1.503-IX-7. Segovia. Carta real de los Reyes Católicos a los Concejos del partido de Segura de la Sierra para que paguen las rentas reales a Pedro Núñez de Soria y Fernando de Córdoba, arrendadores y recaudadores de las rentas del partido de Segura con las villas de Torrenueva y Almedina. (A.G. de Simancas, Registro General del Sello, IX-1503, s. fol. Archivo General de la Región de Murcia).
Reçeptores del partido de Segura.
Para las villas de Torrenueva y Almedina y partido de Segura de la Sierra.
RGS. IX – 1503
Don Fernando e Doña Ysabel etc., a vos el nuestro gobernador, alcaldes e otras justicias de las villas e logares que son y entran en el partido de Segura de la Sierra con Torrenueva y Almedina e a qualquier de nuestro juez esecutor por nos dado e que diéremos para las cosas tocantes a las rentas del dicho partido e a cada uno e qualesquier de vos en vuestros lugares e jurisdiçiones a quien esta nuestra carta fueren mostrada o su traslado signada de escribano, salud e gracia.
Sepades que por parte de Pedro Núñez de Soria e de Fernando de Córdova, nuestros arrendadores e recabdadores mayores de las destas rentas del dicho partido Segura de la Syerra con Torrenueva y Almedina deste presente año de la data de esta nuestra carta, nos fue hecha relación diciendo que los requirieron con nuestra carta de reçibtoria a los concejos de las dichas villas e logares del dicho partido para que conforme a ellas les atendiesen con los maravedíes y otras cosas que las dichas rentas han montado e valido e rendido este dicho año e diz que no lo quisisteis hacer ni cumplir e respondieron en suplicatura de la dicha nuestra carta de reçibtoria e diz que non syguiron la dicha suplicación, ni hicieron abto ni deligençia sobre ello, en lo qual los dichos recaudadores han recibido mucho agravio e daño e por su parte nos fue suplicado e pedido por merced sobre ello les mandásemos proveer de remedio con justicia o como la nuestra merced fuese y nos tovimoslo
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por bien, porque vos mandades que veades la desta nuestra carta de reçibtoria que de hacemos nos la guardedes e cumplades e esecutar en todo e por todo según e que en ella se contiene, non embargante qualesquier suplicación que ella aya sydo interpuesta para ante nos, e contra el tenor e forma de ella, no vallades ni pasades, ni consintades yr, ni pasar por ninguna, ni alguna manera, para lo qual sy necesario es, vos damos poder cumplido por esta nuestra carta, e los unos ni los otros no hagades ni hagan en ellos por alguna manera, so pena de la nuestra merced y de diez mil maravedíes para la nuestra cámara.( emplasamiento e …)
Dada en la cibdad de Segovia a siete días del mes de setiembre de mil e quinientos e tres años.
F. mayordomo.
Licenciado Mujica
Francisco Liçan …
Refrendada Diego Sánchez Ortiz, escribano e
Firmado … … Polanco
Diego Sánchez Ortiz: Escribano de Cámara de la
reina Isabel y de la Audiencia de sus Contadores Mayores.
COMENTARIO: En
el año 1503 en Alcalá de Henares el contador mayor Francisco de Vargas adjudica
las rentas reales del partido de Segura de la Sierra a Fernando de Córdoba,
vecino de Arjona, para los años 1503-1504-1505-1506.
Francisco de
Vargas remata la adjudicación de las rentas reales en el partido de Segura de
la Sierra, para los años 1503-1504 adjudicándolos a Fernando de Córdoba y Pedro
Núñez de Soria. Los cuales se desplazaron al partido de Segura de la Sierra
para cobrar las rentas reales del año 1503, los concejos de Letur, Villa
Rodrigo, Calasparra, La Osa, Férez y Socovos parece que no estaban de acuerdo,
no habían colaborado en el encabezamiento y había proferido agravios a los
recaudadores reales. Los Reyes Católicos, emplazan a estos concejos y requieren
que los recaudadores reales sean atendidos y ayudados para el cobro de las
dichas renta reales del año 1503. Que nombren a dos personas fieles, llanas y
abonadas para que realicen la lista de vecinos y paguen el encabezamiento
adjudicado.
Esta carta de
los Reyes Católicos va dirigida a todos los concejos de las villas y lugares
del partido de Segura de la Sierra requiriéndoles para que paguen las rentas
reales del año 1503.
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