1.582-IX-10. Madrid. Real provisión
remitida al maestro Parejón, vicario de Segura para hacer información si
conviene aumentar la ayuda de costas al vicario de Villarrodrigo. (AHN, OO.MM, AH de Toledo, legajo nº25.777.
Archivo General de la Región de Murcia).
5.- Conclusiones finales del juez
instructor.
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El licenciado
Juan Babtista de Villacanes, vicario de villa Rodrigo hizo relaçión aquí en el
Consejo que a causa de ser tenue la dicha vicaría no se puede sustentar con los
réditos della ni con los ochenta ducados que se le dan de ayuda de costa por
ser todo ello muy poco, pidió que teniendo consideración a lo susodichos se le
mandase acresçentar la dicha ayuda de costa a ampliar (¿) de 200 ducados o se
le provean de diligencias para averiguar el valor de la dicha vicaría cometida
al maestro Perejón vicario de Segura, la qual señaló al señor fiscal y al
contador mayor de la Horden y al mayordomo de la encomienda y por la
ynformación que presentó la parte del vicario y por la que presentó la parte de
la encomienda y por la que el juez instructor de su officio que por todos son
idóneos (¿) testigos consta que la dicha vicaría de Villa Rodrigo es de hasta
700 vezinos poco más o menos en quatro pueblos y de gente muy pobre y que los
diezmos y premiendas (¿) de todos redondamente los lleva el comendador de
aquella encomienda que le valen por año 800 ducados poco más o menos, consta
asimismo que el dicho comendador da de ayuda de costa en cada vn año al dicho
vicario los dichos 80 ducados. La judicatura a la vicaría le vale diez ducados
poco más o menos. El pie de altar y ofrenda doze ducados poco más o menos y
desto se lleva el sacristán la 4ª parte y no tiene aprovechamiento.
Los testigos
todos dizen que conforme a la calidad del officio, a la decencia del ábito el
vicario a de tener ama, moços y mula y que es cosa justa que se le acresçiente
hasta duzientos ducados o sesenta mill maravedíes y que los pague el comendador
atento lo dicho y que él solo se lleva toda la renta de la encomienda y consta
que el vicario pasado se (marchó a otra parte) por no poderse sustentar, aparte
de la (...) en la corte que hizo alegaciones. Los XXX mil maravedíes que le dan
de ayuda de costa y que tiene asimismo los frutos de una capellanía que le vale
a los treynta mill maravedíes y que la judicatura le vale más de otros cien
ducados que montan casi C mil marvedíes demás de la pitança y limosnas de las
missas y que el licenciado Figueroa fue munchos años vicario y se sustentaba
comodamente pero por la ynformación costa lo arriba dicho y los propios
testigos del comendador le decían que por toda la renta concluyen que etiene
poco sustento (el dicho) vicario y es menester en el parecer dize que se le
(roto).
= Los testigos presentados por el vicario dicen que demás
de los 30 mil mrs. le valdrá la judicatura y pie de altar 30 o/ 25 mil mrs.
/otro 15 /o 12 mil /otro 15 mil.
= Los testigos de contradicción que vale poco.
= Los testigos de officio que la judicatura valdrá hasta
doscientos .. .... ... y la ofrenda ........ ...
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