva desde la Loma a las Olibas; por poniente huerta Matilla que es de la Capellanía de Don Blas de Córdoba y la presa; por norte el Río Madre y coje dos fanegas de cebada arbolada.

Principal: 330 : 0 =  Réditos: 9 : 30

 

2ª

Una escritura, su principal 330 reales, réditos 9 y 30 que impuso Juan de Quesada ante Diego Bezares a 10 de octubre de 1644 (10-10-1644); y últimamente se reconoció por Doña Ysabel Rufina Salcedo a los 19 de octubre de 1780, por ante Francisco Joseph de Matamoros, escribano de esta villa, cargado sobre la mitad de cortijo y tierras de la Fuente del Campo que es del vínculo que fundó Juana Salcedo, el que oy posehe don Pedro Salcedo.

Principal: 330 : 0 =  Réditos: 9 : 30

 


3ª

Otra escritura, su principal 110 reales y Réditos 3 y 10, que de doble cantidad impusieron el Licenciado Cristóbal de Vico Morcillo y Fernando Fernández de Ves por ante Diego Bezares a 18 de septiembre de 1644 años (18-9-1644); y dichos 110 reales se reconociera últimamente por Sebastiana de Córdoba, curadora de Blas Fernández, su hijo en 12 de octubre de 1780 (12-10-1780)  ante Francisco Joseph de Matamoros; y sobre un quiñón que oy posehe y paga sus réditos dicho Blas, y coje media fanega de trigo en el sitio de las Tres Casas (quiñones del camino de la Tejera al camino de Onsares) que linda por saliente con otro del vínculo de Garci Morcillo, por mediodía el Rio, por poniente quiñón del vínculo de don Miguel Gutiérrez que posehe don Pedro Salcedo, por el norte herederos de dicho Blas; y la otra mitad se redimió.

Principal: 110 : 0 =  Réditos: 3 : 10

 

4ª

Otra escritura, su principal 220 reales, réditos 6 reales y 20 maravedíes; que la mitad últimamente fue reconocido por Josepha López, viuda de Matías Ruiz, en 15 de octubre /272/ de 1777 (15-10-1777) por ante Antonio Plácido García, que está cargado el principal sobre unas casas que posee de por mitad Pedro Ruiz y María Gómez, vecinos de esta villa, en la placeta de la yglesia, que lindan por arriba con casas de Bentura Martínez, por el saliente con otras de la viuda de Joseph Sanz, llamada Catalina González de Bartolomé González, con callejón que sube a estas por el norte; y por mediodía y poniente con la calle y placeta; se impuso de doble cantidad, la mitad se redimió el importe de nuevo que es la escritura siguiente y la primera imposición la hizo Ysabel Fernández, viuda de Ramón Marín y Juan González Polo a los 15 de febrero de 1696 (15-2-1696), por ante Antonio Serrano Bezares; pagan dichos 6 reales y 20 maravedíes, los dichos Pedro Ruiz y María Gómez, viuda de Francisco Pérez.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20

 


5ª

Otra escritura, su principal 220 reales, réditos 6 reales 20 maravedíes, que impuso Manuel Hurtado, de esta vecindad, en 20 de marzo de 1779 (20-3-1779) por ante Francisco Joseph de Matamoros, escribano; cargó sobre una huerta en la Rivera de la Oyuela, de una fanega de sembradura con morales y una oliva, que oy linda, por saliente con la Zanja vertiente del agua, por mediodía huerto de la iglesia, por poniente el camino de la derecha de dicha Ribera, por el norte huerta de Sebastián Ruiz; y oy es poseheida y paga sus réditos el Convento de Dominicas de la ciudad de Alcaraz.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20

 

6ª

Otra escritura, su principal 330 reales, rédito 9 reales y 30 maravedíes, que impusieron Francisco Serrano y María de Ves, su muger, ante Francisco de Saldibar a 14 de octubre de 1641 (14-10-1641), y la mitad reconoció últimamente María Bonache a 3 de diciembre de 1777 (3-12-1777) ante Plácido García; y pagan sus réditos oy su hijo Bernabé Rodríguez y Blas Pérez, como posehedores de las ypotecas que son dos huertas que eran una, en la Ribera del Tobar, bajo de las Toscas, que lindan por el norte con camino de ellas, por saliente huerto de el vínculo que posehe Juan Marcelo de Ves, por mediodía el Rio, por poniente huerta de las monjas dominicas de Alcaraz, y por el oriente con huerto de los erederos de Javiera Muñoz que viven en Torres.

Principal: 330 : 0 =  Réditos: 9 : 30

 

7ª

Otra escritura, su principal 330 reales, réditos 9 y 30; que impusieron Francisco García de Juan Gutiérrez y María de Ortega, su suegra y Francisca Martínez, viuda de Juan Gutiérrez, ante Francisco de Saldibar, escribano, a 20 de febrero de 1638 (20-2-1638), y últimamente se reconoció por Ysabel Simón, viuda de Antonio Santiago, ante Plácido García en 27 de /273/ octubre de 1777 (27-10-1777), cargado sobre una haza de 17 fanegas en la Loma del Moral (¿), de este término con un moral que linda con tierras de Francisca Martínez, viuda de don Ramón Basco y con Antonio Pretel, con tierra de Joseph Sánchez, con Blas Fernández, de la qual por cesión de la dicha Ysabel paga sus réditos como posehedor según escritura otorgada por ante Francisco Joseph de Matamoros, año de 1788, Francisco Gutiérrez, vecino de esta villa.

