1624-II-3.-
Puerto de Acapulco. Codicilo al testamento del Alférez Jerónimo Yáñez. (Archivo
General de Indias, Casa de la
Contratación , 368,N.7,R.13. PARES, Pag. 16 a 22).
2) CODICILO AL
TESTAMENTO (Puerto de Acapulco. 3-Febrero-1.624)
En el Puerto
de Acapulco, en tres días del mes de febrero de mill y seiscientos y veynte y
quatro años, ante el capitán Pedro de Legorreta alcalde /17/ mayor de él e
castellano de su real fuerza por su majestad, pareció el sargento mayor Gaspar
de Bastidas y dixo que por quanto el alférez Gerónimo Yáñez es fallecido pasado
de esta presente bida y por un cobdicilio que a otorgado ante mi el escribano,
le deja nombrado por su albacea y porque entre sus papeles a allado un
testamento serrado y otorgado por el susodicho según por él parece y para
acudir a lo que en él dexare ordenado pidió mande abrir el dicho testamento
serrado =
Y bisto el
dicho pedimiento mandó se traiga el dicho testamento y que los testigos
ynstrumentales de él hagan sus declaresiones en forma y está presto de hazer
justicia y así lo proveyó. Pedro de Legorreta. Ante mi Juan de la Canals,
escribano real.
Auto (Puerto de Acapulco- 3-2-1.624)
En el Puerto
de Acapulco, en el dicho día, tres de febrero del dicho año, ante el dicho
alcalde mayor y castellano, el dicho sargento mayor Gaspar de Bastidas dixo que
atento que ninguno de los testigos ante quien parece averse otorgado el dicho
testamento /18/ no están en este reyno por ser como son vezinos de la ciudad de
Manila y porque el otorgamiento de él biene comprobado con los escribanos
públicos y reales que certifican que Andrés Martín del Arroyo, escribano
público lo es de la ciudad de Manila y como tal usa y exerse el dicho su
oficio, pidió al dicho alcalde mayor mande abrir el dicho testamento como lo
tiene pedido, el alcalde mayor y castellano mandó que yo el presente escribano
dé fee de la muerte del dicho alférez Gerónimo Yáñez y con eso se abra el dicho
testamento y se den al dicho sargento mayor los traslados que de él pidiere y
así lo probeyó, Pedro de Legorreta. Ante mi Juan de la Canals, escribano real.
Certificación de la muerte (Puerto de
Acapulco- 3-2-1.624)
Yo Juan de la
Canals, escribano de su majestad, certifico y doy fee que oy día de la fecha,
bi fallecido y pasado de esta presente vida al alférez Gerónimo Yáñez a lo que
parecía y para que de ello conste dí el presente en el Puerto de Acapulco, en
tres de febrero de mill y seiscientos y veynte y quatro años, testigos fray
Juan Hortín y fray Pedro Bautista. Juan de la Canals, escribano real. /19/
Cobdicilio
En el Puerto
de Acapulco, en tres días del mes de febrero de mill y seiscientos y veynte y
quatro años, ante mi, el escribano y testigos, pareció Gerónimo Yáñez pasaxero
y cargador en la nao almiranta Nuestra Señora del Rosario que este año a benido
de las ysla Filipinas, estando en la cama enfermo y en su buen juicio y
entendimiento natural a lo que parecía y dijo que tiene echo y otorgado su
testamento serrado que hizo en la ciudad de Manila que trae en su poder y tiene
nesesidad de hordenar y mandar se hagan algunas cosas tocantes al descargo de
su conciencia y sin ynobar ni alterar el dicho testamento cossa alguna haze y
ordena lo siguiente:
1.- Yten que
por quanto no se acuerda de la limosna que manda por su testamento, se dé a la
hermita de Nuestra Señora de Albanchez en Billa Rodrigo, manda y es su boluntad
que de más de lo contenido en su testamento se den a la dicha hermita otros
cinquenta pesos más.
2.- Yten que
por no se acordar /20/ si en su testamento manda se dé un ornamento a la
hermita de Nuestra Señora de Albanches quiere y es su boluntad se dé a la dicha
hermita de Nuestra Señora de Albanches el dicho hornamento con todo adereso.
3.- Yten se dé
a Nuestra Señora del Rosario de la yglesia de Billa Rodrigo una casulla de raço
blanco con sus sanefas coloradas y un frontal con su lasuela (¿) y recaudo se
dé a la yglesia mayor parroquial del dicho lugar de Billa Rodrigo.
Y para cumplir
este cobdicilio dexa y nombra por sus albaceas a Gaspar de Bastidas, sargento
mayor y a Cristóbal de Bonilla Bastida, su primo, los quales an de enviar y
remitir a la mesa y cofradía de la Santísima misericordia de la ciudad de
Manila, toda la cantidad de pesos que en esta Nueba España le deven sus
encomenderos de la ropa que les a enviado los años pasados para que lo
destribuyan según y como que va declarado en el dicho su testamento y los
caxones y fardos y la demás hazienda que trae este presente año, lo administren
y avisen a la dicha cofradía de la misericordia lo que queda en su poder para que
envíen horden de la forma que se a de tener en su destribuysión, lo qual ordena
por su última y postrimera boluntad sin ynobar ni alterar en cosa /21/ alguna
de lo contenido en su testamento, el qual dexa en su fuerza y bigor y quiere
que lo en él y en este su cobdicilio contenido se guarde y cumpla y los otorgo
y firmo, siendo presentes por testigos el padre fray Pedro Bautista y fray
Antonio Bello y fray Juan Hortín y Salbador Morillo y Juan de Betansos y doy
fee conosco al dicho otorgante Gerónimo Yáñez. Ante mi Juan de Cabana escribano
real. Va todo del concuerda con el original que queda en el archivo de este
puerto a que me refiero, en testimonio de berdad Juan de Cabana escrivano real.
Fe de la copia (México- 7-6-1.625)
Y ba cierto y
berdadero corregido con su original que llebó en su poder el dicho Cristóbal
Bonilla Bastida de cuyo pedimiento y por mandado del dicho juez dí el presente
en México a siete días del mes de junio de mill y seiscientos y veynte y cinco
años, escrivanos Juan de Monçón y Francisco de Suniga.
Yo el dicho
Pedro Santillán escribano del reyno.
En testimonio
de verdad hago mi signo. Pedro Santillán.
(Firmado)
Crédito del escribano (México- 7-6-1.625)
Damos fee que
Pedro Santillán de quien este traslado /22/ pareze ba signado y firmado, es
escrivano del rey nuestro señor y a los autos y escrituras que ante él an
pasado y pasan se a dado y da entera fee y crédito en juicio y fuera de él.
Fecho en México, siete días del mes de junio de mill y seiscientos y veynte y
cinco años.
Firmado: Jhoan de Guillen
Bentura de
Cárdenas escrivano de su majestad.
Esteban Bernal
escrivano público.
No hay comentarios:
Publicar un comentario