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miércoles, 26 de junio de 2019

1.735.- Descripción de la Encomienda de Segura. Villarrodrigo.




1.735.- Villarrodrigo. Descripción de la Encomienda de Segura, realizada a nombre de su Comendador Luis, infante de España, por su administrador Vicente de Cuadros. (AHN. OO.MM. Santiago-Uclés. Carp. 311, nº 49. Archivo General de la Región de Murcia).

Año 1735

Descripción de la Encomienda de Segura de la Sierra, sus miembros y pertenencias, hecha a nombre del Excelentísimo Infante de España Don Luis Comendador de ella, por su administrador Don Vicente de Quadros, por testimonio de Antonio Fernández Hebia escribano público de la dicha villa de Segura.

AUTO (2-1-1735)

Auto para que se despache requisitoria a las Jurisdicciones Seculares y eclesiásticas para que se haga la descripzión general de miembros, frutos y rentas; Y la particular de Yglesias.

En la villa de Segura de la (AHN008368) Sierra, a dos de henero de mill setecientos treinta y zinco, el señor Lizenziado Don Francisco Joseph de Párraga, abogado de los Reales Consejos, governador, Justicia (Ordinaria) que diga mayor en ella y su partido por Su Magestad, haviendo visto estos autos, reconocimiento del Libro Vezerro, que tiene esta Encomienda de sus diezmos, frutos, juros, zensos, encasamientos y demás sus pertenencias y la descripzión general hecha de todos ellos, así de los que permanezen, como de los que hay perdidos por falta de estilo en su cobranza, dijo que para que en los demás pueblos se execute /69/ en la misma forma y lo mismo la descripzión particular de las Yglesias del destrito de esta Encomienda, como se ha executado en esta; Debía mandar y mandó se libre la requisitoria prevenida en auto de veinte y nueve de diziembre pasado ynmediato de setecientos y treinta y quatro, a los señores Vicarios de Ynfantes y Villa Rodrigo para que se sirvan mandar a los Curas de su jurisdizión asistan a la descripzión particular de Yglesias y general de miembros, frutos y rentas que en cada una tenga, su estado y existencia, y para las justicias ordinarias de las villas y lugares de (AHN008369) esta diezmería, asistan a dichas descripciones y por ante escrivano las hagan, y que dicha requisitoria y estos autos se entreguen al Apoderado del Señor Administrador de Orden de esta Encomienda, para que a continuazión de ella y arregladas a las por su merzed executadas en esta villa las executen respecto que en el interin el Alarife nombrado para el reconocimiento del estado de los encasamientos le podría executar y parezer a declarar, y lo firmó = Lizenziado Párraga = Ante mi = Antonio Fernández Hebia.

Doy fe como en cumplimiento de /70/ este auto y del de veinte y nueve de diziembre del año pasado de setecientos y treinta y quatro se libró la requisitoria que por ambos autos se manda en relazión de todo en un pliego del sello quatro en esta villa de Segura a tres de henero de mill setecientos y treinta y zinco = Hebia.



Requisitoria: Lizenziado Don Francisco Joseph de Párraga, Abogado de los Reales Consejos, Governador Justicia mayor de la villa de Segura de la Sierra y su partido, por Su Magestad, Capitán a Guerra de esta Sargentía =

