1520-VII-19. Villarrodrigo. Postura de la
casa del bastimento de Villarrodrigo a petición de Andrés Murciano. (AHN.
OO.MM, AH Toledo, leg. Nº 51.116. Archivo General de la Región de Murcia).
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La
postura de la casa de Villa Rodrigo
En Alvaladejo de la Syerra, lugar e
jurisdicción de la villa
de Segura de la Syerra, en diez e nueve días
del mes de
jullio, año del nasçimiento de nuestro
salvador Ieyucristo
de myll e quinientos e veynte años, este día
ante el muy vir-
tuoso señor Alonso de Çéspedes, alcalde de
la villa de
Syles, hazedor del muy magnífico señor, el
señor
don Pedro Puertocarrero, Comendador de esta
Enco-
myenda de Sygura e Andrés Murçiano deposytario
de la medianata de la dicha Encomyenda por
sus al-
tezas y en presencia de my Pedro de Aranda,
escrivano público
del dicho lugar e de los testigos de yuso
iscriptos
paisçió Sancho Gómes, visyno de la villa de
Bienservida
/67/
por sy en nombre de Pasqual López visyno
deste
lugar Villa Rodrigo maestros de cantería e
dixo que a su notiçia es venydo que los
dichos se-
ñores devían hazer la casa de bastimento del
dicho
lugar por ende que por servir a su señor
que ponya e puso para sy e para el dicho
Pas-
qual López en obras de la casa de bastimento
que se a de hazer en el dicho lugar de
mampuesto
de cal y canto en la forma e con las
condiciones
siguientes:
Primeramente que fue visto e acordado por
los dichos señores que la dicha obra e casa
de bas-
timento se faga de quatro quartos con un
patio
en medio e que sean las paredes de la de
fuera
de vna vara de medir en ancho e las paredes
de den-
tro de tres palmos de quarto con sus retray-
myentos segund le pertenesçiere a la dicha
obra
lo qual el dicho Sancho Gómez dixo que ponía
e
puso la dicha obra para le fazer él y el
dicho
Pasqual López para le fazer fasta ser a-
cabada todo lo que obiese menester de alto e
baxo en lo que toca a la cantería cada vna
tapia de las
de fuera que son de quatro palmos de grande
en ancho e quatro palmos en alto e nueve
quar-
tas de bara de medir en luengo e las de la
parte
de dentro que sean de tres palmos de quarto
en ancho e de altura e largura de las de
fuera
todas unas con otras asyeras cada tapia a
con-
dición que las den fechas a su costa e mysy-
ón ponyendo a ello todos los materiales de
cal e
arena e piedra e agua e todo lo demás que
fuere
menester e fecha la dicha obra en buen
tiempo
a vista de maestros e las quatro esquynas de
la
parte de fuera que sean de piedra labrada de
cantería e que en las portadas que ayan de
que-
dar en los cuerpos de dentro que sean de
piedra
labrada e con sus batidores e que se quede
hueco por
(…) e que se comyenze a hazer la dicha obra
luego
que sea rematada e que sea acabada de hazer
para el día de Santa María al setiembre del
año de myll e quinientos e veynte e vn años
con tal con-
diçión que sy en este dicho año pusyere mano
y
este dicho año a açendar en la dicha obra
que sea
fasta el día de Santa María de setiembre
para que
sirva de este año e no después e que la obra
que
se obiere de hazer en el año venydero se
empieze
dende primer día de abril fasta el dicho día
de San-
ta María de setiembre en qual dicha obra se
a de
facer en el sityo de las casas que solian
ser de
Juan Correas el Viejo e de Diego López de
Sola-
no e que les desenvuelban ellos a su costa e
derriben las paredes e pongan la teja e ma-
dera en tendido e se syles de un (…) e
obligo-
se el dicho Sancho Gómez por sy y en nombre
del dicho Pasqual López que sy en él se re-
matare que darán fianzas bastantes a conven-
… .. …
(Parece que falta la hoja 68)
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to de los dichos señores para haced la
dicha obra.
Es condiçión que además dar la dicha obra
en almoneda diez días e que el día del
remate
se les den quarenta ducados que son quinze
myll maravedís y que el primero día del
mes de abril del año venydero se les den
otros quarenta ducados y el día de San Juan
luego syguiente se les den otros quarenta
ducados y después de el día de San Juan
en adelante las vayan pagando como
vayan faziendo en la dicha obra conforme
a la dicha obra fuere recibida la dicha
postura
con las condiciones susodichas, testigos que
fueron presentes Gonzalo de la Cámara,
vesino
de este dicho lugar e Fernan Sánchez Hidalgo
vecino de Las
Vayonas e que sy a los dichos señores les
pais-
çiere que las dichas casas se hagan de menos
obra que sea en su mano e les pague a cuento
e des-
cuento e firmaronlo de sus nombres e por que
el dicho
Sancho Gómez no savia escribir rogó a mi el
dicho Pedro de
Aranda que firmase por él my nombre en
esta postura, Alonso de Çespedes, Andrés Murçiano
e yo Pedro de Aranda, escribano público del dicho lugar Albalade-
jo, presente fuy a todo lo susodicho e de pedimiento del dicho Andrés
Murçiano, esta postura e condiçiones saqué
en esta pública
forma, segund que ante my pasó e por ende
fiz aquí este
myo
sygno, en testimonyo de verdad. Pedro de Aranda,
escrivano público.
COMENTARIO: Por este
documento conocemos la construcción de la “Casa
del Bastimento” de Villarrodrigo, también llamada “Casa de la Encomienda”. Era el lugar donde se almacenaban los
productos de las rentas y los impuestos que tenía la Orden de Santiago.
En la visita de 1549 se
habla de la “Casa de la Orden” que
era de un cuerpo, con cámaras, paredes de cantería grandes y con cuatro arcos
de cal y canto.
En la visita de 1554 se le
denomina “Casa de Tercia” y además
nos informa que tenía un quinto arco de piedra en la puerta y que “los dichos arcos dicen que son de los
herederos de Andrés Murciano de Orcera, que los hizo a costa de la medianata”.
Los comprometidos a
realizar las obras son los canteros de Bienservida Sancho Gómez y de
Villarrodrigo Pascual López.
Cosa curiosa es que el
escribano de Villarrodrigo, Pedro de Aranda, data el escrito en Albaladejo de
la Sierra cuando hacía casi medio siglo que había cambiado de nombre.
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