1940-05-18.-Memoria Histórica. Félix Navío
Millán. Sobreseído 6 meses de trabajos. (Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla. Memoria
Histórica. IEG. Procedimiento sumarísimo de urgencia Nº 42.774 Doc. 1-15).
/1/Carátula del Expediente
EJÉRCITO ESPAÑOL
AUDITORIA DE GUERRA DEL EJERCITO DE OPERACIONES DEL SUR
PLAZA DE Orcera
Procedimiento Sumarísimo de Urgencia núm. 42.774
PROCESADO: Félix Navío Millán
En prisión preventiva en Villacarrillo
Desde el día: 10 de marzo de 1940
Por el delito de Rebelión
Consejo de Guerra Permanente de Jaén
/15/ Sobreseimiento
AUDITORÍA DE GUERRA
CÓRDOBA
CÓRDOBA a 18 de mayo de mil novecientos cuarenta.
Examinada la presente información seguida contra:
Félix Navío Millán
RESULTANDO: que el encartado de antecedentes desconocidos, prestó servicio de guardias, interviniendo en la requisa de varios jamones.
CONSIDERANDO: Que no apareciendo acreditado la comisión de hechos delictivos, procede de conformidad a lo dispuesto en el artículo 538 número 1º del Código de Justicia Militar, el sobreseimiento provisional de las actuaciones, si bien habida cuenta de los antecedentes izquierdistas y de los servicios prestados por el inculpado durante la rebelión, es pertinente acordar su ingreso en un Batallón de Trabajadores durante SEIS MESES como comprendido en el apartado B de las Instrucciones de 12 de abril de 1939, dictadas por la Asesoría de S.E. el Generalísimo.
Vistos los artículos citados, Decretos 55 y 191 y demás disposiciones de general aplicación.
DECRETO el sobreseimiento provisional de las presentes actuaciones seguidas contra FÉLIX NAVÍO MILLÁN, el que ingresará en un Batallón de Trabajadores durante SEIS MESES.
Pasen los autos al Juzgado Especial de Ejecutorias para notificación al interesado, que se pondrá a disposición del Jefe de Campos de Concentración correspondiente para su ingreso en un Batallón de Trabajadores durante el tiempo indicado, remitiendo al efecto testimonio en lo pertinente de esta resolución y de los demás particulares correspondientes.
Dedúzcanse los testimonios prevenidos en el artículo 28 del expresado Cuerpo legal, que se remitirá directamente al Consejo Supremo de Justicia Militar, y una vez cumplido lo ordenado, elévense los autos nuevamente a esta Auditoría para su Archivo, previa toma de razón en Información y Estadística.
EL AUDITOR
Detalle:
Archivo |
Archivo
Intermedio Militar Sur (Sevilla) |
Signatura |
L-287
11697 |
Fecha(s) |
23/4/1939–21/11/1944 |
Encausado |
Navío
Millán, Félix |
Apodo |
José,
El |
Año
de nacimiento |
1905 |
Lugar
de nacimiento |
Villarrodrigo |
Lugar
de residencia |
Villarrodrigo |
Profesión |
Jornalero |
Afiliación |
U.G.T. |
Causa |
Rebelión |
COMENTARIO: Félix Navío Millán (Félix José y conocido por
José), hijo de Luis y Leona, natural y vecino de Villarrodrigo, con domicilio
en la calle Simarroja, profesión jornalero y estado casado con Marina Ruiz
Fernández, con la que tiene tres hijos. Al comenzar la guerra se afilió a la
U.G.T. y al partido Socialista y marchó voluntario al frente de guerra en una
Brigada de Carabineros hasta el 27 de marzo de 1939.
Ingresó en la prisión de Villacarrillo el 27 de diciembre de
1939. El 8 de marzo de 1940 se declara la prisión preventiva en la cárcel de
Villacarrillo y el 18 de mayo el sobreseimiento y 6 meses de trabajos forzados.
Fue puesto en libertad de la cárcel de Villacarrillo el 21 de septiembre de
1940.
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