Hago saver a los Señores Vicarios, Juezes Eclesiásticos (AHN008370) Ordinarios, Visitadores Generales por Autoridad Apostólica y real de las villas y partidos de Ynfantes y Villarrodrigo, y señores Alcaldes ordinarios de las villas y lugares de la diezmería de esta Encomienda y de las demás en las quales tenga qualquier pertenencia, donde esta mi carta requisitoria fuere presentada y de lo en ella contenido pedido entero cumplimiento de justizia, como Don Diego Phelipe de Sayas, residente en esta villa, Apoderado del Señor Don Vizente de Quadros, Cavallero profeso de la Orden de Santiago /71/ y Administrador de Orden de esta Encomienda por Su Magestad (que Dios guarde) y por la menor hedad del Serenísimo Señor Ynfante de las Españas Don Luis, Comendador de esta dicha Encomienda, en veinte y nueve de diziembre pasado de mill setecientos y treinta y quatro ante mi, y en mi audiencia presentó el real título original de tal Comendador librado a favor de dicho serenísimo Señor Ynfante, y el poder que le está otorgado por dicho Señor Administrador de Orden, y pidió se le devolviese el título original para que obrase los efectos que hubiese lugar, y que en vista de todo se mandase por mí la descripzión general (AHN008371) de los miembros, rentas, diezmos, encasamientos y primicias de esta dicha Encomienda y la particular de esta Parroquial, y de las demás de las villas y lugares de esta diezmería, y comprensión, y lo demás que contiene dicho su pedimento, que visto por mí con el real título y poder mandé se sacase copia de dicho real título, para con el expresado poder ponerle por caveza, y que el original se entregase a dicho Apoderado dejando recivo;  y con efecto en continuazión de lo pedido por dicho Apoderado, y lo prevenido en dicho Real título execute en esta villa el reconozimiento del Libro Vezerro para /72/ venir en conocimiento de todos los miembros, rentas, diezmos, juros, zensos y encasamientos que tiene esta Encomienda, así en esta villa como en las demás, y lugares de este partido y diezmería, y a su continuazión la de la Parroquial y consiguientemente la descripzión general de los frutos, rentas, diezmos, pertenencias y encasamientos que tiene esta Encomienda, así corrientes como los que no están en estilo de tiempo a esta parte (AHN008372) y requiera, y de la mía les pido y suplico que siéndoles presentada por el dicho Don Diego Phelipe de Sayas con el tanto de dicho real título, poder y demás autos en su virtud ejecutados los mande ver y cumplir, y que en su execuzión y cumplimiento se haga en cada villa y lugar, descripzión general de lo que en cada una toque y pertenezca a esta Encomienda de diezmos, rentas, azas, deessas y encasamientos y demás derechos con expresión los corrientes y con la misma los que no lo están, y por qué causa razón arreglándose en todo al reconocimiento de el Libro Vezerro que va en los autos /73/ y fecho todo se haga la descripzión particular o imbentario del estado de las Yglesias y el de sus fábricas y demás rentas censosde que se compone, y en qué estado y paraje se halla de presente la fábrica de cada Parroquial mandando dichos señores Vicarios a los Párrochos de su distrito asistan a ellas y los Mayordomos de fábricas con los libros y quentas para que se tome formalmente la razón de los ornamentos su estado y fábrica de dichas Parroquiales arreglándose en todo a dicho real título; Y los autos y diligencias que en cada villa y lugar se hicieren originales las mandaran entregar a dicho Apoderado (AHN008373) para que traidos ante mí le prosigan hasta darle la posesión que tiene pedida de dicha Encomienda, que en mandarlo así hazer y executar vuestras merzedes, y cada uno insolidun en su jurisdizión y según ella administrarán justicia y yo el tanto aré con las suyas siempre que se me intimen esta mediante, dada en la villa de Segura de la Sierra a tres de henero año de mill setecientos y treinta y zinco = Por mandado de su merzed = que diga = Lizenziado Don Francisco Joseph de Párraga = Por mandado de su merzed = Antonio Fernández Hebia.



AHN008406

VILLARRODRIGO (7-1-1735)


