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jueves, 29 de septiembre de 2022

1.942.- Memoria Histórica. Hilaria Ruiz Hurtado. Sentencia de absolución.

 


1942-05-29.-Hilaria Ruiz Hurtado. Sentencia de absolución). (Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla. Memoria Histórica. IEG. Procedimiento sumarísimo de urgencia  Nº 42.794 Doc. 1-2-53-59)

 

/1/ Carátula del Expediente

 

EJÉRCITO ESPAÑOL

AUDITORIA DE GUERRA DEL EJERCITO DE OPERACIONES DEL SUR

PLAZA DE Orcera

Procedimiento Sumarísimo de Urgencia núm. 42.794

PROCESADO: Hilaria Ruiz Hurtado

En prisión preventiva en Villacarrillo

Desde el día: 10 de marzo de 1940

Por el delito de Rebelión

Consejo de Guerra Permanente de Jaén

 

/2/

 

GOBIERNO MILITAR

JURISDICCIÓN MILITAR DE CÓRDOBA Y JAÉN

PLAZA DE Jaén

Procedimiento Sumarísimo Ordinario número 646

PROCESADO: Hilaria Ruiz Hurtado

En prisión preventiva de Santa Clara

Por el delito de Auxilio a la Rebelión.

 


/53/ Sentencia

 

SENTENCIA

 

En la Plaza de Jaén, a veinte y nueve de mayo de mil novecientos cuarenta y dos.

Reunido el Consejo de Guerra de Plaza, para ver y fallar el Procedimiento Sumarísimo Ordinario número 646, por supuesto delito de Auxilio a la Rebelión, contra HILARIA RUIZ HURTADO, natural y vecina de Villarrodrigo, de cincuenta y tres años de edad, hija de Gregorio y de Lorenza, estado viuda, sin profesión especial, con instrucción y sin antecedentes penales; dada lectura a las actuaciones, oídos los informes del Sr. Fiscal y Defensor, y las manifestaciones del encausado, y

 

RESULTANDO: Probado y así se declara que HILARIA RUIZ HURTADO, de ideas izquierdistas, le nombran Concejal en Marzo de mil novecientos treinta y seis, desempeñando el cargo hasta finales de Agosto de mil novecientos treinta y seis. No se le conoce ninguna actuación delictiva; sus ideas políticas fueron moderadas, observó buena conducta y en su domicilio albergó y ocultó a un Sacerdote durante varios meses, librándole de que cayera en poder de la chusma marxista. Se le acusa de que fue Presidente de la Sociedad de Mujeres libres, pero tal entidad no llegó a organizarse en el pueblo.

 

CONSIDERANDO: Que los hechos declarados probados en el anterior resultando, no son constitutivos de delito de índole alguna, por lo que procede absolver libremente al  procesado, de conformidad con lo prevenido en el artículo 591 del Código de Justicia Militar.

 

Vistos el artículo citado y demás de pertinente y general aplicación.

 

FALLAMOS: Que debemos ABSOLVER Y ABSOLVEMOS, al procesado HILARIA RUIZ HURTADO, con los pronunciamientos favorables que tal absolución lleva consigo, el que deberá ser puesto inmediatamente en libertad.

 

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos y firmamos.

 


/59/ Prisión de Santa Clara. Jaén.

 

PRISIÓN HABILITADA SANTA CLARA. JAÉN.

 

En contestación a su oficio nº 9894 de fecha 8 del actual Negociado 1º-2270 por el que ordena la libertad de la encartada en el procedimiento S/O nº 646 Hilaria Ruiz Hurtado, tengo el honor de participar a V.S. que con fecha 30 de Mayo del año actual fue puesta en libertad en virtud de orden del Señor Juez Relator de la Plaza.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Jaén 10 de septiembre de 1942. Firmado.

 

Señor Juez de Ejecutorias. PLAZA.

 

DETALLE:

 

Archivo

Archivo Intermedio Militar Sur (Sevilla)

Signatura

L-0461_16592

Fecha(s)

5/9/1939–15/4/1943

Encausado

Ruiz Hurtado, Hilaria

Año de nacimiento

1888

Lugar de nacimiento

Villarrodrigo

Lugar de residencia

Villarrodrigo

Profesión

Jornalera

Afiliación

U.G.T.

Causa

Auxilio a la rebelión

 


COMENTARIO: Hilaria Ruiz Hurtado, fue concejala del Ayuntamiento de Villarrodrigo desde marzo hasta agosto del año 1.936. Encausada en septiembre de 1939, pasa a prisión preventiva a Villacarrillo el 10 de marzo de 1.940 y de allí fue trasladada a la prisión de mujeres Santa Clara de Jaén. Absuelta por sentencia el 9 de mayo de 1942 es excarcelada el 10 de septiembre del mismo año. Fue la fundadora y presidenta de la Asociación de Mujeres Libres de Villarrodrigo. Madre de un hijo fusilado por pena de muerte en Jaén en 1941 y otro hijo desaparecido en el frente republicano.

Según el certificado de la partida de nacimiento, nació el 14 de enero de 1.889 en Villarrodrigo, de padres naturales de Torres de Albanchez.

Para su absolución contó con los informes favorables del Alcalde, Jefe de Falange y Comandante de Puesto. El Alcalde expresa que fue una mujer-concejal, algo sin precedentes en este pueblo.


domingo, 4 de septiembre de 2022

1.479.- Visita a Torres de Albanchez de la Orden de Santiago.

 


1479-1-12 -Visita a los Partidos de la Mancha, Ribera del Tajo, Campo de Montiel y Sierra de Segura. Visita a Torres de Albanchez. (AHN. Guía de las OO.MM. Mss. Santiago. Sign. 1063 C pág. 321- 322; Archivo General de la Región de Murcia ).

