1498-09-20 -Visita a los Partidos de Sierra
de Segura y Murcia. Visita a La Puerta. (AHN. Guía de las OO.MM. Mss. Santiago. Sign. 1069 C pág. 82-93. Archivo
General de la Región de Murcia).
Visitación de La Puerta
/82/
En veinte días del dicho mes de septiembre del dicho año, fueron los dichos visitadores a visitar La Puerta, que es lugar de la Encomienda de Segura y luego hicieron juntar los regidores /83/ y Diego de Alcalá, alcaide y otros vecinos del dicho lugar, a los cuales fueron notificados los poderes de sus altezas y por ellos fueron obedecidos con aquella reverencia que debían y en cuanto al cumplimiento dijeron que estaban prestos de cumplirlos en todo y por todo según que en ellos se contiene; testigos que estuvieron presentes Juan Moreno y Alonso Sánchez vecinos del dicho lugar La Puerta.
Y luego fue notificado a los dichos regidores y hombres buenos del dicho lugar, porque no había pregonero, si había alguna persona que tuviese queja del comendador de Segura o de sus alcaides o mayordomos o mamposteros, que lo viniesen denunciando ante ellos y que les sería hecho cumplimiento de justicia.
Y asimismo les fue requerido a los dichos oficiales que luego diesen la copia de los vecinos que había en el dicho lugar y asimismo de los cuantiosos que en él había, jurada en forma según sus altezas por la dicha carta lo mandan, los cuales dijeron que estaban prestos de darla y luego los dichos regidores dijeron que en el dicho lugar había treinta vecinos y que en ellos había cuantioso Fernando Martínez y no más, lo cual juraron en forma ante los dichos visitadores, testigos los susodichos.
Y después de esto, los dichos visitadores continuando su visitación, fueron a la iglesia del dicho lugar, la cual es de la vocación de San Mateo; de una nave pequeña y torre; al cabo de ella una tribuna bien obrada y la dicha iglesia es cubierta de madera de pino bien obrada; y en ella está un altar mayor en el cual está la imagen de Nuestra Señora de bulto bien ataviada y unas imágenes alrededor en las paredes pintadas.
Y luego el dicho cura de Valdaracete se vistió una sobrepelliz y visitó el Santo Sacramento con aquella reverencia que debía, el cual halló en el dicho altar mayor, en un cofre mediano /84/ pintado, con una cortina con orillas coloradas encima, con su llave, y dentro de él otro cofrecito pequeño pintado y dentro en él unos corporales y una hijuela y allí puesto el Santo Sacramento honesta y limpiamente; y dentro de dicho cofre mayor está la crisma y olio “ynfermorun” en unas ampollas de estaño y tapadas con cera y envueltas en un paño; y en el dicho altar está una ara encajada en madera y unos corporales de lino bastos encima limpios.
Y luego se hizo el inventario de los ornamentos y bienes de la dicha iglesia en esta manera:
Ornamentos
Una cruz de latón bien obrada con un crucifijo; otra cruz de latón grande y otra pequeña. Un cáliz de plata con su patena de hasta un marco y medio. Otro cáliz de estaño quebrado con una patena.
Una casulla de zarzahán con su recabado.
Una casulla blanca y un alba y un amito.
Una casulla de lienzo con una cruz cárdena en las espaldas.
Una palia labrada. Un roquete de la imagen de Nuestra Señora.
Una sobrepelliz y un frontal de lienzo pintado.
Una alfombra vieja rota. Dos arquillas medianas.
Una saya colorada y dos tendidos. Dos portapaces bien obradas y otra de marfil.
Libros
Un misto de la Orden de los predicadores. Un misal de pergamino viejo. Un santoral de una regla y lectura. Un breviario encuadernado de pergamino.
Una campana en el campanario mediana, otras dos campanillas de mano.
/85/
Un acetre. Un incensario de hierro. Dos ampollas de estaño.
Posesiones de la dicha iglesia
Un casa frontero de la iglesia, alinde con Miguel García.
Un solar a las espaldas de la iglesia.
