1625-IX-2.- Avales para la
iglesia en la herencia del indiano Martín Sánchez de Moya. (Archivo General
de Indias, Casa de la
Contratación , 365,N.1,R.5. PARES).
19) AVALES
PARA LA IGLESIA
/181/
La
fábrica de la iglesia
Juan de Melgarejo, clérigo
En Villa
Rodrigo en dos días del mes de septiembre de mill y seiscientos y veinte y
cinco años, el Bachiller Alonso Rubio, presvítero, maiordomo de la dicha
yglesia por mandato de la justicia
eclesiástica y secular de esta villa, dio a zensso principal siete mil quatro
cientos y ochenta mrs. a Juan de Melgarejo clérigo de epístola, el qual para su
seguro dio las hipteccas siguientes: VII
. CCCCLXXX.
-
Primeramente un ortal quiñón que el susodicho tiene en
el Tirador que dicen, término de esta villa de hasta una fanega de trigo en
sembradura con ciertos árboles y morales, linde
con guerto de los herederos de Pedro Sánchez Alonso y con el azequia que
viene para el riego de los guertos de esta villa y con guerto de los herederos
/182/ de Francisco Buenache y Juan González, vecinos de esta villa y con el río
della, el qual dio ynformación que vale el dicho hortal cien ducados.
Blas Martínez y María de la Paz
En el dicho
día, mes y año, el dicho maiordomo por mandatos de las dichas justicias, dio a
zensso principal catorze mil nueve cientos y sesenta mrs. a Blas Martínez y
María de la Paz su muger, los quales para su siguridad hipotecaron por especial
hipoteca los bienes siguientes: XIIII . DCCCCLX.
-
Un guerto arbolado con doze morales y otros árboles
frutales que tienen en la rivera de esta villa y término della de media fanega
de trigo en sembradura, linde con viña suia propia y con guertas de el
bachiller Pedro de Bustos presvítero, vecino de la villa de Genave y con guerta
de Mariana Gil, vecina de esta villa que vale ochenta ducados.
-
Yten unas cassas de morada que tienen en esta villa,
linde de cassas de Juan Rubio y de Juan Serrano y de Alonso Muñoz, vecinos de
esta villa, que valen setenta ducados, de que dio ynformación.
Miguel Gallego y María Serrano
En villa
Rodrigo en dos días del dicho mes y año, el dicho maiordomo bajo de el mandato
de las dichas justicias eclesiástica y secular, dio a censo principal a Miguel
Gallego y María /183/ Serrano su muger,
catorze mil nueve cientos y sesenta mrs. y para su seguridad hipotecaron por
especial hipoteca los bienes siguientes: XIIII . DCCCCLX.
-
Una guerta en el Tovar, término de esta villa, de una
fanega de trigo en sembradura con treinta morales, linde con guertas de Juan
López Hilador y con la fuente de el Tovar que vale ciento y veinte ducados.
-
Y sobre unas cassas de morada que tienen en esta villa,
linde con otra suia propia y con cassa de Miguel Sánchez, vecino de esta villa
y dio ynformación que los dichos bienes valen ducientos ducado.
Pedro López de Aranda y Juana Fernández, su
muger
En Villa
Rodrigo, en tres días del mes de septiembre del dicho año, por mandato de las
dichas justicias el dicho maiordomo dio a zensso principal a Pedro López de
Aranda y Juana Fernández su muger, vecinos de esta villa, onze mill ducientos y
veinte mrs. y para su seguridad hipotecó por especial hipoteca los bienes
siguientes:
-
Primeramente unas cassas de morada que tienen en esta
villa, linde con cassas de Francisco Serrano Herreros y con cassas de Juan de
Escobar Herrero, vecinos de esta villa, que valen ochenta ducados.
-
Una viña en el Hardal, término de esta villa, de dos
mill vides /184/ poco más o menos, linde con viñas de Ana de Ves y con Antón
del Poio y Juan Díaz Poveda, vecinos de esta villa, que vale quarenta ducados y
dieron ynformación del dicho valor y de cómo son suios propios y libre de otro
zensso.