 

/321/

Visitaçión de Torres de Alvanchez

 

Y después de esto que dicho es, martes doce días del mes de enero de dicho año de setenta e nueve años (12-01-1479), fueron los dichos visitadores a Torres de Alvanchez, lugar de la dicha Encomienda de Segura y estando presentes los señores y hombres buenos del dicho lugar y los alcaldes y regidores de Villa Rodrigo (¿se supone Torres) y les presentaron los poderes del dicho señor Maestre, los cueles los obedecieron con la debida reverencia diciendo que estaban prestos de lo cumplir según en ellos se contiene.

 

Y luego los dichos visitadores hicieron pregonar si había alguna o algunas personas de sus dichos lugares y de su dicho lugar (¿) que tuviesen quejas o hubiesen recibido algunos agravios del dicho señor Conde, comendador de Segura, o de sus alcaides o del alcalde mayor o de otras personas, que viniesen ante ellos y que los remediarían con justicia.

 

Y luego los dichos visitadores fueron a ver el cortijo y torre del dicho logar, la cual tenía sus puertas buenas y hallaron por Alcaide a Rodrigo de Torres, puesto por el dicho señor Conde; la cual torre es de cal y canto y de buen muro y tiene tres bóvedas, una sobre otra, que toman todo el hueco de la dicha torre; hay una pared fuerte por medio bien ancha de cal y canto que sube hasta la primera bóveda, la cual hace apareamiento de las dichas tres bóvedas que las hacen seis y va una escalera de piedra desde lo bajo hasta lo alto por el grueso del muro de la dicha torre, de bóveda en bóveda hasta lo alto y encima de lo alto de la dicha torre está cubierta de madera y tejas que toma todo lo alto de las dichas bóvedas y que queda todo el grueso y pretil y almenas descubierto al agua, por lo cual vieron que viene daño a la dicha torre que si llueve y cala por las otras dichas bóvedas hasta lo bajo; mandaron al dicho señor conde en ausencia y al dicho alcaide de dicha torre en presencia, en virtud de obediencia que haga todo el tejado y lo cumplan sobre todas la almenas, en manera que venga toda la torrente de las aguas afuera de la dicha torre y que lo hiciesen de buena madera y teja y sus cercas y armilleros (¿) de cal según fue mandado hacer en la visitación pasada; había en la dicha torre dos molinos de mano y ciertas armas de dicho Alcaide.

/322/

Y esto que lo haga de aquí al día de San Juan de junio primero que viene; esta torre tiene en lo bajo de ella, en el suelo, un pozo manantial. Tiene una barrera de cal y canto que toma las dos esquinas de la dicha torre, la cual tiene dos cubos y porque la dicha barrera estaba baja de cabo a rabo, mandaron los dichos visitadores al dicho señor Conde según dicho es que al dicho plazo la mande alçar de dos tapias en alto de piedra y cal o yeso y que le hagan sus troneras.

 

Vieron un horno de poya que es en el dicho lugar de la dicha Encomienda, el cual estaban reparando.

 

Vieron la iglesia de Señora Santa María, parroquial de ella del dicho lugar y hallaron que tiene (…) en viñas y siete pies de olivas y dos tinajas para tener aceite, y hallaron por cura de la dicha iglesia a Juan Hurtado (¿) freile de la dicha Orden, el cual tenía por presentación de la Orden y colación del Arzobispo de Toledo. Tiene el dicho beneficio unas casas y catorce peonadas de viñas y ciertos pies de olivas y un pedazo de tierra; el cual dicho cura hallamos por buen clérigo y que dice bien sus horas, del cual están bien contentos; hallose por mayordomo de la dicha iglesia a Pedro Martínez y dejaron por mayordomo a Juan Gómez, en poder del cual quedó inventario de los bienes de la dicha iglesia.


 


COMENTARIO: En el libro de esta visita hay frases con tinta corrida difíciles de transcribir y que han sido interpretados por los textos de otras visitas.

 De esta visita de 1478, que fue realizada a la Encomienda de Segura a principios de 1479, se hace descripción de la torre y el cortijo, del horno de pan y de la iglesia.

Normalmente las construcciones defensivas de la Encomienda eran propiedad de la Orden de Santiago y sus continuas reparaciones corrían a cargo de dicha Encomienda. El señor Conde, Comendador de Segura, era don Pedro Manrique (hermano mayor de Jorge Manrique e hijo del Maestre don Rodrigo Manrique) II Conde de Paredes. El horno de pan lo estaba reparando la Encomienda pero no con mucho entusiasmo ya que al año siguiente estaba casi caído y se había quedado pequeño porque la población estaba aumentando.

El torreón tiene tres bóvedas con una pared en medio que hacen seis estancias. Por la cubierta entra el agua porque el tejado sigue sin repararse por el Comendador.

El cortijo, barrera o muralla que sale de dos esquinas de la torre tiene en sus extremos dos torres cubos. Parece que las murallas del cortijo eran muy bajas y los visitadores mandan que se alcen dos tapias más (casi 4 metros) y se le hagan troneras.

Estas instalaciones defensivas de las distintas villas y lugares de la Encomienda de Segura eran muy parecidas. Constaban de una torre central y unas murallas (cortijo) que rodeaban la torre. Esta torre de Torres de Albanchez tenía tres bóvedas, una encima de otra que cubrían todo el hueco de su interior y la tercera bóveda estaba almenada a su alrededor. El cortijo consistía en unas murallas almenadas que rodeaban la torre y dejaban un patio interior. A lo largo de las murallas había unos andamios de madera que llegaban hasta las almenas para su defensa. En caso de peligro, las mercancías y animales se resguardaban en el patio interior del cortijo y las personas en el interior de la torre donde tenían un pozo manantial para su suministro en caso de asedio.