Nueve matas de olivas en el olivar y en Burjalamé.
Y luego se tomó la cuenta a Diego López, mayordomo de la dicha iglesia en la forma siguiente:
Montó el cargo de lo que tenía recibido hasta veinte y un días de setiembre de noventa y ocho años, así de limosnas como del cepo según pareció por menudo en su cuenta, mil y ciento y treinta y cuatro maravedíes. I U CXXXIIII (1.134.-).
Montó lo que tenía gastado el dicho Diego López hasta el dicho día, mil y doscientos y ochenta y un maravedíes. I U CCLXXXI (1.281.-).
Descontados del dicho cargo alcanza el dicho mayordomo a la dicha iglesia por ciento y cuarenta y siete maravedíes. IXLVII (147.-).
Al cual dicho mayordomo los dichos visitadores recibieron juramento sobre la dicha cuenta en presencia de Juan Moreno y Francisco López, vecinos del dicho lugar, los cuales hubieron por buena la dicha cuenta y los dichos visitadores viendo que el dicho Diego López era buen hombre, le dejaron el cargo de la dicha mayordomía y le mandaron que de cualesquiera maravedíes que debiere o recibiere desde hoy adelante por la dicha iglesia se entregue de los dichos ciento cuarenta y siete maravedíes que alcanza a la dicha iglesia.
Y luego el dicho cura visitó la pila de bautismo en la cual halló agua bendecida guardada para bautizar, la cual hizo consumir el dicho cura y mandó al clérigo que ende estaba que cada vez que hubiere de bautizar bendiga el agua y la consuma luego.
/86/
San Sebastián
Y luego los dichos visitadores visitaron una ermita que es cerca del dicho lugar que es de San Sebastián, la cual es una casa pequeña y tiene un altar y en él un paño de lienzo pintada la imagen de San Sebastián y no tiene renta ninguna.
Hallaron los dichos visitadores en la dicha iglesia por clérigo a Juan Martínez, que es de la Orden de San Pedro, que el dicho Concejo le da salario porque sirva la dicha iglesia porque no tienen clérigo y hallaron por información que tenía una manceba públicamente en la dicha casa, para la cual dieron su mandamiento para la prender lo cual se hizo.
Y así presa los dichos visitadores le preguntaron qué cuánto tiempo había que tenía conversación con el dicho Juan Martínez, clérigo y qué hijos tenía de él; y que cómo se llamaba.
La cual declaró y dijo que le llaman Juana Rodríguez (después González) y que puede haber hasta veinte y dos años que tiene conocimiento carnal con el dicho Juan Martínez; y que en este tiempo ha ovido en ella dos hijas y un hijo y que en todo el dicho tiempo le ha dado el dicho Juan Martínez todas las cosas necesarias para ella y para sus hijos. Y preguntada si ha sido alguna vez penada por algunas justicias sobre ello; declaró que una vez fue condenada en un marco de plata y que de dos años a esta parte no ha tenido que fazer con el dicho Juan Martínez; preguntada cuanto tiempo estuvo con el dicho Juan Martínez en Torres de Albanchez; dijo que siendo clérigo Juan Hurtado estuvo allí dos años poco más o menos. Preguntada cuántos hijos ha habido después que es clérigo el dicho Juan Martínez, con ella; declaró que una hija y que aquella se le murió. Preguntada cuanto tiempo ha que está en La Puerta después que el clérigo está allí; declaró que ha tres años y que mora en la casa de la dicha iglesia frontero de la iglesia y el dicho clérigo dentro en la dicha iglesia, lo cual todo juró en forma; testigos Alonso Pérez, alcalde de Segura y Juan de /87/ Madrid criado del Comendador Rodrigo Dávalos.