Alonso Fernández Villanueva y Ana de Bustos
su muger
En Villa
Rodrigo, en diez días de septiembre de el dicho año, de mandamiento de las
dichas justicias el dicho mayordomo dio a zensso principal a Alonso Fernández
Villanueva y Ana de Bustos su muger, siete mil quatrocientos y ochenta mrs. y
para su seguridad hipotecaron los bienes siguientes: VII . CCCCLXXX.
-
Primeramente unas casas de morada que tienen en esta
villa, linde con cassas de Francisco Rubio y Antón Martínez, vecinos de esta
villa, que vale setenta y quatro ducados.
-
Y una viña en el río de esta villa, término de ella,
linde con Miguel Sánchez Rubio y de Juan Gómez de Lorenzo García, vecinos de
esta villa, que vale diez y siete ducados, dieron ynformación de el dicho
valor, y que son suias propias.
Pedro de Bezares y María López su muger
En Villa
Rodrigo, en diez días del mes de septiembre de el dicho año, el dicho maiordomo
por mandamiento de las dichas justicias, dio a zensso principal a Pedro de
Bezares y María López su muger, veinte y dos mil quatrocientos quarenta
maravedís y para su seguridad hipotecaron /185/ los bienes siguientes: XXII .
CCCCXXXX.
-
Unas cassas de morada que tienen en esta villa, linde
con cassas de Juan Fernández y Sebastián de Vesares, vecinos de esta villa que
valen cien ducados.
-
Yten una guerta arbolada en los Carrizales, término de
esta villa, suya propia y alinda con guertas de Juan Pérez y de Mariana Gil,
vecinos de esta villa, que vale ciento y setenta ducados y dieron ynformación
de el dicho valor y que son suias propias y que son libres de otros zenssos.
Francisco Pérez y Beatriz Cano su muger.
En Villa
Rodrigo en onze días de el mes de septiembre de el dicho año el dicho maiordomo
por mandado de las dichas justicias, dio a zensso principal a Francsico Pérez
de Juan Pérez y Beatriz Cano su muger en catorze mil novecientos y sesenta mrs.
y para su seguridad hipotecaron los bienes siguientes: XIIII . DCCCCLX.
-
Unas cassas de morada que tienen en esta villa, linde
con cassas de Pedro Martínez Campos y Alonsso López de Juan Pérez, vecinos de
esta villa.
-
Yten un pedazo de tierra en los Villares, término de
esta villa con ciertas olivas en ella, linde con tierras de Juan Pérez y con el
camino de el Arenal y con Pedro Martínez Romero que todo ello vale ciento y
treinta /186/ ducados, de que dieron ynformación de el dicho valor y ser suias
propias y libres de otro zensso.
Cristóbal Díaz y Cristóbal Gutiérrez
En Villa
Rodrigo, en treze días de el dicho mes y año, el dicho maiordomo de mandamiento
de las dichas justicias, dio a zensso principal a Cristóbal Díaz y a Cristóbal
Gutiérrez, vecinos de esta villa, siete mill quatrocientos u ochenta mrs. y
para su seguridad hipotecaron los bienes siguientes: VII . CCCCLXXX.
-
Primeramente unas cassas de morada que el dicho
Cristóbal Díaz tiene en esta villa, linde con cassas de Leandro Mexia y con el
corral que alinda con las cassas de Francisco de Escovar que con el dicho
corral.
-
Yten unas cassas de morada que el dicho Cristóbal
Gutiérrez tiene en esta villa, linde con cassas de Francisco Sánchez Burruezo y
con cassas que solían ser de Juan Simón, vecinos de esa villa, que ambas valen
ciento y cuarenta ducados, y el dicho valor y de que son suias propias libres
de otro zenso, dieron ynformación.
