1.498 -Visita a los Partidos de Sierra de
Segura y Murcia. Visitación de Bayonas. (AHN. Guía de las OO.MM. Mss. Santiago. Sign. 1069 C pág. 68-74).
VISYTACIÓN DE LAS BAYONAS
/68/
En dies y nueve días de dicho mes de setiembre del dicho año los dichos
visytadores fueron a visitar el lugar de las Bayonas que es de la Encomienda de
Segura en donde se juntaron Pedro García alcalde e Juan Ximenes e Pedro
Fernández e Fernando Sánchez vecinos de dicho lugar regidores e jurados del, a
los quales por my el dicho comendador fue leydo el poder de Sus Altezas e por
los dichos oficiales fue obedecido con aquella reverencia que devya e a presto
al cumplimiento del, dixeron que estavan prestos de lo cumplyr en todo e por
todo según lo que al dicho poder se contiene e los dichos visytadores dijeron
que lo pedían por testimonio, testigos que fueron propuestos Gutierres Sandoval
e Juan de Avilés vecino de villa Rodrigo.
Luego fue preguntado a los dichos oficiales sy abia granero en el dicho
lugar los quales dijeron que no, fueles notificado que sy alguno tenya alguna
quexa del comendador o de sus mayordomos o de sus alcaydes o mamposteros que lo
debían denunciarles e que les harían cumplimiento de justicia.
E asy mysmo les mandaron que luego hagan la copia de los vecinos que ay
en el dicho lugar e asy mismo de los cavalleros de contya según que Sus Altezas
lo mandan, testigos los dichos.
/69/
Visytación de la yglesia
E luego los dichos visytadores Rodrigo Davalos, comendador de
Montealegre, e Pedro de Morales, cura de Valdiazet, fueron a visytar la dicha
iglesia del dicho lugar, la qual es de la vocación de Sant Andrés, e es de una
nave, las paredes fechas de calicanto e algunas tapias e cubierta de madera de
pino açepillada sobre dos arcos de calicanto grandes, e en cabo de la dicha
iglesia esta una tribuna mal rreparada, en la qual ay dos altares, sin el altar
mayor, ay dos altares. En el altar mayor esta un panno de lienço pyntado con la
ymagen de la trenidad e mas baxo las ymagenes de Sant Andres e San Sebastián e
San Miguel, y ençima del dicho altar esta la ymagen de Nuestra Señora de bulto
e de San Bartolomé e Sant Andrés, todo de bulto.
La ymagen de Nuestra Señora tyene un vestido
una camisada bretanna con un cabeçon de oro e un brial negro e otro encarnado,
e los dichos bultos de las otras ymagenes dos tabardillos pristos viejos. E en
el dicho altar un travesero labrado de seda e unos manteles e un frontal
pyntado.
En el otro altar esta la ymagen de Santo
Alifonso e la ymagen de la Piedad e un frontal pyntado e una savana encima del
dicho altar e una cruz de madera con un cruçifixo pyntado en ella.
E luego el dicho cura de Valdiazet se vistio
una sobrepelliz e con mucha reverencia visyto el Santo Sacramento del Corpus
Christi, al qual fallo ençima del altar mayor en una casilla syn çerradura, e
dentro della un cofrezito con una hijuela e enbuelto en ella el Corpus Christi,
e ençima del dicho cofre un velo de seda, todo muy pobremente.
E fallaron el olio de la chrisma e olio
ynfirmorun en tres ampollas de estanno tapadas e enbueltas en un panno de
lienço.
E luego los dichos visytadores hizieron
ynventario en la dicha iglesia de las cosas siguientes:
Una cruz de plata con vna mançana de latón e
vn cruçifixo de latón que puede pesar dos marcos de plata. Un vestimento de
lienço con su rrecabdo. Una casulla de zarzafan vieja. Un caliçe de estanno con
su /70/ patena. Unas mangas de la cruz con unas orillas de seda. Un misto de
pergamino de cantoria e letura. Unas çinquistorias medianas buenas. Un manual
pa los sacramentos. Un libro de misas votivas. Un breviario. Un misto nuevo de
papel. Un cuaderno de las tynieblas. Un cuaderno de bautizar. Un rraçel en las
gradas del altar. Dos canpanyllas de mano. Dos canpanas medianas en el
campanario, la una quebrada. Dos ampollas de estanno. Una lámpara con su baçin
pequenna. Un açetre. Un vestimento de lienço blanco. Una sobrepelliz nueva. Una
alua vieja. Una ara encaxada en madera y ençima della unos corporales. Una
cruzeta de latón. Una cortina con orillas coloradas. Çinco pares de manteles.