Cumplimiento: En la villa de Villa Rodrigo en dicho día del mes de henero de mill setecientos treinta y zinco años (7-1-1735), ante el señor Lizenziado Don Juan Rodríguez Viedma del Abito de Santiago, Vicario General, Juez Eclesiástico /106/ Ordinario y Visitador General de esta villa y su partido, por autoridad Apostólica y Real, se presentó el despacho que está por caveza de estas diligencias, por lo que a su merzed toca y visto todo mandó se guarde, cumpla y execute, y en su obserbanzia esta prompto a la execuzión que por dicha requisitoria se previene, y toque a su merzed, para cuyo efecto Fray Thomas Rodríguez Viedma, Lector de Teolojía del orden de nuestra señora de la Merzed, Theniente de Cura de su merzed asista a las diligencias que en ella se pretenden ejecutar para el efecto que previene dicha requisitoria y se le haga saver para su cumplimiento (AHN008407) juntamente con el Mayordomo de dicha Yglesia. Y para que lo mismo se practique en la villa de Jénabe el Párroco de ella no embaraze estas diligenzias y así lo mandó y firmó. = Lizenziado Don Juan Antonio Rodríguez Biedma. = Bartolomé Salzedo Hortega.

Notoriedad: Yn continenti hize saver el cumplimiento que antezede al Padre Fray Thomás Rodríguez Viedma, Lector de Theolojía del orden de nuestra señora de la Merzed, Theniente Cura de esta Parrochial y a Christóbal Simón, el menor, Mayordomo de ella, en sus personas, los que dijeron están promptos // a lo que por él se manda, doy fee. = Fray Thomás Rodríguez. = Christóbal Simón, = Bartolomé Salzedo Hortega.

Notoriedad a la Justicia Ordinaria: En la dicha villa, en el dicho día, mes y año, ante el señor Marzelo Martínez de Ves, Alcalde Ordinario de esta dicha villa y su jurisdizión por Su Magestad, se presentó la requisitoria que está por caveza con las diligenzias que le acompañan; y por su merzed visto, mandó se guarde y cumpla y en su execuzión se haga la descripzión de los vienes que en esta villa, se hallen y correspondan propios a la Encomienda de la villa de Segura, para lo qual está prompto a la concu- (AHN008408) rrenzia con el señor Lucas Fernández, Regidor de esta referida villa con sus personas, junto con el señor Don Diego Phelipe de Sayas, Apoderado, y lo firmó. = Marzelo Martínez de Bes. = Ante mi = Bartholomé Salzeso Hortega.



Descripción: En la villa de Villa Rodrigo en dicho día mes y año (7-1-1735) el señor Marcelo Martínez, Alcalde Ordinario de ella y su jurisdicción por Su Magestad estando en la Yglesia Parroquial asistido del M. Reverendo Padre Fray Thomás Rodríguez Viedma, Lector de Theolojía y Theniente de Cura en ella; Lucas Fernández, Regidor de dicha villa; Don Diego Phelipe de Sayas, Apoderado del Señor Don Vizente de Quadros, Cavallero Profeso de la // Orden de Santiago y Administrador de Orden de la Encomienda de Segura de la Sierra, y de Christóbal Simón, el menor, Mayordomo de dicha Yglesia para efecto de hacer la descripción de los emolumentos de esta fábrica sus ornamentos y alajas, y yéndose manifestado todo se hallaron los siguientes:

Primeramente la referida Yglesia de tres naves con dos Capillas de particulares.
El altar mayor con su retablo dorado mediano.
Dos altares que sirven de colaterales con sus retablos pequeños sin dorar.
Dos confesionarios de pino medianos.
Un coro por alto (AHN008409)  con un escaño de presbiteral,
Un fascistol y un órgano que no se puede serbir de ello por lo muy deteriorado.
Una pila Baptismal en su capilla pequeña que dicha Yglesia alinda con calle Real (¿) y con el campo y camino que va a la fuente, y dicha Yglesia está sin vobidar.



Blanco: Primeramente un terno blanco de damasco nuevo que se compone de casulla, dos dalmáticas, collares, estolas y manípulo y capa plubial, paño de púlpito, y tres frontales para el Altar, dos dalmáticas con collares de damasco blanco muy viejo que no sirve.
Una casulla de tafetán blanco, con zenefa // de brocatel encarnado, estola y manípulo de damasco blanco viejo.
Un paño de púlpito de tafetán blanco viejo.
Tres paños de cáliz de tafetán blanco, uno nuevo y los dos viejos.
Un frontal de damasco blanco que no sirve.
Dos visos el uno de damasco viejo y el otro de lienzo pintado.
Una casulla de damasco blanco con estola y manípulo de lo mismo viejo.
Dos capas de damasco blanco a medio servir, la una con zenefa de brocatel encarnado.

