Buscar en este blog

martes, 17 de octubre de 2017

1.626.- Villarrodrigo. Publicación de la herencia del Alférez Jerónimo Yáñez.




 1626.- Villarrodrigo. Publicación de la herencia del Alférez Jerónimo Yáñez. (Archivo General de Indias, Casa de la Contratación, 368,N.7,R.13. PARES, Pag. 56 a 57).

7) PUBLICACIÓN DE LA HERENCIA EN VILLARRODRIGO (25-10-1626)

/56/
En la villa de Villa Rodrigo en beynte y çinco días del mes de ostubre de mill y seys çientos y beynte y seys años ante su merced Juan Bazquez de Bes, alcalde hordinario, presentó esta requesitoria  y de sus autos, Lucas  Martínez Yañez vecino de esta villa y pidió su cumplimiento y justicia y lo firmó y testimonió.
Rubricado: Lucas Martínez Yañez.
Sebastián de Beçares escribano.

Su merced mandó se cumpla como en ella se contiene y que en su cumplimiento se apregone y publique lo en ella contenido y que se le de posesión a el dicho Lucas Martínez Yañez y ansí lo proveyó, mandó y firmó.
Rubricado: Juan Bazquez de Ves.
Sebastián de Beçares escribano.

Este día lo notifiqué a el dicho Lucas Martínez Yañez en su persona, doy fee.
Sebastián de Beçares escribano.

En la dicha Villa Rodrigo, en el dicho día, mes y año se publicó lo contenido en la dicha requisitoria y lo en ella contenido en la plaça pública desta villa por boz de Sebastián Gómez, pregonero público, a el salir de misa mayor domingo en presencia de mucha gente y fueron testigos a ello Francisco Serrano Muñoz, Fernando de Riopar, Cristóbal Gómez y Luis Pérez vecinos desta villa, de que doy fee.
Sebastián de Beçares escribano.

E yo el dicho Sebastián de Beçares, escribano por el rey nuestro señor, público y del cabildo desta Villa Rodrigo, en propiedad, fui presente en lo que de mí se hace mención y lo signé y llebé  de derechos de estos autos quarenta y ocho maravedíes, no más, doy fee.
En testimonio de berdad, Sebastián de Beçares.

/57/
Yo Juan de Corral, escribano por el Rey nuestro Señor y notario por autoridad apostólica, vecino desta Villa Rodrigo, doy fee y verdadero testimonio a quien el presente viere que oy domingo, día de la fecha deste, en la yglesia mayor y parroquial desta villa, título de Sant Bartolomé, al tiempo del offertorio en mi presencia y del pueblo congregado, Gregorio Pérez, sacristán de la dicha yglesia leyó la carta requisitoria de arriba de los señores presidente y oidores de la Real Casa de la Contratación de la cibdad de Sevilla, en altas e intelligibles vozes y para que dello conste de pedimiento de Lucas Martínez Yañez, di el presente testimonio en Villa Rodrigo a veinte y cinco días del mes de octubre de mill y seiscientos y veynte y seis años y lo signé.
En testimonio de verdad, Juan de Corral.




martes, 3 de octubre de 2017

1.519.- Rentas de la Encomienda de Segura en Las Bayonas.




1519-IV-14.- Rentas de la Encomienda en Las Bayonas. Pleito de Andrés Murciano sobre la medianata. (AHN. OO.MM, AH Toledo, leg. Nº 51.116. Archivo General de la Región de Murcia).

/54/
Primera postura de las Vayonas

En la villa de Segura a catorze días del mes de abril año de mill e quinientos e diez e nueve años, ante los señores Pedro de Ribera e Juan Pérez de Çambrana, hazedores de las rentas pertenescientes a su señoría y en presencia de my el escrivano e testigos ynsoespcristos paresçió Alonso Ruiz

/54v/

Dávila vecino de la dicha villa e dixo que por servir a su señoría e acreçentar sus rentas e que ponya e puso e dava e dio por la renta de las Vayonas, pertenesçiente a su señoría este presente año con el pan en veynte mill maravedíes (XXu – 20.000) con dos mill maravedíes (IIu – 2.000) de prometido con tal condición que sy pujada él fuere gane los dichos dos mill maravedíes e le sean librados en el primer terçio e sy quedares sean descontados del cuerpo della; obligose quedando en el de contento de fianças e pagado sus derechos acostumbrados e sean su recaudamiento desembargados, para todo lo qual se obligó según derecho, fuerele recibida la dicha postura e otorgado el dicho prometido; fueron testigos Pedro Marquez e Luys Moreno, vecinos de la dicha villa e yo Pedro Marquez lo firmo a ruego de Alonso Ruiz, Pedro Márquez, Pedro de Ribera, Juan Pérez de Çambrana.

Remate de la dicha renta.

Después de lo susodicho, martes veynte e seys días del mes de abril, año susodicho, los dichos señores hazedores por corredor público estando en la casa la horden que es en la plaza pública de la dicha villa en faz de mucha gente y en presencia de my el escrivano fizieron rematar la renta

/55/

de las Vayonas por este presente año pertenesciente a su señoría con el pan, la qual andava en veynte mill maravedíes y porque no se halló quien tanto ny más por ella diese que Alonso Ruyz Davila que dava los dichos veynte mill maravedíes en el qual fue rematada conforme a la postura.