Y después de lo susodicho, en Torres de Albanchez, cinco días del mes de octubre del dicho año, los dichos visitadores en presencia de la dicha Juana Rodríguez dieron y pronunciaron una sentencia su tenor de la cual es este que se sigue:
Por nos Rodrigo Dávalos, comendador de Montealegre y Pedro de Morales, cura de Valdaracete, visitadores y reformadores de la Orden de Santiago en el Reino de Murcia con el Val de Segura, por el Rey y la Reina, nuestros señores administradores perpetuos de la dicha Orden, por autoridad apostólica. Vista la infamia y pública los a nuestra noticia venida acerca del público concubinato en que han estado Juan Martínez, capellán del lugar La Puerta y Juana González, por virtud del cual mandamos prender a la dicha Juana González y vista la confesión espontánea por ella hecha y habido nuestro acuerdo y ratificación:
Fallamos, que usando de benignidad con la dicha Juana González, que la debemos condenar y condenamos en pena de destierro de toda la Orden de Santiago; a la cual mandamos que salga de todas las villas y lugares de ella hasta diez días primeros siguientes con tanto que en los dichos diez días no entre en el dicho lugar La Puerta, ni desde en adelante y que no torne ni entre en ninguna de las dichas villas y lugares de la dicha Orden en toda su vida, so pena que si fuere hallada en cualquiera de ellos que le serán dados públicamente cien azotes y más que pague dos mil maravedíes en pena para la cámara de sus altezas y que todavía sea desterrada como dicho es, so la dicha pena y condenamos la más en las costas dichamente hechas, la tasación de las cuales en nos reservamos y para la ejecución de esta nuestra sentencia mandamos dar nuestro mandamiento para las justicias de las villas y lugares susodichas para que ejecuten la dicha pena contra /88/ la susodicha si fuere hallada en las dichas villas y lugares o en cualquiera de ellas y quebrantare el dicho destierro como dicho es y por esta sentencia así lo mandamos en estos escritos y por ellos, Rodrigo Dávalos , Pedro de Morales.
Y así dada y pronunciada la dicha sentencia la dicha Juana González calló; testigos que estaban presentes Martín Bermúdez y García Martínez el viejo y García Martínez el mozo, vecinos de Torres de Albanchez.
Y los dichos visitadores continuando su visitación fueron a visitar la fortaleza del dicho lugar donde hallaron por alcaide a Diego de Alcalá; Y a la entrada de la fortaleza hallaron una casa hecha a colgadizo en la cual los visitadores pasados mandaron al Concejo del dicho lugar que reparase el cobertizo de la entrada de la dicha fortaleza y para ello recibieron cierta obligación de Alonso Sánchez, regidor, el cual se obligó de hacer y reparar el dicho cobertizo haciéndole su tejado con buena madera y teja y el suelo bien hecho y enmaderado, lo cual los dichos visitadores vieron por vista de ojos y hallaron hecho, excepto un pedazo del suelo de en medio y por solar; mandaron al dicho regidor que lo hiciese y reparase luego, donde non que mandaran ejecutar en sus bienes la dicha obligación que hizo.
Y de allí entraron a otra puerta a un portal hecho a colgadizo y a la mano izquierda está una cocina con una chimenea; y delante de esta está un corredor bien reparado delante de una saleta pequeña; y adelante de esta sala están dos cámaras razonablemente reparadas de nuevo; y al cabo del dicho corredor está una cámara con una chimenea nueva que dijo el dicho alcaide que la había hecho; y delante de ella un corredor nuevo; este dicho aposentamiento está cercado de un cortijo hecho de hormigón almenado sin andamio; y dentro de este cortijo están ciertos solares derribados, /89/ los cuales dijo el dicho alcaide que los había comprado su padre de vecinos del dicho lugar que vivían dentro cuando había guerra de moros; debajo de este aposentamiento están unas caballerizas razonables y un pajar y a un rincón está una bodega con un jaraíz y pilón; y en el dicho cortijo está una torre de tapias de hormigón alta y estrecha y al pie de ella está una casilla para dormir gente; y la dicha torre tiene cuatro suelos sin escaleras mal reparados y el tejado alto está caído; y dijo el dicho alcaide que desde la puerta segunda a dentro es a cargo el reparo del Comendador y la primera casa de la entrada es a cargo del Concejo. Y luego los dichos visitadores preguntaron por la entrega que recibió con la dicha fortaleza, el cual dijo que no recibió cosa ninguna y que las armas que dentro están, que son suyas propias.