Un roquete de Nuestra Señora. Un frontero con unos bastones labrados. Unas
orillas azules. Un pedaço de zarzahan e un pedaço de seda. Un frontal de
guadamací. Otro frontal de escaques blancos e colorados. Un incensario de
latón. Unas andas.
Posesyones del beneficio
Tyene el dicho
benefiçio una vinna en varro somero, a surco de Juan Peláez.
Otra vinna allende al rrio, alinda con Juan de las Yeguas.
Otra vinna de tres peonadas, que alinda con Alonso Martínez.
Otra vinna en la hoya de los cavalleros, que alinda con Martín López.
Otra vinna en la tejera, que alinda con Juan de la Yeguas.
No hallaron clérigo en la dicha iglesia
porque algunas veçes lo tyene e otras no tyene, lo que rentan las dichas vinnas
para el clérigo que les dize misa.
Fallaron por mayordomo de la dicha iglesia a
Pedro Fernández, vezino del dicho lugar, el qual dixo que no tyene la dicha
iglesia rrenta ninguna ni propios ningunos e que la limosna que le dan se gasta
en azeyte para la lampara e juro que no tiene derechos ningunos ni le sobra
nada porque algunas vezes conpra alguna çera. Mandanrole los dichos visytadores
al dicho mayordomo que tenga la dicha mayordomia e guarde los dichos bienes
della, el qual lo juro en formas de lo conplir. Testigos: Juan de Aviles e Juan
Sanchez.
/71/
Hallaron los dichos visytadores que por la visytación pasada se obligaron
Fernando Martines Moreno regidor e Pedro García vecinos del dicho lugar
demandaron a los vecinos por dar e pagar a la dicha yglesia nueve onzas de
plata de un calis que se perdió y lo abian dado a facer el qual se abia perdido
a culpa del concejo por quanto los visytadores pasados le abian mandado por la
dicha visytación y ellos se abian obligado hacer el dicho calys de nuevo de
qualquier medio, lo qual no lo cumplieron ni se ha cumplido hasta agora y
mandaron los dicho visytadores hacer relación de bienes de los dichos Fernando
Martines e Pedro García vecinos de dicho lugar por contya de las dicha nueve
onzas de plata que puede valer dos mill e quatrocientos e sesenta mrs. pa lo
qual mandaron dar su mandamiento a Juan de Madrid redactor de la dicha
visytación al hacerse bajo su dicho valor susodichos a salvo pa cobrar de las
cosas de otra persona qualquiera que
avitaban por no hacerse algo.
En este dicho día, mes e año susodichos el dicho Juan de Madrid hace
sortear en bienes del dicho Fernando Martines, ay un manto negro apilado e ay
una saya azul, ay bienes del dicho Pedro García ay un rapus pardillo e ay unas
sábanas de ferpa e unos manteles e quatro pliegos de estopa de cañamo de a
quatro varas los quales dichos Fernando Martines e Pedro García fueron
requeridos durante el término de los
pregones debamos ir ande hazer porque no lo han cumplido el mandamiento de los
dichos visytadores pasados, testigos Pedro Fernández y Juan de Avilés.
Luego los dichos visytadores pusyeron los dichos bienes en poder e
deposyto de Alonso Peres vecino del dicho lugar el qual se otorgó por conducto
de ello y se obligó de los tener de manifiesto al qual mandaron que los
vendiesen e rematasen en pública almoneda a su fuero e del valor de ellos que
hagan frente al dicho calys de las dichas nueve onzas de plata hasta en fin del
mes de marzo el qual se obligue por sy e por sus bienes de lo hacer e cumplir
sus penas que se haga de su hacienda e de mas de pagar dos mill mrs. pa la
fábrica de la dicha iglesia, testigos los dichos e Juan de Madrid.
En este dicho día, visitaron el horno de dicho lugar y el qual hallaron
que no avia hechos los poyos que se abian mandado hacer por la visytación
pasada.
/72/
Los visitadores pasados el qual dicho horno no estava todo solado e que
le faltaban unas puertas; pa lo pagar el cabrero Juan de Alonso Peres vecino de
dicho lugar se encargó del, al qual le preguntaron que dineros tenía del señor
de Pedro, al qual declaró que tenya un
ducado e un dobla e luego los dichos visytadores le mandaron que reparase el
dicho horno, asy de los dichos poyos, como de solar el dicho horno, como
ponerle puertas, la qual cosa le mandaron que haga e cumpla hasta en fin de mes
de octubre del dicho año so pena de dos mill mrs. pa la ancia de Sus Altezas,
testigo Juan de Madrid e Alonso de Torres.