 


8ª

Otra escritura, su principal 330 reales, réditos 9 reales y 30 maravedíes; que impusieron Miguel Gallego y María Serrana, su muger, a 25 de septiembre de 1641 (25-9-1641) ante Francisco de Zaldibar; y últimamente es reconocida por Diego López y María Bonache ante Antonio Serrano (Bezares) en 27 de noviembre de 1695 (27-11-1695); posehen oy las ypotecas de los Villares, Agustín González, Francisco González y Joseph Campos y Bernabé Rodríguez Buenache; que lindan por saliente con tierra de Francisca Martínez Melilla por encima de los caños y zanja por bajo; por mediodía huertas de Juan Montalbo, Manuel Simón, camino de los Villares; por poniente Blas Auñón, Francisco Joseph de Matamoros, Juan Pablo González; por norte dicho Manuel Simón y Manuel Marín, todo entre las venas, zanja y caños.

Principal: 330 : 0 =  Réditos: 9 : 30

 

9ª

Otra escritura, principal 220 reales, réditos 6 y 20; que impuso Francisco de Torres e Ynés Gómez, su muger, a 19 de agosto de 1625 (19-8-1625) ante Sebastián de Bezares; y reconocido últimamente por Joseph Martínez, en 14 de octubre de 1777 (14-10-1777), ante Plácido García; cargado sobre unas casas que posehen los erederos de Joseph Martínez, que pagan sus réditos y lindan con la placeta de la Yglesia, con casa de Don Garci Polo y por bajo con la de Catalina González, de Diego Polo y la calle.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20

 


10ª

Otra escritura, principal 220 reales, réditos 6 y 20; que impuso Cristóbal de Henarejos y María Serrano, su muger, en 10 de julio de 1653 (10-7-1653) por ante Diego de Vezares; y últimamente se reconoció por Manuela Fernández Cano y Francisco Martínez Solano y Micaela Ruiz, su muger, en 12 de febrero de 1696 (12-2-1696) ante Antonio Serrano Bezares; cargado sobre un majuelo en la Loma de las Olivas, entre las dos veredas que se llevan a el Burruezo y que ban por la Cañada de Enmedio; que posehe y paga sus réditos Antonio de Gracia, vecino de esta villa, está con diferentes olivas y cepas; y el aza linda de la Oyuela linda con huerta de Lorenzo López, que era de la Vicaría, tierra del Concejo desta villa; y está el aza ynculta.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20

 

11ª

Otra escritura, principal 220 reales, réditos 6 y 20; que impuso Pedro Sánchez Alonso y María

/274 a 277/ cortadas y en blanco

 

/278/

Rubia, su muger, a 23 de agosto de 1625 (23-8-1625), ante Sebastián de Vezares; y reconocida últimamente por Joseph Sánchez en primero de octubre de 1777 (1-10-1777) ante Plácido García; cargado sobre unas casas que posehe y paga sus réditos, Catalina Gómez de Bartolomé Gómez, viuda de dicho Joseph Sánchez y están en lo alto del callejón que hay antes de entrar en la placeta de la iglesia yendo desde el Ayuntamiento (Consultorio Médico) y linda por bajo con las de Pedro Ruiz, por mediodía corrales y casas de Bentura Martínez y de Antonio Montañés.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20

 


12ª

Otra escritura, principal 623 reales, réditos 18 reales y 23 maravedíes; que impusieron Diego Auñón a 18 de enero de 1677 (18-1-1677), ante Juan López de Castro; y por estar perdida la viña de la Loma de la Sabina que linda con otras de los erederos de Antonio Serrano y los de Pedro Gómez; y las casas arruinadas, solo el solar de estas lo posehe esta Capellanía y lo arrienda por 6 maravedíes anuales y linda por arriba con casa de Antonio y Manuel Gómez, en lo ondo de la calle Ancha, con corrales o alcacelar de casas de Pedro Antonio Perona (¿) con la calle y camino que cruza a el Barranco de la calle de las Parras.

Principal: 200 : 0 =  Réditos: 6 : 0

 

13ª

Otra escritura, principal 110 reales, réditos 3 reales y 10 maravedíes que impusieron Juan Martínez de Torres y Melchora de Bustos, su muger, ante Sebastián de Vezares en 7 de septiembre de 1625 (7-9-1625), y reconocido últimamente por Antonio González Fernández ante Plácido García, a 29 de septiembre de 1777 (29-9-1777), cargado sobre una viña perdida, echa quiñón que coje quince fanegas de cebada, con una mata de yguera y un moral pequeño, y linda por saliente vereda de la Mata desde el ejido, por mediodía tierra de Miguel Cobos, por poniente los Callejones, por norte quiñón de Antonio Nares, y es propia esta finca de la agregación de esta Capellanía y dicho González la reconoció siendo administrador de ella y no lo expresó en la escritura como se bió, la posehe la misma Capellanía.

Principal: 110 : 0 =  Réditos: 3 : 10

 


14ª

Otra escritura, principal 220 reales, réditos 6 y 20, que impuso Cristóbal Gutiérrez y Ana Fernández en 7 de enero de 1614 (7-1-1614) ante Sebastián de Santa Cruz, y reconocido últimamente por Francisco Gutiérrez Villanueba en 15 de octubre de 1775 (15-10-1775) ante Miguel Rodríguez de Munera; cargado sobre unas casas en el Cantón de Antón Martínez, que lindan por arriba con casas de Manuel y Joseph Santiago con la calle y dicho Cantón, que la posehe Antonio Martínez, vecino de Torres y su sobrino Eusebio Martínez, quienes deben pagar sus réditos por tenerlas /279/ con dicha carga, pero por estar arruinadas se espresa que la finca que consta de la imposición lo es también un quiñón en el Cubillo, su cabida ocho fanegas de trigo, que linda con la zanja del Pilar por poniente; por norte quiñón del vínculo de Juana Salcedo y otro de Nuestra Señora de Albanchez, por saliente otro de Francisco Gutiérrez; por mediodía vereda que ba a las ericas de la Carrasquilla y lo posehe Manuel Simón Pretel.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20