Los dichos visitadores continuando su visitación hallaron que los visitadores pasados, por la visitación pasada, mandaron al comendador que hiciese reparar la dicha torre de la fortaleza y los andamios del dicho cortijo echando un cobertizo de tejado a la dicha torre y que reparase los aposentamientos de dentro en virtud de obediencia.
Hallaron los dichos visitadores por vista de ojos como el tejado de la dicha torre no está reparado y los dichos andamios no están hechos; y para ejecutarlo recibieron juramento de Juan Cantero y de Francisco López, albañiles, los cuales vieron y tasaron la dicha obra y so cargo del dicho juramento, que podía costar hacer el tejado y cobertizo de la dicha torre, mil ciento y setenta maravedíes poco más o menos y que para los andamios de la dicha fortaleza era menester seiscientos maravedíes; y que para hacerlo y allegar el pertrecho que había menester un mes.
Y luego los dichos albañiles se obligaron de hacer la dicha obra dentro de un mes primero siguiente a vista de maestros por la /90/ dicha cuantía de los dichos maravedíes; testigos Diego de Alcalá y Martín Muñoz. Y después de lo susodicho, este dicho día, los dichos visitadores preguntaron a Fernando Martínez, que presente estaba, que qué hacienda o renta tenía del señor don Pedro Portocarrero, el cual dijo que debía doscientas fanegas de trigo y cebada; al cual mandaron que tuviese en su poder de manifiesto del dicho pan hasta en cuantía de los dichos mil y setecientos y setenta maravedíes y que los dichos maravedíes dé y pague a los dichos maestros como fuere haciendo la dicha obra y que la haga hacer el dicho Fernando Martínez dentro del dicho término, so la pena de los depositarios y que lo hará a su costa lo no cumplido, testigos los dichos.
Hallaron los dichos visitadores los suelos de la dicha torre muy mal reparados y que había menester solarse y asimismo un tejado de una casilla que está junto con la torre y una pared hacia el patio caída; lo cual mandaron al dicho comendador que lo repare y haga los dichos suelos hasta el día de Navidad de este dicho presente año, en virtud de obediencia, lo cual mandaron al dicho Diego de Alcalá que lo haga saber al dicho señor don Pedro; testigos Juan de Madrid y el bachiller Rodrigo del Castillo.
Y luego el dicho Rodrigo Dávalos recibió pleito homenaje del dicho Diego de Alcalá en forma por la dicha fortaleza en presencia de los testigos susodichos; el cual lo hizo y entregó y el dicho señor Rodrigo Dávalos lo pidió por testimonio, testigos los susodichos.
La relación de las rentas del dicho lugar que pertenecían al comendador no van aquí porque en fin de la visitación de la Encomienda de Segura van declaradas.
Y después de lo susodicho, en el dicho lugar La Puerta, veinte y un días del dicho mes de octubre de noventa y ocho años, el dicho Diego de Alcalá dijo que por cuanto los visitadores pasados hubieron mandado al dicho comendador en la visitación pasada que reparase y adobase los dichos aposentamientos que están hechos en la dicha fortaleza, lo cual /91/ él había hecho y reparado de sus dineros porque dijo que la dicha casa y aposentamiento de ella le pertenecía por cuanto la había comprado su padre de ciertos vecinos del dicho lugar que tenían casas dentro de los muros en la dicha fortaleza, por ende que para conservación y guarda de su derecho, que pedía y requería a los dichos señores visitadores que recibiesen la información de testigos que por su parte serán presentados; los dichos visitadores dijeron que lo oían y que eran prestos de recibirlos e información que acerca de ello les presentare.
Y luego el dicho Diego de Alcalá presentó por testigos a Francisco López y a Alonso Sánchez y Fernando Martínez, vecinos del dicho lugar, de los cuales recibieron juramento en forma, que dirán verdad de lo que su parecer con el caso que son presentados por testigos, los cuales respondieron “sí juro y amén”, testigos Juan de Madrid y el bachiller Rodrigo del Castillo, vecino de Toledo.