Pedro Serrano
En Villa
Rodrigo, en catorze días del dicho mes de septiembre del dicho año, dicho
maiordomo de mandamiento de las dichas justicias, dio a zensso principal a
Pedro Serrano Matilla, vecino de esta villa, siete mil y quatrocientos y
ochenta mrs. y para su seguridad hipotecó /187/ los bienes siguientes: VII .
CCCCLXXX.
-
Primeramente unas cassas que el susodicho tiene en esta
villa, linde con cassas de Miguel de Cantos y de Matías Fernández, vecinos de
esta villa, que valen cuarenta ducados.
-
Yten una viña en la Cañadilla, término de esta villa,
linde con viñas de Beatriz López y con hazá de Mariana Lozano, viudas, vecinas
de esta villa y vale veinte ducados y dio ynformación de el dicho valor y que
son suias propias y libres de zenssos.
Pedro Sánchez Vilches y María Fernández su
muger
En Villa
Rodrigo en quinze días del dicho mes y año, el dicho mayordomo de mandamiento
de dichas justicias, dio por zensso principal a Pedro Sánchez Vilches y María
Fernández su muger, siete mil quatrocientos y ochenta mrs. y para su seguridad
hipotecaron los bienes sigientes: VII . CCCCLXXX.
-
Primeramente unas cassas de morada que los susodichos
tienen en esta villa, linde de cassas de Jorge Pérez y cassas de los herederos
de Juan González Serrano, vecinos de esta villa, que valen sesenta ducados.
-
Yten una hazá en la Mangada, término de la villa de
Sigura común con esta y jurisdicción eclesiástica de esta villa, de hasta diez
fanegas de trigo en sembradura poco más o menos, linde con tierras de Alonso
Morzillo y /188/ Juan del Corral y Gonzalo Fernández, vecinos de esta villa,
que vale quinze ducados.
-
Yten otra hazá en los Palancares que dicen, término de
la villa de Sigura común con esta villa y jurisdicción eclesiástica della, de
quatro fanegas de zevada en sembradura, linde con tierras de Juan Rubio de
Siles y con una hazá que es de Nuestra Señora del Rosario y dieron ynformación
del dicho valor y de ser suias propias y de estar libres de otro zensso.
Catalina Alonso vecina de Vaionas
En villa
Rodrigo, en quinze días del mes de septiembre del dicho año, dicho mayordomo de
mandamiento de las dichas justicias eclesiástica y secular de esta villa, dio a
zensso principal a Catalina Alonso viuda de Alonso Martínez de Espinossa,
vecina de el lugar Vaionas, onze mil ducientos y veinte mrs. dio para su
seguridad las hipotecas siguientes: XI . CCXX.
-
Primeramente una hazá propia suia de diez fanegas de
trigo en sembradura en el término de el lugar Vaionas jurisdicción eclesiástica
de esta villa, linde con tierras de Lorenzo Pérez, vecino de el dicho lugar y
con el Camino Real que va de esta villa a la de Bienservida.
-
Yten otra hazá que tiene en el dicho término de quatro
fanegas de trigo en sembradura, linde con tierras de Alonso Martínez de Andrés
Martínez /189/ y de Alonso Pérez, vecinos del dicho lugar.
-
Yten otra viña que tiene en el término de Bienservida
de hasta tres obradas de arar, linde de Gonzalo Valero y de viña del patronato
de el padre Vezares, vecinos de la dicha villa de Bienservida y con el Camino
Real que va de la dicha villa al Campo de Montiel y con el río de Bienservida.
-
Yten un guerto que tiene junto al lugar Vaionas en su
término, jurisdicción eclesiástica de esta villa, de hasta media fanega de
cañamón en sembradura, con un moral y unos ziruelos, linde con guerto de Lucas
de Lorca, vecino de Bienservida y con la callejuela que va del dicho lugar a
sus eras, que todos los dichos bienes según la ynformación que dello dio son
suyos propios y libres de otro zensso y valen noventa ducados.