 

15ª

Otra escritura, su principal 616 reales, rédito 18 reales y 16 maravedíes, que impusieron Pedro Vezares por ante Juan López de Castro, a los 20 de septiembre de 1666 (20-9-1666), y que reconoció últimamente Catalina Fernández, viuda de Lucas Fernández, a los 11 de noviembre de 1777 (11-11-1777), ante Plácido García; cargado sobre una haza de diez fanegas en sembradura para trigo encima del Molino de Abajo, que linda por saliente con camino de Villa Palacios al este, y a el otro lado del Royo de la Cañadilla, digo el Ardal asta el royo de la Cañadilla abajo asta el camino del molino con el caz viejo por el Cerrillo y majuelos de Bienserbida. Otro majuelo ya perdido de fanega y media en sembradura en el Ardal, linde con el de Blas Fernández; por abajo con el camino que pasa por medio de este majuelo y huerta de María Guardia y consortes, por arriba camino del Molino de Arriba, y por el lado del molino con un majuelo de las monjas de Alcaraz; cuyas fincas posehe el presente Notario, por haberlas comprado, de la yjuela de deudas que por hacerse de la Catalina Fernández se a echo en la división de bienes judicial año de 1789 y 1792 que se concluyó; el qual dicho notario Francisco Joseph de Matamoros paga sus réditos anuales.

Principal: 616 : 0 =  Réditos: 18 : 16

 


16ª

Otra escritura, principal 166 reales, réditos 4 reales y 32 maravedíes, que impusieron Antonio Martínez Moreno y María Fernández, su muger, en 13 de septiembre de 1615 (13-9-1615) ante Francisco Gallego, y se reconoció últimamente por Agustín Carrasco en 20 de octubre de 1776 (20-10-1776) ante Plácido García, cargado sobre un huerto en la Cañada de Enmedio de esta villa, de quatro zelemines de trigo en sembradura, hoyuela con morales, linde por saliente con la Zanja, por mediodía herederos de Vicente del vínculo de Juana Salcedo que posehe don Pedro Salcedo, por poniente y norte huerta de las monjas dominicas y dicha Zanja que lo posehe y paga sus réditos, Luisa Martínez, muger de dicho Agustín Carrasco ymviuda (¿).

Principal: 166 : 0 =  Réditos: 4 : 32

 

17ª

Otra escritura, principal 243 reales, rédito 7 reales 9 maravedíes que impusieron Gonzalo Fernández de Miguel Jiménez y María /280/ Fernández, su muger, a 3 de octubre de 1599 (3-10-1599), su plazo 17 de octubre de cada año y se reconoció últimamente por Thomás Romero Sánchez de Vico, vecino de esta villa, en 3 de febrero de 1696 (3-2-1696) ante Antonio Serrano Bezares; cargado sobre unas casas de morada en la placeta de Joseph Martínez, calle de Mingo Sancho; que lindan por saliente con alcacelar de Francisco Joseph de Matamoros, por mediodía dicha placeta, por poniente casas de los erederos de Sebastián Diaz, por norte el Barrancazo; que posehe y debe pagar sus réditos don Joaquín Mejía, posehedor del vínculo, de los Mejías del que son los quiñones detrás de dichas casas. Una huerta en los Carrizales que posehe el convento de dominicas de Alcaraz, que le vendió a Thomás Mejía, entre dichas dos del mismo convento, vendidas por los descendientes del referido Thomás Romero, y por mediodía el Rio, por norte la zanja madre.

Principal: 243 : 0 =  Réditos: 7 : 9

 


18ª

Otra escritura, principal 330 reales, rédito 9 reales y 30 maravedíes, que impusieron Pedro Sánchez Cano y Quiteria Muñoz, su muger, ante Diego de Bezares, en 26 de septiembre de 1644 (26-9-1644), cargado sobre una casa cortijo y tierras adjuntas dando vista a el Barranco del Encinar y Royo Sequillo, con otras tierras en Santa María, que lo posehe y paga sus réditos Antonio Muñoz García, vecino de esta villa, que debe hacer reconocimiento de él.

Principal: 330 : 0 =  Réditos: 9 : 30

 

19ª

Otra escritura, principal 220 reales, rédito 6 reales y 20 maravedíes, que impuso Antonio Martínez Casanoba ante Sebastián de Vezares a 22 de agosto de 1625 (22-8-1625), y reconocido últimamente por Pedro Alcaraz y Moreno y Juan Pablo González como tutores de los menores de Agustín García en tres de diciembre de 1777 (3-12-1777) ante Plácido García; cargado sobre unas casas de morada en esta villa que poseen los hijos de dicho Pedro Navarro Moreno, alias Alcaraz, y los menores de Agustín García, mitad estos y mitad aquellos, que está en lo alto del callejón frente de las puertas principales de esta Yglesia, que lindan por poniente con casas de los erederos de Juan Polo, por norte sus corrales, por saliente corrales de casas de Manuel Marín y por mediodía la calle pública.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20

 


20ª

Otra escritura, su principal 330 reales , réditos /281/ 9 reales y 30 maravedíes, que impuso Gabriel Martínez de Olibares, vecino de Bienserbida, ante Juan de Angulo, escribano de ella, en 4 de marzo de 1674 (4-3-1674); y a favor de la memoria de las Animas que en el lugar Bayonas fundó Antonia Sánchez, y oy corre por de la Capellanía de Animas de Villa Rodrigo; y últimamente se reconoció por Rosa Martínez, viuda de Diego Sánchez Briz, de Bienserbida, ante Ygnacio Gallego Figueroa, escribano de reynos, vecino de Villapalacios y residente en la dicha de Bienserbida, en 6 días del mes de octubre de 1778 años (6-10-1778); sobre unas casas de morada en dicha villa, que linda por saliente con otras de Antonio Montañés, al mediodía corrales de los erederos de Francisco Ortega, poniente casas de Ysabel Martínez, viuda de Juan Martínez Sandoval, por norte calle que sale a la calzada o Alamo (¿); que oy posehe y paga sus réditos Antonio de Cuenca, vecino de dicha villa.