Encarnado: Primeramente un terno de damasco encarnado nuevo que se compone de casulla, dalmática, collares, manípulos (AHN008410)  y estolas, y tres frontales para el Altar Mayor y colaterales.
Otro de damasco encarnado más que mediado con zenefas bordadas de diferentes colores que se compone de casulla, dalmática, manípulo, collares, y estolas.
Una casulla de cañamazo encarnada con manípulo y estola.
Una casulla de tafetán encarnado con zenefa de cañamazo, estola y manípulo, todo muy viejo.
Una casulla de terciopelo encarnado, con zenefa bordada de otro ya muy viejo con su estola y manípulo.
Una capa de terziopelo encarnada con zenefa de cáñamo encarnado, muy vieja.
Otra capa pluvial // de cañamazo encarnado rota.
Un frontal y visso de damasco encarnado, todo roto.
Un paño de púlpito de damasco encarnado a medio servir.
Una muzeta de terziopelo encarnada muy vieja.
Una manga de cruz de terciopelo encarnado, que no sirve.
Una vanda de tafetán encarnado, muy rota.
Tres paños de calizes de tafetán encarnado mediados.
Dos bolsas de damasco encarnado, una muy vieja y otra que no sirve.



Verdes: Una casulla de damasco verde nueva con manípulo y estola.
Un frontal de damasco verde, nuevo.
Una casulla de filipichín verde, con manípulo y estola que no sirve.
Tres paños de cáliz de tafetán verde mediados.
Dos bolsas (AHN008411) de corporales de damasco verde a medio servir.
Un frontal de lienzo pintado con campo verde, muy viejo.

Morados: Una casulla de damasco morado con estola y manípulo nuevo.
Un frontal para el altar mayor de damasco morado nuevo.
Un terno de damasco morado con dalmática, una estola y manípulo y collares, todo muy viejo.
Una casulla de damasco morado con manípulo y estola a medio servir.
Una capa pluvial de damasco morado con balón de plata falsa a medio servir y descolorida.
Un frontal y viso de damasco morado viejo.
Dos bolsas de corporales de damasco morado, la una buena y la otra // muy vieja.
Zinco paños de tafetán para cálizes morado mediados.
Una manga de damasco morado muy vieja.
Un paño de facistol, digo de filadiz y seda azul para el púlpito, muy viejo.



Negro: Primeramente, un terno de damasco negro que se compone de capa, casulla, dalmática, collares, estolas y manípulos.
Frontal para el altar mayor y manga de cruz.
Otro terno de damasco negro con dalmáticas y collares con zenefas de cañamazo y los collares encarnados, todo muy viejo y sin servir.
Tres tafetanes y una bolsa de corporales de damasco negro a medio servir.
Una manga de cruz de damasco negro vieja. (AHN008412)
Un frontal de lienzo pintado negro.

Lienzos: Tres albas de cambrayón nuevas con encajes finos.
Tres albas de lienzo de lino con encajes vastos, la una nueva y las otras dos viejas.
Otra alba de muy vieja.
Quatro amitos de lienzo de lino a medio servir.
Quatro pares de manteles de lino casero, dos nuevos y los otros a medio servir.
Una sobrepelliz de lienzo casero nueva.
Ocho purificadores de lienzo casero buenos.
Doze cornualtares viejos.
Seis pares de corporales, unos nuevos y otros viejos.
Zinco zíngulos de seda de diferentes colores.

