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viernes, 4 de agosto de 2017

1.725.- Descripción de las propiedades y derechos de la Encomienda en el lugar Puerta.




1.725-02-16.- Descripción de la Encomienda de Segura, realizada por orden de su comendador Manuel de Moncada Portocarrero, conde de Baños y administrador de la encomienda. Propiedades y derechos en el lugar Puerta. (AHN. OO.MM. Santiago-Uclés. Carp. 311, nº 48. Archivo General de la Región de Murcia).

Año 1725

Descripción de la Encomienda de Segura, sus miembros y pertenencias, hecha por Dn. Manuel de Moncada Portocarrero, Conde de Baños y Administrador de la dicha Encomienda, por testimonio de Antonio Fernández Hebia Escribano público en la dicha villa de Segura.

Lugar Puerta

En el lugar Puerta, a diez y seis de febrero de mill setecientos y beynte y cinco, el señor Pedro Ruiz Blanco, Alcalde Ordinario en él por Su Magestad, asistido del Padre Fray Juan González, religioso de San Francisco del combento de La Peña, teniente de Cura de esta lugar por ausencia del propietario y de Don Alphonso García Román sobstituto del poder de el Excelentísimo Señor Conde de Baños, administrador con goçe de frutos de la Encomienda de Segura de la Sierra y de mi el escribano, estando en la Casa Terçia que dicha Encomienda tiene en este lugar y teniendo presente el reconocimiento del Libro Bezerro de dicha Encomienda y declaración de los alarifes que vieron y reconocieron sus miembros; hiço descripción de todos y los halló en el estado siguiente:

Castillo: Tiene la Encomienda de Segura en este lugar un castillo a la salida de el puente sobre el río Guadalimar, que de mucho tiempo a esta parte está derrotado e ynabitable, solo sirbe de enzerrar ganado //

Casa de Tercia: Tiene dicha Encomienda en este lugar una Casa de Tercia separada de dicho Castillo sobre el Orno, que linda con el campo por arriba y por abajo con Calle Real, por un lado con callejón que ay entre  ella y casa de Domingo Sánchez, y con el Orno de dicha Encomienda; Y en ella ay que hazer algunos reparos que según la declaración de dichos alarifes se nezesitan gastar en ella y en la del vino, que esta por bajo, seteçientos treynta y tres reales (733.-). Y en dicha Tercia del vino no ay tinaja alguna, ni trastos de bodega.

Casa Orno: Tiene dicha Encomienda en este lugar una Casa Orno para cozer pan con las mismas preheminencias que los de Segura, que linda con la Casa Tercia de pan y vino y Calle Real. Y según dicha declaración se necesitan gastar en reparos de dicho Orno, doscientos treynta y tres reales de vellón. (233.-).

Diezmos de granos: Tiene asimismo dicha Encomienda en este lugar el diezmo de los granos, trigo, zevada, zenteno y escaña de los vecinos de este lugar, que tiene obligación los labradores de llebar de su quenta a la dicha Casa de Terçia desde la era; Y en ella tiene la Encomienda una media errada con raedor y un medio celemín para medir los granos.

Diezmos de grano de extrabagantes: Tiene más, la Encomienda los diezmos de los granos de labradores becinos de las villas de Beas y Benatae, que labran en los cortijos de Las Juntas, Peñón Casa Blanca y Zerrillo del Peñón y demás cortijos de Lentiscares, los quales es de la obligación de la Encomienda yr por ellos a las eras, abisando los labradores y paga el porte la Encomienda y se traen a la Tercia de este lugar. Y lo mismo haze con los granos que se cogen en la deessa Vieja que oy está hecha monte y con los de la deessa del Cascajar y Albaladejuelo que se lleba a la Tercia de Segura.

Diezmos perdidos de granos: Solía tener la Encomienda los diezmos de los granos de los labradores de los dos cortijos llamados Paules y San Blas. Y demás de beynte años a esta parte los pagan los labradores del dicho cortijo de Paules a los religiosos de San Francisco de Paula del Combento de Ubeda. Y los de San Blas al señor Vicario de la villa de Segura y no se sabe por qué motivo, o si ha sido con algún justo título o por descuydo de los administradores o arrendadores de la Encomienda, y quando los cobraba dicha Encomienda embiaba a su costa por ellos a las eras.

Diezmos menores de ganados y portadgos: Tiene dicha Encomienda en este lugar los diezmos de seda, lana, queso, miel, zeras, enjambres, pollos, ylazas, ortalizas, frutas, legumbres, azeytunas de todos géneros, uba, cal, teja, pollinos, potros, muletos, bezerros y ganado de zerda, cabrío y lanar de becinos de este dicho lugar y suelos de los forasteros con la mitad del ganado y el derecho de portadgo.

Derechos perdidos: Solía tener la Encomienda el derecho de Martiniega que le pagaba el Conzejo. Y el diezmo de la soldada de los mozos. Y aportillados y el rediezmo del pan de tierras que se arrendavan a granos, todo lo qual de tiempo ynmemorial a esta parte no se paga.

Y en esta forma se feneció esta descripción por no haberse allado // que la dicha Encomienda tenga otra cosa que le toque ni pertenezca en este dicho lugar, ni consta de el conocimiento de el Libro Bezerro. Y lo firmó su merzed y el dicho Padre Fray Juan González como teniente de Cura y el sobstituto, doy fee. =
Pedro Ruiz Blanco =
Fray Juan González =
Don Alphonso García Román =
Ante mi = Antonio Fernández Hebia.




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