Principal: 330 : 0 =  Réditos: 9 : 30

 

21ª

Otra escritura, principal 110 reales, réditos 3 y 10, que impuso Cristóbal Muñoz y María Alonso, su muger, ante Sebastián de Vezares a 31 de diciembre de 1631 (31-12-1631), y reconocido últimamente por Francisco Barriga ante Plácido García en 3 de diciembre de 1777 (3-12-1777), cargado sobre unas casas que oy son arcacelar y coje tres zelemines de cebada para verde y está detrás de las casas de Juan Pablo Gómez, linde con ellas y arcacelar de Pedro Antonio Corona, vecino oy de Montiel, y callejón que sale del barranco desde en medio de la calle Ancha, oy lo poseen María y Rosa Barriga, erederas del Francisco.

Principal: 110 : 0 =  Réditos: 3 : 10

 


22ª

Otra escritura, su principal 220 reales, réditos 6 reales y 20 maravedíes, que impuso Juan Martínez Bueno y Ana Muñoz, su muger, ante Sebastián de Vezares el 17 de agosto de 1625 (17-8-1625), y reconocida últimamente por Bartolomé Ynarejos, mayordomo del caudal de Nuestra Señora de Albanchez, Patrona de esta villa, quien lo paga como posehedor de la finca sobre que está impuesto, y es una huerta poblada de morales y otros árboles en la Ribera de la Oyuela de este término; su cabida una fanega de cebada en sembradura poco más o menos, y linda por arriba con huerta de Manuel de Gracia, por abajo con otra de Antonio Simón Pretel, por poniente la Zanja, por norte la Loma de Enmedio.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20

 

23ª

Otra escritura, principal 122 reales, réditos 3 reales y 22 maravedíes, que impuso Juan Martínez Melilla ante Sebastián de Vezares a 5 de octubre de 1631 (5-10-1631), y reconocido últimamente por Catalina Fernández, viuda de Lucas Fernández, dejando libre la ypoteca de su imposición y cargándolo sobre una huerta, mitad de la que antes era, cuya mitad coje /282/ en sembradura quince fanegas de trigo con algunos morales y linda oy por arriba con dicha huerta de Antonio Fernández, nieto de dicha Catalina, por abajo huerta de Manuel de Gracia, por poniente Zanja Madre, por norte y saliente la Loma de Enmedio, cuyo reconocimiento y cargamento se tuvo por escritura ante Plácido García en 11 de octubre de 1777 (11-10-1777); la posehen oy los erederos de dicha Catalina que son dicho Antonio, sus primos Antonio y Bartolomé Fernández y demás.

Principal: 122 : 0 =  Réditos: 3 : 22

 


24ª

Otra escritura, su principal 94 reales, réditos 2 reales y 26 maravedíes, que impusieron Felipe Sánchez y Ana Muñoz, su muger, en 27 de septiembre de 1606 años (27-9-1606), ante Sebastián de Santa Cruz y reconocido últimamente por Juan Polo Garrido a 3 de diciembre de 1777 (3-12-1777) ante Plácido García; cargado sobre unas casas de morada en esta villa y en el callejón frente de las puertas de esta Yglesia, que lindan por arriba con casas de los erederos de Agustín García y los de Pedro Notario Moreno, por abajo con las de Antonio Montañés, que hacen frente estas a las puertas de dicha Yglesia y las poseen Manuel Polo, Blas Moreno y los menores de Antonio Polo y Benita Figueroa, que viven oy en Torres.

Principal: 94 : 0 =  Réditos: 2 : 26.

 

25ª

Otra escritura, principal 231 reales, réditos 6 reales y 31 maravedíes, que se impuso en 19 de mayo de 1605 (19-5-1605) ante Pedro Morcillo y se reconoció últimamente en 8 de agosto de 1743 (8-8-1743), ante Diego Pedro Morcillo de la Parra por Joseph Pérez del Valle; cargado sobre unas casas que oy son alcacelares, en la calle de las Parras, que los posehe y paga sus réditos Manuel Hurtado de esta vecindad, linda por saliente con casas del dicho, por mediodía la calle, por poniente casas de Diego Hurtado, por norte corrales de ellas y arcacelar de Antonio de Nares que está junto a el Ejido.

Principal: 231 : 0 =  Réditos: 6 : 31.


 

26ª

Otra escritura, su principal 220 reales, réditos 6 reales y 20 maravedíes, que impuso Juan Gómez Yañez por ante Juan González de los Erreros en 12 de diciembre de 1627 (12-12-1627), y reconocido últimamente por Ysabel de Pina, viuda de Francisco Martínez Alonso, en 12 de febrero de 1696 (12-2-1696) ante Antonio Serrano Vezares, cargado sobre dos azas que posehía la viuda de Felipe de Campos, vecina de Segura que por los muchos atrasos las dejó y corren por propias de la Capellanía y están en el sitio de los Llavajos, que la una coje nueve fanegas de trigo en sembradura, pegando a el Cerrillo Mariana, que es propio del aza, y linda por saliente con dicho Cerrillo y por /283/ mediodía tierra de Francisco Joseph de Matamoros, llamada de los Pablos, y camino que ba a el Mesto; por poniente Alfonso Grande (¿) y Blas Auñón, por norte la Laguna de Vico; otra haza más bajo de esta ocho fanegas de sembradura para trigo, que linda por la parte de abajo la jurisdicción de la ciudad de Alcaraz, a saliente y norte tierras del Cortijo de Vico, por mediodía Joseph Campos, por poniente el camino del Collado del Mesto.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20

