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lunes, 12 de septiembre de 2016

1.507.- Visita santiaguista al Hospital de Villarrodrigo




1507-07-08 -Visita a los Partidos de Sierra de Segura y Murcia. Visita al Hospital de Villarrodrigo. (AHN. Guía de las OO.MM. Mss. Santiago. Sign. 1072 C pág. 95).


Villa Rodrigo Encomienda de Segura


/95/
Ospital

Fue visytado el dicho ospital de dicho lugar que alinda con casa de Pedro Sánchez  Texedor.
Tiene tres camas de madera.
Dos coerpos sanos, otros dos rotos
Çinco cabeçales.
Siete mantas.
Onze sávanas.
Quatro almohadas, las dos buenas y las otras dos rotas.
Tres pares de manteles.
Vna caldera grande.
Vna sartén e vn vanco.
Vna viña en el Mesto que puede caver tres peonadas poco más o menos.

En esta dicha casa hospital oserbaron los visytadores pasados caydo vn fastial, mandaron a Gonzalo Martines de Ortega mayordomo que lo hicyese e reparase, hallóse fecho.



COMENTARIO: En esta época, a finales del siglo XV y principios del XVI, se fundan los Hospitales en los distintos lugares de la Encomienda de Segura, a instancias de los visitadores santiaguistas. En aquel tiempo, los Hospitales eran instituciones de asistencia a los pobres y también al clero.

Los Hospitales proporcionaban alojamiento y comida a viajeros sin recursos, peregrinos, clero de visita, o simplemente a los pobres y vagabundos del lugar.

Su construcción y mantenimiento corrían a cargo del Concejo del lugar o de una Fundación piadosa dedicada a un santo. En todo caso se otorga a los Concejos el nombramiento de mayordomos.

Se mantenían mediante la dotación económica, generalmente precaria de los Concejos, más las limosnas que conseguían y las mandas testamentarias.  “Yten mando al ospital un real para sus gastos” Testamento de María López al Hospital de Torres de Albanchez.

Los Hospitales eran casas con habitaciones para dormir, el clero tenía su propia habitación, con cocina y una capilla dedicada a un santo, donde se recogían las limosnas de caridad. La capilla del Hospital de Villarrodrigo estaba dedicada a Santa Catalina. Disponían de camas, colchones, almohadas, sábanas y mantas y diferentes utensilios para cocinar. Todo ello estaba a cargo de un mayordomo nombrado cada año por el Concejo con la supervisión de los visitadores santiaguistas. En esta visita a Torres de Albanchez los visitadores se quejan de lo mal equipado que tenían el Hospital: “Una manta vieja rota. Una cabeçera de estopa. Un colchón viejo syn lana lleno de paja. Dos savanas que dio Teresa Sánches”.

En las Relaciones Topográficas de Villarrodrigo (1.575) los redactores “dijeron que en esta villa hay un Ospital do se cogen los pobres e que está dentro de la Casa una imagen de Nuestra Señora Santa Catalina”.

En Villarrodrigo la casa del Hospital estaría en las inmediaciones de la antigua calle del Hospital.




domingo, 4 de septiembre de 2016

1.940.- Memoria Histórica. Paulino Alarcón Vivo. Sentencia de absolución.




1940-06-5.-Paulino Alarcón Vivo. Sentencia de absolución). (Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla. Memoria Histórica. IEG. Procedimiento sumarísimo de urgencia  Nº 42.787 Doc. 1-16 )

/1/ Carátula del Expediente

EJÉRCITO ESPAÑOL
AUDITORIA DE GUERRA DEL EJERCITO DE OPERACIONES DEL SUR
PLAZA DE Orcera
Procedimiento Sumarísimo de Urgencia núm. 42.787
PROCESADO: Paulino Alarcón Vivo
En prisión preventiva en Villacarrillo
Desde el día: 29 de marzo de 1940
Por el delito de Rebelión
Consejo de Guerra Permanente de Jaén

/16/ Sentencia

SENTENCIA

En la Plaza de Villacarrillo a cinco de Junio de mil novecientos cuarenta.
Reunido el Consejo de Guerra Permanente para ver y fallar el Procedimiento sumarísimo de urgencia nº 42.787, por rebelión militar, contra PAULINO ALARCÓN VIVO; dada lectura a las actuaciones, oídos los informes del Sr. Fiscal y Defensor, y las manifestaciones del encausado, y

RESULTANDO: Que el procesado PAULINO ALARCON VIVO, de antecedentes izquierdistas y buena conducta, formando parte de un grupo de individuos se personó el día dieciocho de Agosto del treinta y seis en el Cortijo “Loma del Gato”, en donde fue violentada una arqueta, extrayendo de la misma recibos, pagarés y documentación que leyó el procesado y que después se llevó otro de los del grupo. El inculpado tiene cuarenta años, tejero, natural de Villaverde del Guadalimar y vecino de Aldea de Bellotas. Hechos probados.

CONSIDERANDO: Que los hechos declarados probados en el anterior resultando, no son constitutivos de delito, por lo que procede absolver libremente al  procesado por ellos.

Vistos los artículos de pertinente y general aplicación del Código de Justicia Militar y Bandos de Guerra vigentes.

FALLAMOS: Que debemos absolver y absolvemos al procesado PAULINO ALARCÓN VIVO, con los pronunciamientos favorables que tal absolución lleva consigo, el que deberá ser puesto inmediatamente en libertad.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos y firmamos.

COMENTARIO: Paulino Alarcón Vivo, hijo de Casimiro y de Ramona, de 40 años, casado, natural de Villaverde y vecino de Villarrodrigo, con domicilio en La Mangada, profesión jornalero y con instrucción.