El dicho Francisco López testigo jurado y ratificado. preguntado por los dichos visitadores qué es lo que sabe acerca del caso susodicho, dijo que oyó decir a su padre del dicho Diego de Alcalá, que puede haber treinta años o treinta y cinco, poco más o menos, que había ocho o nueve vecinos en la dicha fortaleza y que al tiempo que se salieron de la dicha fortaleza, que compró las haciendas de ellos; preguntado si lo oyó a otras personas antiguas de este dicho lugar, dijo que esto mismo oyó decir éste testigo a su padre y que él le vendió una casa que tenía y que se lo vieron poseer al dicho su padre de Diego de Alcalá y al dicho Diego de Alcalá todo el dicho tiempo.
El dicho Alonso Sánchez testigo jurado y ratificado, preguntado por los dichos visitadores qué es lo que sabe acerca del caso que es presentado por testigo; el cual dijo que ha treinta años que vive en este dicho lugar y que oyó decir que hasta diez vecinos que vivían dentro en la fortaleza que al tiempo que se salieron de ella vendieron las haciendas /92/ a su padre de Diego de Alcalá y después acá siempre han estado el dicho Diego de Alcalá y su hijo en la posesión de las dichas casas en la dicha fortaleza sin contradicción de ninguno y que esto oyó decir a su padre y a otras personas de edad que en el dicho lugar había.
El dicho Fernando Martínez testigo jurado y ratificado, preguntado por los dichos visitadores qué es lo que sabe acerca del caso que es presentado por testigo; el cual dijo que sabe que aquellas casas compró Diego de Alcalá el viejo, de nueve o diez vecinos que había en la fortaleza y que siempre las tubo hasta que murió y que después que murió compró Diego de Alcalá, alcaide que agora es, las dichas casas de sus hermanos y que su padre y el dicho Diego de Alcalá siempre las han tenido en pacífica posesión.
Y después de lo susodicho, este dicho día, ante los dichos visitadores pareció Fernando Martínez, vecino del dicho lugar y por ante mí el escribano insoescripto se obligó de acabar de solar y cubrir la entrada de la fortaleza del dicho lugar, todo lo cual era a cargo del Concejo de reparar según que Alonso Sánchez, regidor, estaba obligado y de darlo hecho y acabado dentro de un mes primero siguiente, so pena que de sus bienes y a su costa del dicho Fernando Martínez se haga, para lo cual obligó su persona y bienes y renunció las leyes de derecho y dio poder a todas las justicias y otorgó carta firme y recibo, testigos Gonzalo Fernández y Juan de Madrid y Diego de Alcalá, alcaide de la fortaleza del dicho lugar.
Y luego los dichos visitadores vieron por vista de ojos que una casa detrás de la iglesia que los visitadores pasados habían mandado hacer para el capellán, que no la habían hecho; mandaron al mayordomo de la iglesia que de cualesquier maravedíes que tuviere de la iglesia haga y cumpla el mandamiento que los visitadores pasados mandaron, lo cual le mandaron que haga en todo este dicho año de noventa y ocho.
/93/
Y luego los dichos visitadores vieron el horno del dicho lugar que la dicha Orden tiene; el cual por la visitación pasada fue mandado reparar a Fernando Martínez, vecino del dicho lugar, el cual lo había hecho salvo que el tejado tenía mal reparado; mandaron al dicho Fernando Martínez que le haga un cavallillo de cal y repare el tejado por manera que no se llueva, dentro de un mes primero siguiente, so pena de cuatrocientos maravedíes para la obra de la dicha iglesia; y que mandaban a Alonso Sánchez y a Alonso Fernández que si dentro del dicho término no lo reparase que ejecutasen en sus bienes para hacerlo y por la dicha pena; testigos Diego de Alcalá y Juan de Madrid.
No hay comentarios:
Publicar un comentario