 

27ª

Otra escritura, su principal 339 reales y 12 maravedíes, réditos 10 reales y 5 maravedíes, que impuso Antonio García Granero y Magdalena Rubia, su muger, a 29 de septiembre de 1609 (29-9-1609), ante Pedro Gómez Arroyo y reconocida últimamente por el maestro Francisco Muñoz de Moya, Presbítero e Ysabel Gómez, viuda de Joseph Sánchez, cunadora de Joseph y Thomás, sus hijos, ante Antonio Serrano Vezares a 15 de febrero de 1696 (15-2-1696), y oy posehen las ypoteas el convento de monjas dominicas de Alcaraz; y son un quiñón de una fanega poco más, de el otro lado de el Rio, bajo la Fuente de la Guerrera (¿), que linda por saliente con el Rio, por mediodía tierra de don Diego Salcedo, que goza su ermana doña Antonia Salcedo, por poniente y norte quiñón de Antonio de Nares, el de la oliba del Puente Ondonera.

 Principal: 339 : 12 =  Réditos: 10 : 5.

 


28ª

Otra escritura, su principal 1320 reales, réditos 39 reales y 20 maravedíes, que impuso Pedro Martínez Campos y Ana Fernández, su muger, por ante Sebastián de Vezares a 5 de enero de 1630 (5-1-1630); su plazo 24 de agosto de cada año; y reconocido por Blas de Córdoba Gutiérrez, ante Antonio Serrano Vezares, en 20 de febrero de 1696 (20-2-1696), cargado sobre una casa nueva que oy está arruinada, en la placeta de el Mesón que llaman, solo (¿) un quarto posehe Sebastiana Larrazaga (¿), viuda de Antonio Mesas; y sobre una casa cortijo y tierras de él, que dicho cortijo está como se ba desta villa a la de Génabe, a la izquierda del camino en el alto que da vista a el Royo de la Zarza, antes de pasarlo, y lo posehe oy la Capellanía llamada de Benatae, fundada en su parroquia Yglesia, pero oy paga don Antonio Salcedo y Agustín de Córdoba, cada uno 7 reales y 10 maravedíes, por los quiñones que posehen, en la Oya, bajo del Calvario, entre los dos de las monjas, llamado el uno el Moredal, esto por convenio en la partición de bienes de don Roque de Córdoba, de que /284/ deben hacer escrituras y los 25 reales los debía pagar él, fueron porque con esta carga lo posehía Manuel Mesas, pero por aberse arruinado y no tener con que sanearlo, debe pagarlo dicha Capellanía como posehedora de la ypoteca principal dicha.

Principal: 1320 : 0 =  Réditos: 39 : 20.

 


29ª

Otra escritura, principal 880 reales, réditos 26 reales y 12 maravedíes, que impuso Antonio Arroyo, ante Francisco de Zaldivar, a 12 de junio de 1640 (12-6-1640) y reconocido en 21 de octubre de 1776 (21-10-1776) por Cristóbal Muñoz y en 20 del mismo por Agustín Lobo, ante Plácido García, de por mitad como posehedores de las casas ypoteca de este censo que están en la calle de el Pilar y lindan por bajo con las del Patronato de Serrano que posehe Antonio Serrano, por arriba con las de Antonio Martínez Melilla, a la calle y camino desde la Ceytara a el Pilar.

Principal: 880 : 0 =  Réditos: 26 : 12.

 

30ª

Otra escritura, su principal 324 reales, réditos 9 reales y 24 maravedíes, que impuso Cristóbal Martínez Barranco e Ysabel Gonzalez, su muger, a 8 de marzo de 1650 (8-3-1650); y reconoció últimamente Miguel Gonzalez ante Plácido García a 3 de diciembre de 1777 (3-12-1777), como posehedor de las casas donde oy vive en la calle Ancha, la segunda bajo de las Quatro Esquinas, que lindan por arriba con las de Blas Fernández, por bajo con las de Juan Marín, por saliente la calle, por poniente corrales de la del dicho Blas Fernández.

Principal: 324 : 0 =  Réditos: 9 : 24.

 


31ª

Otra escritura, su principal 268 reales, réditos 8 reales, que impuso Pedro Pérez del Campo y María Rubia en 31 de mayo de 1625 (31-5-1625), ante Sebastián de Vezares y se reconoció últimamente en 14 de enero de 1696 (14-1-1696) por Juan del Campo y Juan López Morcillo ante Antonio Serrano Vezares; sobre la labor de la Torrecilla, en el quarto el Madroño, término común de Segura; que posehe don Juan de Masa (¿), vecino de Albaladejo, quien paga los réditos y dicha labor tiene cien fanegas de tierra para trigo, con su sitio de casa y la era empedrada, que lindan con tierras de Juan Marcelo de Ves, las de el Carrascal y otras dan el principal doble cavidad y se reconoció.

Principal: 268 : 0 =  Réditos: 8 : 0.

 

32ª

Otra escritura, su principal 330 reales, réditos 9 reales y 30 maravedíes, que impuso Blas Martínez ante Juan López de Castro a 2 de marzo de 1654 (2-3-1654); y últimamente se reconoció por Thomás de Nares ante Antonio Serrano Vezares en 5 de diciembre de 1695 (5-12-1695); cargado sobre el majuelo y huertas de lo ondo de la Martina que posehe Joseph de Nares, vecino /285/ de Bienserbida; que linda oy por saliente con el camino de Villapalacios desde esta villa de Villa Rodrigo, por mediodía tierra de Francisco Joseph de Matamoros, llamada el haza del Molino de Abajo, por poniente huertos de encima de el Molino, por norte Rio de Bienservida.

Principal: 330 : 0 =  Réditos: 9 : 30.

 


33ª

Otra escritura, su principal 512 reales, réditos 15 reales y 12 maravedíes, que impuso Juan Martínez de el Campo y Francisca Avilés, su muger, a 20 de noviembre de 1603 (20-11-1603) por ante Sebastián de Santa Cruz, se reconoció últimamente por Melchor Bueno como tutor curador de los menores de Juan de Mesas, ante Plácido García en 15 de octubre de 1776 (15-10-1776), y oy lo paga Don Blas de Córdoba, presbítero, quien posehe las casas con esta carga; que alindan por poniente y norte con el Ejido, por saliente casas del vínculo que posehe Diego Bezares, por mediodía la calle de las Parras.

Principal: 512 : 0 =  Réditos: 15 : 12.

 

34ª

Otra escritura, principal 220 reales, réditos 6 reales y 20 maravedíes, que impuso el señor don Fernando Martínez de Ves, presbítero, ante Juan López de Castro a 21 de septiembre de 1657 (21-9-1657), y se reconoció últimamente por Antonio Muñoz García ante Plácido García a 20 de octubre de 1776 (20-10-1776); quien lo paga como posehedor de las casas sobre que están cargado, en esta población, que están encima de las casas de esta Vicaría y calle que desde ellas sube y da vuelta asta la Plaza pública.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20.

 


35ª

Otra escritura, principal 110 reales, réditos 3 reales y 10 maravedíes, que impuso Juan García y Catalina González a 21 de marzo de 1614 (21-3-1614) ante Francisco Martínez, y reconocido últimamente por Bartolomé Simón, ante Plácido García en 17 de octubre de 1776 (17-10-1776), y lo paga oy Diego Hurtado por posehedor de la ypoteca que es un huerto detrás de los corrales que mira a el sitio de las Trescasas y poblado de moredas, moreales y otros árboles de una fanega de cebada para verde, linda por saliente con el callejón que baja a los quiñones de las Trescasas, por mediodía quiñones de don Pedro Salcedo y de Antonio Vico, por poniente huerto de Blas Fernández, por norte la calle que ba a la Ceytara o Zanja.

Principal: 110 : 0 =  Réditos: 3 : 10.

 

/286/

36ª

Otra escritura, principal 287 reales, réditos 8 reales y 19 maravedíes, que impuso Francisco Martínez de Yeste Solano ante Francisco Saldíbar, en 21 de abril de 1636 (21-4-1636), y reconocido últimamente por Antonio Simón ante Plácido García en 15 de octubre de 1776 (15-10-1776), cargado sobre una casa cortijo en lo ondo de la Loma del Gato, dando bista a el Royo Sequillo y a la Mangada de esta villa, y demás adjuntas y la que hay a el lado se alla de la huerta de Santa María, quien paga sus réditos.

Principal: 287 : 0 =  Réditos: 8 : 19.

 


37ª

Otra escritura, principal 441 reales, réditos 13 reales y 6 maravedíes, que impuso Alonso López Albarez y Catalina Muñoz, su muger, ante Diego Bezares, a 18 de septiembre de 1640 (18-9-1640), y reconocida últimamente por Francisco Sánchez, cargado sobre unas casas de morada en lo ondo de la calle Ancha, a la derecha como se baja; que linda por bajo con las de Antonio Gómez, por arriba con las de los erederos de Francisco Inarejos y dicho Francisco paga sus réditos.

Principal: 441 : 0 =  Réditos: 13 : 6.

 

38ª

Otra escritura, su principal 121 reales y 6 maravedíes, réditos 3 reales y 21 maravedíes, que impuso Juan Rubio y Lucía Sánchez, su muger, ante Sebastián de Santa Cruz, a 1 de octubre de 1613 (1-10-1613) y reconocida últimamente por Pedro Olibares ante Plácido García a 17 de octubre de 1776 (17-10-1776), cargado sobre una huerta en la Cañada de Enmedio, entre los dos caminos que se apartan a la derecha y a la yzquierda con los que linda por norte y poniente, por saliente la Zanja Madre, por mediodía huerta de las monjas dominicas de Alcaraz; su cabida media fanega de trigo con parras, ygueras y morales, la posehe oy y paga sus réditos Sebastián Ruiz, el qual vive de presente en Siles.

Principal: 121 : 0 (6) =  Réditos: 3 : 21.

 


39ª

Otra escritura, su principal 341 reales y 3 maravedíes, réditos 10 reales y 7 maravedíes, que impuso Pedro Rodríguez Errero y Josefa Lozano, su muger, en 1 de marzo de 1695 (1-3-1695) ante Pedro Morcillo y reconocido la mitad, por Juan Marcelo de Bes Yáñez, ante Plácido García a 19 de octubre de 1776 (19-10-1776) como posehedor de la mitad de la huerta, la qual oy posehe el todo y paga sus réditos Miguel Montalbo, y está en el sitio de el Burruezo, su cabida dos fanegas de cebada con dos nogales, parras, morales y cerezos, y linda por saliente con huerta de dicho Montalbo, por mediodía el Río, por poniente, huerta de las monjas dominicas, por norte /287/ tierra de los Ynarejos, por la qual pasa la Zanja de los Caños.

Principal: 341 : 3 =  Réditos: 10 : 7.