Cristóbal Muñoz de Bustos e Ynés de Bustos
su muger
En villa
Rodrigo, en dies y seis días del mes de septiembre de mill y seiscientos y
veinte y cinco años, dicho maiordomo de mandamiento de la dicha justicia
ordinaria de esta villa y del Señor Vicario della, dio a zensso principal a
Cristóbal Muñoz de Bustos e Ynés de Bustos su muger, veinte mill
nuevecientos y cinquenta mrs. y para su
seguridad hipotecaron los bienes siguientes: XX . DCCCCL. /190/
-
Primeramente unas cassas de morada que los susodichos
tienen en esta villa, linde con cassas de Pedro Martínez de Juan Pérez, que
valen cien ducados.
-
Yten una viña que los susodichos tienen en el río de
esta villa, término della, linde con viña de Bartolomé Díaz y de un hortal de
Pedro Carpintero y de hortal de Francisco Sánchez Mexia, vecinos de esta villa,
que su valor es de sesenta ducados.
-
Yten una labor que tienen en Guadarmena, término de la
villa de Segura común con esta jurisdicción eclesiástica de esta villa, de
hasta ochenta fanegas en sembradura con su cassa, linda con tierras de los
herederos de Simón Pérez y de Luis Pérez, vecinos de esta villa, que vale
ochenta ducados y dieron ynformación de dicho valor y que son suyas propias y
libres de otro zensso.
Cristóbal de Vico
En Villa
Rodrigo, en diez y nueve días del dicho mes y año, dicho maiordomo de
mandamiento de dichas justicias, dio a zensso principal a Cristóbal de Vico,
vecino de esta villa, diez y ocho mil y setecientos mrs. y para su seguridad
hipotecó los bienes siguientes: XVIII .
DCC.
-
Primeramente una carta de zensso que el susodicho tiene
contra Bartolomé Sánchez Serrano, vecino de esta villa, por zessión que della
/191/ le hizo della el Licenciado Gerónimo García Morzillo, cura propio de la
parroquial de la villa de Bienservida según declararon algunos de los testigos
de la ynformación que dio a que están hipotecados una cassa de morada que el
dicho Bartolomé Sánchez tiene en esta villa, linde con cassas de Miguel Sánchez
Herrero y cassas de Francisco Gómez y una guerta de ocho fanegas en sembradura,
todas de riego con árboles frutales y morales en los Cales que dicen, término
de esta villa, linde con el rio de
Bienservida y cazes que van a el molino del Cuvo, esto según lo declaró el
dicho Bartolomé Sánchez y que valen las dichas hipotecas más de trescientos
ducados.
-
Yten hipotecó el dicho Cristobal de Vico una viña que
tiene en la Mata, término de esta villa de hasta mill vides, linde de viñas de
Miguel Sánchez Solano y de Francisco Serrano de los Herreros, vecinos de esta
villa.
-
Yten una hazá de pan llevar que tiene en la Fuente el
Campo, término de la villa de Segura común con esta y jurisdicción eclesiástica
de esta villa, de doze fanegas de trigo en sembradura, linde con lavor de
Margarita Díaz, vecina de esta villa.
-
Yten sobre otra hazá que el suso /192/ dicho tiene en
los Retamales que dicen, término de esta villa, de hasta seis fanegas de trigo
en sembradura, linde con viña de Melchor de la Fuente y con tierras de Alonso
de Avilés, vecinos de esta villa.
Y aviendo dado
petición el dicho Cristóbal de Vico ante Diego de Avilés, alcalde hordinario y
del Licenciado Domingo de Lezcano del hábito de Santiago, vicario general de
esta villa, en que pidió se le diese la dicha cantidad de mrs. con solo la ypoteca
de la dicha carta de censo y sobre ello se le mandó dar y dio zierta
ynformación la qual vista por los dichos vicario y alcalde se proveió auto en
que se le diesen hipotecadas dichas escrituras y demás heredades que van
declaradas.
Cristóbal Sobrino y Ana Rodríguez su muger
En Villa
Rodrigo, en diez y nueve días de el mes de septiembre de el dicho año, el dicho
mayordomo de mandamiento de dichas justicias, dio a zensso principal a
Cristóbal Sobrino y Ana Rodríguez su muger, vecinos de esta villa, veinte y
seis mil ciento y ochenta mrs. y para su seguridad hipotecaron los bienes
siguientes: XXVI . CLXXX.
-
Primeramente unas cassas de morada que an y tienen en
esta villa, linde con cassas de Juan Garzia Mendoza y de Miguel Ruiz, vecinos
de esta villa, que valen cien ducados.
-
Yten otras cassas que an y tienen /193/ en esta villa,
linde con cassas de Melchor Rubio y con el corral de Francisco Martínez
Álvarez, vecinos de esta villa, que valen treinta ducados.
-
Yten un majuelo en la Loma la Cañada Enmedio, término
de esta villa, de hasta diez peonadas de cava, linde con viña de Cristóbal de
Henares y con parrizal de Juan Martínez de Antón Martínez, vecinos de esta
villa, que valen cien ducados.
-
Yten una hazá en el Collado Arenosso que dicen, término
de esta villa, de nueve fanegas de trigo en sembradura, linde con hazá de
Francisco Martínez de Yeste y con lavor del dicho y con haçá de Catalina Mexia,
doncella vecina de esta villa, que vale veinte ducados, dieron ynformación de
cómo son suias propias y que valen la cantidad de mrs. y que no tienen sobre
ellas otro zensso.
Diego de Avilés
En Villa
Rodrigo, en veinte días del mes de septiembre de el dicho año, dicho mayordomo
de mandamiento de las dichas justicias, dio a zensso principal a Diego de
Avilés, vecino de esta villa, treze mil y seiscientos maravedís, y para su
seguridad hipotecó los bienes siguientes: XIII . DC.
-
Primeramente una labor que tiene en la Matea que dicen,
término de /194/ la villa de Segura común con esta jurisdicción eclesiástica de
esta villa, de hasta noventa fanegas de trigo en sembradura y en ella una cassa
de labor, que todo ello alinda con labor de Pedro Martinez de Juan Pérez,
vecino de esta villa y con lavor de Juan Gómez de Segura, vecino de la villa de
Genave y con lavores de Francisco
Sánchez Mexia y de Beatriz López, vecinos de esta villa, que todo ello vale
quatrozientos ducados, del qual valor y que son suias propias y libre de otro
zensso dio ynformación.
Capracio Martínez y Ana González su muger.
En Villa
Rodrigo, en catorze de nobiembre del dicho año, dicho maiordomo de mandamiento,
de dichas justicias, dio a zensso principal a Capracio Martínez y a Ana
González su muger, vecinos de esta villa, siete mil y quatro zientos y ochenta
mrs. los quales para su seguridad hipotecaron los bienes siguientes: VII.
CCCCLXXX.
-
Primeramente una viña en el pago de la Mata, término de
esta villa, junto a la Veracruz, linde con viña de Jorge Pérez, vecino de esta
villa y con las eras de el Egido de esta villa, que vale cuarenta ducados.
-
Yten un hazá en las Almedillas que dicen, término de
esta villa, de diez fanegas de trigo en sembradura, linde con tierras de Juan
Serrano, de Andrés Sánchez e de Francisco de Torres Álvarez, vecinos de esta
villa, y con lavor de El Encinar /195/ del concejo de esta villa, que vale
veinte ducados.
-
Yten una hazá en los Linarejos, término de esta villa
de Segura común con esta jurisdicción eclesiástica de esta villa, de diez
fanegas de sembradura, linde con tierras de Antón de el Poyo, vecino de esta
villa y con tierras de Francisco Montalvo, vecino de la villa de Torres, y
dieron ynformación de el dicho valor y que son suias propias y que los testigos
no saven que tengan otro zensso sobre las dichas eredades.
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