Plata: Zinco cálizes de plata, el uno todo sobredorado y los tres las copas doradas por dentro y el otro blanco.
Zinco patenas la una dorada.
Una cruz de plata // para el altar mayor, con su peana.
Una tarjeta de plata donde están esculpidas las palabras de la consagrazión.
Un inzensario de plata con su naveta y cuchara de lo mismo.
Dos vinageras con su platillo delgado, y quebrantado también de plata.
Una cruz parrochial de plata buena embutida en madera.
Quatro cucharitas de plata para la preparazión de los cálizes.
Una custodia de plata mediana con ocho campanillas de plata buenas.
Tres chrismeras con iguelas de plata paqueñas.
Una concha de plata pequeña que sirve para baptizar.
Assímismo declaró dicho Reverendo Padre Theniente de Cura haver en el sagrario dos Copones de plata, el uno dorado por dentro y el otro blanco (AHN008413) con pie pequeños y una cajita para llevar a los enfermos el Beatico y un crucifijo pequeñito.



Libros: Dos misales nuevos.
Un briebario de cámara entera nuevo.
Un pasionario nuevo.
Tres misales viejos.
Dos manuales, el uno bueno y el otro viejo.
Ocho libros de pergamino que están en el coro, de solfa muy viejos.

Metal: Quatro campanas en la torre de dicha Yglesia medianas, y las dos quebradas.
Dos campanillas de metal quebradas y dos nuevas.
Una lámpara de azofar para el altar mayor, pequeña.
Seis candeleros y una cruz de lo mismo para dicho altar.
Dos zetres, el uno nuevo y el otro // paqueño no sirve.
Seis candeleros de palo para los altares.
Dos pares de yerros para hazer ostias, los unos nuevos y los otros que no sirven.
Un formón y unas tijeras viejas.
Cinco tablas para los altares donde están las palabras de la consagrazión, y otras cinco con el evangelio de San Juan.
Tres atriles de madera.
Una cruz de madera pintada.
Una colgadura que no sirve, de tafetán listado.
Un paño para colgadura del altar mayor de tafetán azul y encarnado nuevo.
Un candelero de madera salomónico, pintado para el zirio pasqual.
Un crucifijo con un dosel pequeño junto al púlpito.
Seis cajones para los ornamentos (AHN008414) de pino y nogal mediados.
Una alazena pequeña para los cálizes y vinageras.
Una linterna vieja.
Una silla de vaqueta vieja y dos tauretes de pino.
Dos palios muy viejos de terciopelo y damasco encarnados.
Quatro estandartes de damasco, tres encarnados y el otro negro de tafetán, muy rotos y viejos.
Quatro cruzes (¿) para los altares, de palo.

Tiene esta Yglesia una huerta en la rivera de Oyuela de ocho zelemines de sembradura para zebada con cinco pies de moral, linde por la parte de arriva con huerta de Alonso de Guardia y por la de abajo con los herederos de Pedro Olivares.

Otro huerto en el sitio del Pilar // con un pie de moral, linde de dicho moral, digo Pilar, prado de la villa, huertos de Phelipe Hinarejos, el presente escrivano Pedro Sánchez y Don Miguel de Córdoba, Comisario del Santo Oficio y camino que va a la rivera, de caver ocho zelemines de trigo, que según dijo dicho Reverendo Padre por el trabajo y coste de hazer y dar las ostias.

Tiene esta Yglesia cada un año quatro cientos reales de réditos de diferentes zensos a favor de su fábrica, contra diferentes vecinos de esta villa y la de Vienserbida según consta del Libro de las Cuentas de esta fábrica y habiéndose reconozido por su merzed dicho Señor (AHN008415) Alcalde se halló que la última quenta que se tomó a Christóbal Simón Mayordomo de esta fábrica el día veinte y dos de septiembre del año pasado de setecientos y treinta y quatro por dicho Señor Vicario actual de todos los emolumentos a dicha fábrica fue alcanzado en quatrocientos treinta y ocho reales y doze maravedíes que consintió y aceptó dicho Mayordomo, y declaró dicho Reverendo Padre no tener esta Yglesia más emolumentos ni bienes que los expresados, y una casa de excusado, y de ellos se hacen los gastos precisos que son salarios de Sachristán, azeite, vino. zera, jabón y pagar // la lavandera, y en esta forma se finalizó por su merzed esta descripzión, y lo firmó con dichos asistentes. = Marzelo Martínez de Bes = Fray Thomás Rodríguez = Lucas Fernández = Don Diego Phelipe de Sayas = Christóbal Simón = Ante mi = Bartholomé Salzedo Ortega.



Descripzión: En la villa de Villa Rodrigo, dicho día, mes y año, (7-1-1735) dicho Señor Alcalde, estando en la Casa Terzia propia de esta Encomienda asistido del dicho Reverendo Padre Theniente de Cura, Apoderado, Regidor y del presente escribano, teniendo presente el Libro de Bezerro de la descripzión de los emolumentos, rentas, diezmos, casas y demás (AHN008416) pertenecientes a esta Encomienda se hizo en la forma siguiente:

Casa Terzia: Tiene esta Encomienda de Segura de la Sierra en las terzia de esta dicha villa, y en la Plaza pública está una Casa Terzia, se entra con una escalera de piedra que sale a la misma Plaza y tiene una cámara grande con tres arcos e que ay en ella una media fanega herrada buena con raedor y dos ventanas con sus rejas y por avajo un quarto con dos jaraíces para vino y nueve tinajas que cojerán doszientas arrobas de vino poco más o menos (…)



//
Ornos: Ytem tiene dicha Encomienda en esta dicha villa dos Ornos de pan cozer que se llaman el de Arriva y el de Avajo, que los divide una pared linde de dicha Plaza y toriles, donde cuezen el pan los vecinos, y está en estilo de pagar de treinta panes, uno, y el Orno de Arriva tiene un peso de hierro con dos balanzas y una pesa de lo mismo de dos libras y dos onzas, y dos tableros de pino nuevo donde hazen el pan.

Torre: Una Torre que está en la Plaza, que le haze testero muy grande, de la que usa la Justicia de esta villa para Cárzel. (AHN008417)



Diezmos de granos y Primizias: Tiene también dicha Encomienda en esta dicha villa, los diezmos y primizias de trigo, zebada, zenteno, escaña de vecinos de ella, los quales son obligados de traer de su cuenta desde la hera a la Terzia, como también los labradores de Vienservida que siembran en el término de Vayona, aldea despoblada de Segura, cuya Yglesia se está en pie, pagan la mitad de dichos diezmos a esta Encomienda a cuya costa se portea dando un quartillo por fanega, y la otra mitad la pagan con la primizia a la Yglesia de Toledo.

Diezmos menores: Tiene así mismo esta Encomienda // en esta dicha villa y aldea de Bayona los diezmos menores como son miel, zera, enjambres, lana, queso, hortalizas, frutas, seda, pollos, mijo, panizo maíz, cal, teja y el fruto de uba, que lo costea el porte el cosechero a dicha Terzia.

Ganados: Tiene así mismo la dicha Encomienda los diezmos de chotos, borregos, potros, muletos, pollinos, vezerros, ganado de zerda, y lo mismo pagan los que crían ganado en la dicha Bayonas, y el diezmo de garbanzos.



Diezmos perdidos: Tenía esta Encomienda en esta dicha villa, el rediezmo de pan de las tierras que se arrendaban a grano, y el diezmo de los (AHN008418) plazos y aportillados de sus soldadas, portazgos y el diezmo de veintena, que de tiempo inmemorial a esta parte no se han cobrado.

Y por no hallarse una cosa perteniziente a esta Encomienda se finalizó por su merzed esta descripzión, y mandó que original se le entregue al dicho Apoderado, y lo firmó con dicho Reverendo Padre  y Apoderado, doy fee =Marzelo Martínez de Bes =Thomás Rodríguez = Lucas Fernández = Don Diego Phelipe de Sayas = Ante mí = Bartholomé Salzedo Hortega.
Derechos quinze reales, y de asistenzia pagó la parte apoderada = doy fee = Salzedo. //


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