 

40ª

Otra escritura, su principal 220 reales, réditos 6 reales y 20 maravedíes, que impuso Francisco de Cuenca y Ana Zuara, su muger, a 8 de septiembre de 1642 (8-9-1642), ante Diego Bezares y reconocido últimamente por Antonio Solano Cahasanova y Antonio Marín, en 3 de diciembre de 1777 (3-12-1777) ante Plácido García, quienes lo pagan como posehedores de la ypoteca que es las casas en el callejón de Solano  (calle San José), en la placeta del Ayuntamiento el qual sale a los quiñones de las Trescasas desde dicha placeta y lindan con corrales de casas de Antonio Nares por saliente y mediodía, por poniente casas de los Polos, por norte la calle o callejón.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20.

 


41ª

Otra escritura, principal 310 reales, réditos 9 reales y 10 maravedíes, que impuso Pedro Sánchez Asensio a 29 de diciembre de 1614 (29-12-1614) ante Sebastián de Santa Cruz y reconocido últimamente por Blas de Córdoba y Mateo Moreno ante Antonio Serrano Bezares en 27 de noviembre de 1695 (27-11-1695); cargado sobre un quiñón en las Trescasas de cabida dos fanegas de cebada en sembradura, que linda por arriba con el de Blas Fernández y por bajo con el de Don Pedro Salcedo del vínculo de Juana Salcedo, por mediodía el Río, por norte ortales de Miguel Montalbo e Ysabel Serrano, el qual posehe dicho don Pedro como vinculado por Doña Margarita Gutiérrez, muger del dicho Blas de Córdoba; y sobre unas casas en la calle de las Parras, que posehe Catalina como eredera de Francisca Lobo, vecina de Murcia, las que lindan por saliente con las de los erederos de Antonio Muñoz, por mediodía la calle, por poniente casas vinculadas que posehe Diego Bezares, por norte el Ejido, y por dicha escritura de reconocimiento consta debe pagar y sanear dicho censo el posehedor de dichas casas.

Principal: 310 : 0 =  Réditos: 9 : 10.

 

42ª

Otra escritura, su principal, uno 220 reales, otro 242 reales, réditos de ambos 13 reales y 29 maravedíes, que impuso el primero Francisco López Aranda ante Diego Bezares a 9 de noviembre de 1653 (9-11-1653): el segundo el mismo Francisco y Francisca Bázquez, su muger, ante Sebastián de Santa Cruz en 27 de mayo de 1601 (27-5-1601): /288/ y últimamente se allan ambos reconocidos por Santos Gómez bajo de una escritura otorgada en 16 de octubre de 1776 (16-10-1776), ante Plácido García; y paga sus réditos como posehedora de las ypotecas que son unas casas de morada en esta villa, en el callejón que desde la calle de Vico pasa a la Yglesia y lindan por saliente con dicha calle de Vico, por mediodía casas que son de Bartolomé Ynarejos, por poniente alcacelar de Miguel Montalbo, por norte dicho callejón.

Y una huerta en la ribera del Soto, con una alberca con diferentes árboles, y linda con otra de Francisco Montañés y otra de Nuestra Señora de Albanchez.

Principal: 462 : 0 =  Réditos: 13 : 29.

 


43ª

Otra escritura, principal 220 reales, réditos 6 reales y 2 maravedíes, que impuso Cristóbal Bezares y Mariana Serrano, su muger, en 4 de septiembre de 1625 (4-9-1625), ante Sebastián de Santa Cruz y reconocido últimamente por Antonio Salas ante Plácido García a 1 de diciembre de 1777 (1-12-1777), cargado sobre unas casas de morada en la población de esta villa y calle de las Parras que posehe dicho Salas y paga sus réditos y lindan por saliente con casas de Antonio Muñoz Bázquez, por mediodía las de Manuel Rescalbo y Menchora Moreno sus corrales, por poniente las dichas de Menchora; por norte dicha calle.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20.

 

44ª

Otra escritura, principal 440 reales, réditos 13 reales y 6 maravedíes, que impusieron Miguel Serrano y Catalina Martínez, su muger, ante Juan de Corral en 25 de abril de 1618 (25-4-1618), y reconocido últimamente por Pedro Gonzélez Serrano ante Ambrosio Espinosa de los Monteros en 28 de agosto de 1693 (28-8-1693); con diferentes ypotecas que oy, o asta oy, o que murió a debido pagar sus réditos Angel Martínez Melilla, y varios atrasos que abía los pusieron por deuda a favor de esta Capellanía en la partición extrajudicial de vienes de Francisca Campos, muger de dicho Melilla, como posehedor de las casas de la calle del Pilar (de la iglesia a la Maquinilla) que lindan con casas por bajo de los erederos de Manuel Muñoz, por arriba con las de Miguel Montalbo y la qual vive Mariana hija de dicho Melilla, por mediodía camino detrás de la Yglesia, por norte /289/ la calle; Una haza en el Cerro Segura de ocho fanegas que posehe Antonio Pretel, que linda por saliente con Pedro Ruiz y camino eras del cerro, por mediodía tierras de los Córdobas, por poniente, Juan de Cárdenas y Blas Fernández, por el norte con la cuerda de la loma del Perdigón (¿).

Otra haza de seis fanegas en los Ynarejos.

 


45ª

Otra escritura, principal 132 reales, réditos 3 reales y 32 maravedíes, que impuso Juan Muñoz y Juana Muñoz, su muger, ante Pedro Gómez Arroyo, a ocho de diciembre de 1618 (8-12-1618), y reconocido año de 1655, ante Diego Bezares, por Juan Muñoz a 4 de abril (4-4-1655). Es la ypoteca una zona perdida en el Royo del Ardal, que linda por saliente, erederos de Juan Marín, por mediodía el Royo del Ardal y por poniente camino de las Martinas por norte y dicho saliente, parral de Juan Marcelo de Bes y cañada de los Fresnos, su cabida de esta finca ocho fanegas de trigo; la posee Francisco Montañés y don Pablo González y sus ermanos.