Después de lo susodicho los dichos visytadores enviaron su mandamiento
desde la villa de Syles pa el mayordomo de la yglesia de las dichas Bayonas, su
tenor del qual es este que se sygue.
Los Rodrigo Dávalos comendador de Montealegre e Pedro de Morales cura de
Valdiazete visytadores e reformadores de la orden de Santiago en el reyno de
Murcia con el Val de Segura por el Rey e Reyna nuestros señores, en visytadores
perpetuos de la dicha orden por autoridad app.
Hacemos saber a vos Pedro Fernández mayordomo de la
yglesia de las Bayonas o al mayordomo qualquiera que este fuere de la dicha
yglesia de este dicho lugar, que en la visytación que se hizo a ese dicho
lugar, hallamos los testamentos por los quales parece que mandó Pedro de
Contreras de ese dicho lugar, que sy algunos bienes de los suyos sobrase
después de cumplida su anyma e las mandas que hizo a Pedro cobrase y debiase
rematarse los dichos bienes en pública almoneda e los mrs. que de sus bienes se
hiziesen los deteniese e recabase en su poder sus albaceas pa que fuesen
subastados en un calys o en ampollas o en patenas de plata o en libros o
vestimentas o en otros ornamentos qualesquiera que fuesen necesarios pa el
servicio de la yglesia del señor Sant Andrés e pa qualesquiera de las dichas
cosas que mas necesarias fuesen e los dichos mrs. bastaran e pa lo cumplir e
executar dexó por sus albaceas e testamentarios a Fernando Martines de Benyto
Martines e a Martín Sánchez Moreno vecinos del dicho lugar las Bayonas,
juntamente con Gutiérrez Dias de Sandoval haga /73/ que más largamente se
contiene en su testamento.
Por otro conforme lo parece como
Pedro Garrido vecino de dicho lugar las Bayonas dejase establecido por su
heredera unyversal a la dicha yglesia de Sant Andrés con ciertas condiciones
según se contiyne en el dicho testamento e pa su traslado de aquel dexó
establecido por sus testamentarios e albaceas a Bartolomé Sánchez de Paterna con
Martín de Ariza de dicho lugar las Bayonas, a Miguel López de Ortega vecino de
dicho lugar.
Porque es cosa muy justa e pia
que la dicha yglesia consiga los dichos bienes e mandas según se contiene en
los dichos testamentos querie de lo executar
e cumplir por la prima vos mandamos que cobreys todos los dichos bienes
e mandas según se conyiene en los dichos testamentos de los dichos albaceas o
de las primas que a ello son obligadas tomando la cuenta de ellas por
ynventario e segundo que dicho se deva hacer lo qual vos mandamos que asy
hagáis e cumplays de a que al día de testanidad primero sigas a los bienes que ansy cobrare de los
recabays por nuestro ordenamiento dese dicho lugar, los coxais pa la dicha
yglesia e pa dar acta de ellos aquí en de derecho os la envie de pedir e no
haga otra cosa so pena de dos mill mrs, pa la obra de la yglesia deste dicho
lugar e con agrabimiento que lo pagareis de vuestros bienes al contrario
haserlo en la qual dicha pena desde agora vos condenamos no lo a cumplido fecha
nueve días de octubre, año del nacimiento de nuestro salvador Iezus Xristo de
mill e quinientos e noventa e ocho años, Rodrigo Dávalos, Pedro de Morales. Por
mandado de los señores visitadores ..
Después desto paresya en los
respaldos de dichos mandamientos, martes nueve días de dicho mes de octubre de
dicho año fue notificado este mandamiento al dicho Pedro Fernández en suplicar
por Francisco de Noruena notario apostolico a el qual dicho mayordomo que lo
obedeciese e obedezca e que estaba dispuesto de lo cumplir, testigo Pedro de
Pinylla e Pedro Serrano e Francisco de Cazorla vecinos de dicho lugar.
/74/
Después de lo susodicho este
dicho día en el dicho lugar las Bayonas, el dicho Francisco de Noruena notario,
entregó al dicho Pedro Fernandes
mayordomo, los dichos testamentos de sus contenidos en presencia de
Antonio de Nares vezino de dicho lugar las Bayonas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario