1.580.-
Ordenanzas del Común enmendadas. (Ejecutoria sobrecarta de las
hordenanzas del común sacadas a pedimento de esta villa de Villa Rodrigo. Año
de 1616. En la Real Chancillería de Granada. AMV Libro de Privilegios pag. 101
a 186)
Sobrecarta de
una executoria dada en esta corte para que las justicias de la billa de Segura
de la Sierra la cumplan como se manda a pedimento del concejo de la villa de
billa Rodrigo.
Corregda.
Juan de
Orozco
11.- LOBOS,
ZORROS Y PROTECCIÓN DE SEÑUELOS Y PLANTAS (Capítulos 64 al 65)
64.- De
los que tomaren lobos en el término de Segura.
Iten hordenamos y mandamos que
qualquier persona de qualquier calidad que se axile en nuestros términos tomare
lobos mayores e camas dellos que este concejo de Sigura pague a la tal persona que
los tomare deste nuestro cavildo de cada lobo mayor quatro ducados e de cada
lobecico quinientos maravedis y de cada concejo de las villas deste común pague
de cada lobo mayor un ducado y de cada lobecico cien maravedis y cada una aldea
pague por cada lobo mayor doscientos maravedis y de los lobecicos no pague nada
y de cada una zorra pague esta villa un rreal y las demás billas de su término
medio rreal todo lo qual se entienda que se a de pagar rregistrándose en el
dicho concejo de Sigura con los dichos lobos e camas dellos y zorros donde se
le corte a cada uno la oreja derecha y jure la tal persona ora sea vecino o
forasteroe que los tomaron en estos nuestros términos y mandamos que los dichos
concejos paguen lo aquí declarado e para ello sean apremiados porque así
conbiene. =
65.- Que
no saquen los forasteros señuelos ni yerbas ni aves.
Otrosí
hordenamos e mandamos que qualquiera persona de nuestros términos no siendo
vecinos dellos cortaren y llevaren fuera sin licencia de nos el dicho concejo
açores y otras abes o yervas o mineros (rameros?) o otras cosas que son
defendidas por nuestros fueros e por otras nuestras hordenanzas que lo aya
perdido y pierda con más las bestias en que lo llevare e incurra en las demás
penas destasnuestras hordenanças que son mil maravedis por cada pie de señuelos
que sacare e llevare y lo mismo por las dichas aves y mineros e otras cosas que
aplicamos donde ellas las aplican. =
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