Principal: 132 : 0 =  Réditos: 3 : 32.

 

46ª

Otra escritura, principal 220 reales, réditos 6 reales 20 maravedíes que impusieron Jorje Pérez y Francisca Martínez en 29 de octubre de 1617 (29-10-1617) ante Francisco Gallego y reconocido últimamente por Juan López Santoyo ante Antonio Serrano Bezares en 7 de julio de 1687 (7-7-1687); la ypoteca que son unas casas, están arruinadas y una viña perdida, se ignora qual sea; el solar de las casas lo posehe esta Capellanía y lo arrienda por tres reales anuales para sembrar verde, que está en la calle Ancha, a la izquierda como se baja, antes de llegar a las casas de Juan Sánchez, que hacen esquina a dicha calle y a la de las Parras, y por arriba con casas cahídas de Manuel Hurtado que eran de Francisco Errero.

Principal: 220 : 0 =  Réditos: 6 : 20.

 


47ª

Un pedazo de tierra en los Villares, a uno y otro lado de la Zanja y Caños que coje una fanega de cebada en sembradura, poco menos, con parras y linda por saliente y mediodía con tierras de don Antonio Salcedo, con poniente con majuelo de Manuel Piña, por norte parral de Francisco Matamoros, (lo posehe esta Capellanía y lo arrienda) se subrogó y puso la carga de quatro reales anuales sobre el legado de Francisco Joseph de Matamoros, que es de quatro fanegas de cebada, el que paga en calidad de censo, redime este los quatro reales anuales para el día dos de septiembre de cada año.

Principal: 0 : 0 =  Réditos: 4 : 0.

 


 

Agregación a la Capellanía de Animas

 

Una casa cortijo, con 60 fanegas de tierra /290/ para trigo en el sitio de la Graja, jurisdicción de la villa de Torres, que las está en los rehedores del cortijo, y lindan por saliente con el Royo de la Quebrada.

 

Cargas contra este cortijo, un censo a Nuestra Señora del Rosario, principal 300 reales, réditos 9 reales y 10 maravedíes.

 

Más bienes:

 

Una viña que oy es quiñón, bajo del Calbario, con una yguera y un moralico, que coje quince zelemines de cebada en sembradura y linda por saliente con vereda de la Mata, por mediodía tierra de Miguel Cobos, por poniente camino de los Callejones, por norte tierra de Antonio Nares; tiene de censo contra sí y a favor de esta Capellanía, 3 reales y 10 maravedíes, ques la escritura 13.

 


Cargas de esta agregación.

 

Dicha agregación se hizo con carga de 50 misas rezadas anuales, se redujeron a 25 por el Señor Licenciado Don Manuel de Solera, Vicario de esta villa, como consta de autos pendientes que oy paran en el Juzgado Eclesiástico de Segura por especial comisión del Consejo de las Ordenes, sobre cumplimiento de cargas contra don Juan González, Capellán que fue y Antonio González su administrador y como fiscal de la Audiencia de Villarrodrigo y porque pagadas las cargas y censo de dicha agregación y tenido el año la casa cortijo, el sobrante de productos es del Capellán.

 

Cargas de la Capellanía: Las cargas de la Capellanía eran cinquenta y dos misas cantadas de difuntos, con vigilia y procesión después de la misa al osario y las sobrantes; después de pagadas aquellas cada una a diez reales, los dos a el sacristán, seis para el Capellán, uno de derecho a el cura y otro a la Yglesia y abonada la décima de cobranzas a dicho Capellán administrador, se invertía en misas de a quatro reales para el Capellán que las debe decir y pagadas las cuentas a razón de 36 reales cada año y 6 reales para la agregación de visita de ella; pero como los réditos de censos se redujeron a un tres por ciento, muchas quedan perdidas; oy solo se dicen las misas cantadas con vigilia y procesión, a que pueden abcender sus valores después de pagar las cuentas, décima y demás aneso a su conservación.

 


Patrono: De cuya Capellanía es Patrón para nombrar Capellán, que la sirva y goze sus rentas y le ordene, el Concejo, Justicia y Regimiento de esta villa de Villarrodrigo, con el fin de que se ordene un hijo del pueblo, según se espresa en las /291/ diligencias, que paran entre las escrituras de censo, dimanantes del Concejo de la Gobernación de la ciudad de Toledo donde debe acudir a la toma de colación, todo lo que se espresa para que se tenga presente, estado, tiempo y sirva de gobierno; todo lo que firmó su merced con los susodichos réditos nombrados y de todo yo el Notario doy fee y de haberse concluido esta diligencia oy quince de junio de mil setecientos noventa y tres años. =

Firmado: Don Pedro Gómez Muñoz.

Firmado: Juan Marzelo de Bes Yáñez

Firmado: José de Campos.

Ante mi, Francisco Joseph de Matamoros, escribano.



 


COMENTARIO: La Capellanía de las Ánimas del Purgatorio se creó en el siglo XVI y la fundaron Juan Fernández Palomas, Bartolomé Simón, Antón Martínez de Matheo Sánchez, y agregación de bienes que a ella se hizo por la muerte de Lucía de Bustos, hija de Diego de Bustos, tras un litigio en la Chancillería de Granada.

Era la capellanía mejor dotada económicamente de Villarrodrigo a la que se unió la Capellanía de Ánimas de la iglesia de Bayonas. Se componía de diversas casas, una en Bienservida, cortijos, tierras de labor y huertas que se hipotecaban y se obtenían unos réditos para el pago de misas de difuntos.

El Patrono era el Concejo que nombraba al Capellán que se encargaba de 52 misas cantadas de difuntos, con vigilia y procesión después de la misa al osario. Estas misas se redujeron a 25.

Todas estas propiedades fueron desamortizadas a finales del siglo XIX.