1562-V-31.- Sierras de Segura. Torres de
Albanchez. Notificación y respuesta al encabezamiento de las rentas reales. (Archivo General de Simancas. R-21/16.
Archivo General de la Región de Murcia)
Sierras de Segura.
Torres de Albanchez.
Yo Juan López Santoyo, escribano de su majestad y del ayuntamiento y cabildo de esta villa de Torres de Albanchez, que es de la Orden de Santiago y en el valle de Segura de la Sierra, doy fe y verdadero testimonio a todos los señores que ella presente vieren en como a treinta y un días del mes de mayo de mil y quinientos y sesenta y dos años (31-5-1562), estando ayuntados en las cosas del ayuntamiento de la dicha villa, los magníficos señores Jorge Simón y Antón Martínez Carreño, alcaldes ordinarios y Francisco Martínez y Juan Rubio y Miguel Ruiz, regidores y Gómez Hernández y Benito González y Alonso Rodríguez, diputados del dicho concejo, tratando las cosas convenientes y cumplideras a la universidad de esta dicha villa, pareció un hombre que se dijo llamar por su nombre Francisco de los Cobos y dio y entregó una cédula de su majestad, escrita en molde, su data en Madrid a quince días del mes de diciembre de mil y quinientos y sesenta y un años (15-12-1561), rubricada de dos rúbricas en la primera margen de la primera plana y al fin de la dicha cédula un auto que parecía escrito de letra de mano y firmado de un hombre que se decía Francisco de Laguna, como por la dicha cédula parecía por la cual en efecto su merced hace saber al concejo, justicias y regidores, caballeros, escuderos y hombres buenos de la dicha villa de Torres de Albanchez, como en las cortes que mandó celebrar en la ciudad de Toledo en el año pasado de mil y quinientos y sesenta, hizo merced a estos reinos de dar y conceder el encabezamiento general por quince años que lo rendes de este dicho presente año y mandan que si acordaren de estar en el dicho encabezamiento general por en los dichos quince años beneficien lo que toca el cabezamiento de la dicha villa, por la dicha orden declarada por la dicha cédula que ora me dio y entregó y queda en mi poder y pidió en cumplimiento de ella y testimonio de la respuesta, la cual por los dichos señores alcaldes y regidores y diputados fue tomada en sus manos y la besaron y pusieron sobre su cabeza con la reverencia y acatamiento debidos y habiéndolo todo entendido dieron la respuesta siguiente: luego los dichos señores oficiales // y diputados del dicho concejo estando así juntos dijeron que por cuanto este pueblo está muy menoscabado en vecindad y hacienda y había de solamente los treinta y siete maravedís al ciento los vecinos sienten muy gran carga por ser muy pobres cuanto más si obiese de haber crecimiento después cuando se acabasen las dichas averiguaciones tenían por bien de aceptar el dicho encabezamiento y repartimiento de los dichos treinta y siete maravedíes al ciento sobre el precio de los cinco años corridos solamente por este dicho año de sesenta y dos, suplicando a su majestad que cumplido este dicho año en que se han de acabar las dichas averiguaciones los deje en su libertad para aceptar o rehusar en los otros años siguientes, enmandéis que este eleçión (¿) del dicho concejo pasados este dicho año y pagar como su majestad lo manda para que visto el crecimiento o descrecimiento que por las dichas averiguaciones se hiciere pase con ella estos dichos quince años enteros o pida que venga arrendadores y esto dieron por su respuesta y firmaronlo los que supieron, testigos el bachiller Pedro de Guebaras, Francisco López de Siles y Alonso de Segura, vecinos todos de la dicha villa y mandaron que se le diese por testimonio la dicha respuesta. Antón Martínez, Juan Rubio, Gómez Hernández, Alonso Rodrigo, Benito González. Las cuales dichas firmas quedan al pie de la dicha respuesta en mi poder. E yo el dicho escribano fui presente a lo que dicho es, y lo hice sacar según dicho es y para que valga y haga fe hice aquí este mi signo a tal.
En testimonio de verdad: Juan López Santoyo, escribano.
Yo Juan López Santoyo.
COMENTARIO: El rey Felipe II en las Cortes de Toledo de 1560
se acordó el encabezamiento general de las alcabalas reales para los 15 años
siguientes a partir de 1562 por el mismo precio de los últimos 5 años
anteriores incrementando un 37 % más y notificando a las poblaciones, sin hacer
las averiguaciones correspondientes, con arreglo a sus vecindarios y haciendas.
En este expediente se encuentran las notificaciones y
respuestas que en el Reino de Murcia se realizan al Partido de las Sierras de
Segura (así escrito en plural). Además de Torres de Albanchez se notifican a
Chiclana, Beas, Siles, Villarrodrigo, Bayonas, Socobos, Moratalla, Calasparra,
Cehegín, etc., todos señoríos de la Orden de Santiago en su provincia de
Castilla.
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