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miércoles, 10 de enero de 2024

1.940.- Memoria Histórica. Félix Navío Millán. Sobreseído.

 


1940-05-18.-Memoria Histórica. Félix Navío Millán. Sobreseído 6 meses de trabajos. (Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla. Memoria Histórica. IEG. Procedimiento sumarísimo de urgencia  Nº 42.774 Doc. 1-15).

 

/1/Carátula del Expediente

 

EJÉRCITO ESPAÑOL

AUDITORIA DE GUERRA DEL EJERCITO DE OPERACIONES DEL SUR

PLAZA DE Orcera

Procedimiento Sumarísimo de Urgencia núm. 42.774

PROCESADO: Félix Navío Millán

En prisión preventiva en Villacarrillo

Desde el día: 10 de marzo de 1940

Por el delito de Rebelión

Consejo de Guerra Permanente de Jaén

 

/15/ Sobreseimiento

 

AUDITORÍA DE GUERRA

CÓRDOBA

 

CÓRDOBA a 18 de mayo de mil novecientos cuarenta.

Examinada la presente información seguida contra:

Félix Navío Millán

RESULTANDO: que el encartado de antecedentes desconocidos, prestó servicio de guardias, interviniendo en la requisa de varios jamones.

 

CONSIDERANDO: Que no apareciendo acreditado la comisión de hechos delictivos, procede de conformidad a lo dispuesto en el artículo 538 número 1º del Código de Justicia Militar, el sobreseimiento provisional de las actuaciones, si bien habida cuenta de los antecedentes izquierdistas y de los servicios prestados por el inculpado durante la rebelión, es pertinente acordar su ingreso en un Batallón de Trabajadores durante SEIS MESES como comprendido en el apartado B de las Instrucciones de 12 de abril de 1939, dictadas por la Asesoría de S.E. el Generalísimo.

 

Vistos los artículos citados, Decretos 55 y 191 y demás disposiciones de general aplicación.

 

DECRETO el sobreseimiento provisional de las presentes actuaciones seguidas contra FÉLIX NAVÍO MILLÁN, el que ingresará en un Batallón de Trabajadores durante SEIS MESES.

 

Pasen los autos al Juzgado Especial de Ejecutorias para notificación al interesado, que se pondrá a disposición del Jefe de Campos de Concentración correspondiente para su ingreso en un Batallón de Trabajadores durante el tiempo indicado, remitiendo al efecto testimonio en lo pertinente de esta resolución y de los demás particulares correspondientes.

 

Dedúzcanse los testimonios prevenidos en el artículo 28 del expresado Cuerpo legal, que se remitirá directamente al Consejo Supremo de Justicia Militar, y una vez cumplido lo ordenado, elévense los autos nuevamente a esta Auditoría para su Archivo, previa toma de razón en Información y Estadística.

EL AUDITOR




Detalle:

Archivo

Archivo Intermedio Militar Sur (Sevilla)

Signatura

L-287 11697

Fecha(s)

23/4/1939–21/11/1944

Encausado

Navío Millán, Félix

Apodo

José, El

Año de nacimiento

1905

Lugar de nacimiento

Villarrodrigo

Lugar de residencia

Villarrodrigo

Profesión

Jornalero

Afiliación

U.G.T.

Causa

Rebelión

 

 

COMENTARIO: Félix Navío Millán (Félix José y conocido por José), hijo de Luis y Leona, natural y vecino de Villarrodrigo, con domicilio en la calle Simarroja, profesión jornalero y estado casado con Marina Ruiz Fernández, con la que tiene tres hijos. Al comenzar la guerra se afilió a la U.G.T. y al partido Socialista y marchó voluntario al frente de guerra en una Brigada de Carabineros hasta el 27 de marzo de 1939.

Ingresó en la prisión de Villacarrillo el 27 de diciembre de 1939. El 8 de marzo de 1940 se declara la prisión preventiva en la cárcel de Villacarrillo y el 18 de mayo el sobreseimiento y 6 meses de trabajos forzados. Fue puesto en libertad de la cárcel de Villacarrillo el 21 de septiembre de 1940.

 

 


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