1531-II-11.- Bayonas. Información a
instancia de Andrés Murciano sobre “la carral” (barril para acarrear vino) que
está en la casa de bastimento de la encomienda en Bayonas. (AHN. OO.MM,
AH Toledo, leg. Nº 51.115. Archivo General de la Región de Murcia).
En el lugar
Bayonas, lugar e juridiçión
de la villa de
Segura, a honze días del
mes de
febrero, año del nascimiento de nuestro sal-
vador Ihu Xº
de myll e quynientos e trenta e
un años, este
día por presencia de mi Francisco de
Coronado,
escribano público de dicho lugar e de
los testigos
presentes de yuso escritos paresçio el
señor Andrés
Murciano, vezino de Horcera, arrabal
de la dicha
villa e dixo que le diese por fee e
testimonio
signado con mi signo e viese por vista
de ojos una carral de ciento e diez arrobas que
estaba en el
dicho lugar en casa de Diego de Sandoval
vezino del
dicho lugar que a servido de casa de bas-
timento de las
rentas del dicho lugar pertenesciente
al magco.
señor don Pedro Portocarrero comendador de
la encomyenda
de la dicha villa, que el dicho Andrés
Murciano como
depositario de los mrs. de la me-
dia anata
traxo para servicio de las dichas rentas del
dicho lugar,
de la Bienservida
e de esto e de lo que
más sobrello e
deste e de lo que mas sobrello (sic)
yo el dicho
escribano me ynformare se lo diese por
testimonio
como dicho es, porque dello tiene neçesidad
e lo firmo de
su nombre. Andrés Murciano. Testigos
fueron
presentes el dicho Diego de Sandoval e Alonso Ba-
negas e Hernán
Martynez, vecinos del dicho lugar,
yo el dicho
escribano que por vista de ojos vi la dicha
carral en casa
del dicho Diego de Sandoval esta-
va e buena e
me ynformé de los dichos testigos
[presentes] que
si aquella dicha carral es la que el
dicho Andrés
Murciano dize, el qual dicho Diego de San-
doval dixe que
sabe que puede aver diez años poco
más o menos,
que esta dicha carral que supo-
ne es la que
el dicho Andrés Murciano hizo
traer de la
dicha Bienservida como dicho es e que lo
a de ser que
la avia comprado de (…. )
ber Muñoz,
vezino de Torres, la qual el dicho
Diego de
Sandoval an tenido en su poder seys o
syete años
teniendo la tasación e renta del
vino del dicho
lugar Bayonas e que sabe y es
verdad que
cabe la dicha carral çiento e veynte
arrobas poco
más o menos porque an sacado
della los años
que la an hechado, noventa a-
rrobas de vino
reaxo (¿) e dende arriba e sabe que
otros años,
que otros arrendadores an sido se an
servido de la
dicha carral e an echado en ella su
vino como por
bienes del dicho señor don Pedro
e para el
dicho servicio (¿) de la dicha tasación e que esta es
la verdad e
firmolo de su nombre. / Diego de Sandoval.
Asimesmo los
dichos Alonso Banegas e Her-
nán Martynez
testigos susodichos dijeron que es
verdad lo
dicho por el dicho Sandoval e vieron
la dicha carral e estava donde e como dicho es
por
que lo vieron
segund e como dicho es y el dicho Alonso
Banegas fue en
traeles de la dicha Bienser-
vida e le dio
el dicho Andrés Murciano tres rea-
les de su
salario. / E de ello a pedimiento del dicho
Andrés
Murciano di la presente firmada e
sinada de mi
nombre e signo segund e como
dicho es y
como ante mi.
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