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martes, 19 de enero de 2010

1.603.- Notas al Voto de San Agustín de Bayonas.


1.603.- El Voto de San Agustín de Bayonas. (Notas Históricas de Villarrodrigo. Asociación Recreativa-Cultural “Peña el Pilón”. Villarrodrigo (Jaén). 1.981)


ELVOTO DE SAN AGUSTÍN DE BAYONAS

El domingo, 12 de octubre de 1.603, en la ermita que Bayonas tenía dedicada a San Agustín, cuya imagen la presidía, se celebró misa mayor que concelebró y predicó Fray Domingo, Deán de la Orden de San Agustín y Prior del convento de Alcaraz.

Tras el rito religioso, una representación del lugar, para realizar el voto de San Agustín, comparecieron ante el Licenciado Lorencio de Quesada que era el Vicario de Villa Rodrigo y su partido, al cual pertenecía el lugar de Bayonas.

La representación iba presidida por Francisco de Vergara, cura del lugar, Alonso Pérez, alcalde ordinario y los Regidores Alonso Martínez y Juan de Bezares. Completaban la representación los siguientes vecinos: Alonso Martínez Espinosa, Juan Herrero, Juan de Membrilla, Miguel Sánchez de Salas, Alonso Martínez de Maricalera, Pedro Gómez, Martín Sánchez, Hernán Sánchez y Diego Serrano.

Los representantes, en nombre de los vecinos y los que sucedieran en el lugar, realizaron la siguiente promesa: guardar el día de San Agustín de cada año, ir en procesión a su ermita y oir misa en ella, dar una caridad de pan y queso a los niños pobres del lugar, y volver en procesión. Además, para la persona que estando en el lugar el día de San Agustín, no cumpliere el voto, tendría de pena una libra de cera o su valor, “aplicados a la fábrica de la ermita”.

La promesa fue jurada por los representantes, sobre los evangelios que el Vicario tenía en sus manos, y sobre una cruz en que cada uno puso su mano derecha.

Como testigos, además de los citados vecinos de Bayonas, se encontraban presentes:
-Juan Marroquí de Laiseca, alcaide de la fortaleza de Segura.
-Diego Serrano, Escribano de S.M.
-Francisco de Honcada, vecino de la villa de Segura.
-Vicente Delgado y Lorencio Pérez, vecinos de la villa de Villa Rodrigo.
-y el Padre Hernán Sánchez, clérigo presbítero de la villa de Bienservida.

El voto fue escrito, en testimonio de verdad, por Sebastián de Santa Cruz, Escribano de S.M. y de la Audiencia de la Vicaría de Villa Rodrigo y su partido.

Para la perpetuidad del voto, se realizaron dos copias del manuscrito original; una quedó en un arca en la propia ermita, otra en la iglesia parroquial de Bayonas y la tercera se guardó junto a las escrituras del Concejo de Bayonas.

En el propio voto se prometía que sería leído a los vecinos todos los años en el día del Santo, para que lo cumpliesen los “demás vecinos que sucedieran en este lugar”. Pero Bayonas ya se encontraba en franco declive y pronto no existirían en el lugar moradores que cumpliesen la promesa.

sábado, 9 de enero de 2010

1.943.- Causa General. Informe de la Guardia Civil.

1943. Causa General de Jaén. Término municipal de Villarrodrigo. AHN. Fiscalía del Tribunal Supremo. (FC_CAUSA_GENERAL, Pieza 99, Caja 1005, Exp. 27 Pags. 19 y 30 a 31. Ministerio de Cultura. Portal de Archivos Españoles (PARES))

http://pares.mcu.es/ParesBusquedas/servlets/Control_servlet?accion=2&txt_id_fondo=172386

INFORME DEL COMANDANTE DE PUESTO DE LA GUARDIA CIVIL DE VILLARRODRIGO (JAÉN), SOBRE LA GUERRA CIVIL.


- Causa General-Jaén-Salida nº 423- día 12 Mes 4 Año 43.


Fiscalía de la Audiencia
Intereso de V. me remita a la mayor brevedad posible informe comprensivo de los siguientes extremos:
1º.- Actos de adhesión al Glorioso Alzamiento que ocurrieron en esa ciudad con anterioridad o posterioridad al 18 de Julio de 1.936.
2º.- Personas que coadyuvaran a los actos con expresión sucinta de la actuación personal de cada uno.
3º.- Personas que se opusieron a ellos relacionando las más destacadas.
4º.- En caso de no haber existido ningún acto de adhesión, deberá expresar las causas que impidieron el triunfo del Movimiento en esa ciudad así como la posición de las autoridades de la misma y estado o situación político social de la ciudad.
Dios guarde a V. muchos años.
Jaén, 12 de Abril de 1.943.
EL FISCAL INSTRUCTOR DELEGADO,


G.C. de Villarrodrigo.


- Causa General-Jaén-Entrada nº 365- día 13 Mes 5 Año 43.


218 Comandancia de la Guardia Civil. Puesto de Villarrodrigo.
En cumplimiento a su superior escrito de fecha 12 del anterior, Nº 423, tengo el honor de emitirle la siguiente relación de personas que en esta Villa se sublevaron contra el Gobierno rojo:
D. Pedro Polidura Ojeda, (Fusilado por los elementos marxistas),
Antonio Polidura Ojeda,
José Ramón Garrido González,
Santiago Gómez Tirado,
Juan José Gómez Tirado,
Edelmiro Segrelles,
Juan de la Cruz Solano Millán,
Vidal Campos Montañés,
Vicente de Gracia Rodríguez,
Felipe, Manuel, José y Antonio de Gracia Fernández,
Emilio Campos Montañés,
Rafael Campos Palomo,
Juan Romero Hurtado,
José Sandoval Campos,
Julián Millán Fernández,
Genaro Garrido González,
Gregorio Campos Palomo,
Ángel Camacho Martínez y
Constancio Serrano Serrano.

Individuos que se opusieron a los sublevados:
Valentín Fernández Navío,
Antonio Arias Pastor,
José Bezares Vera,
Valentín Fernández López,
Fermín Fernández López,
Columbiano Millán Ojeda,
Manuel Millán Ojeda,
Emiliano Barriga Navío,
Pedro Bezares Campos,
Francisco Montalvo Vera,
Wenceslao Montalvo Vera,
Rafael Campos Idañez,
Ricardo Campos Idañez y
Juan Navarro Navío, no pudiendo precisar la actuación personal de cada uno.

Las autoridades locales estuvieron en todo momento en contra de los sublevados.
No pudo triunfar el Alzamiento en esta localidad por la gran concentración que de fuerzas de diferentes puntos de la provincia hicieron los rojos.
Dios guarde a V.S. muchos años.
Villarrodrigo 7 de Mayo de 1943.
El Comandante de Puesto.
Juan Lara Cano

Señor Fiscal Instructor Delegado de la Causa General. (JAEN).

(Nota: En este documento el Comandante de Puesto de la Guardia Civil es el único que se atreve a poner entre las personas que se opusieron a la sublevación, bando republicano, al Sr. Cura Don José María Ruiz Romero. El resto de documentos de la Causa General no lo mencionan o lo defienden abiertamente como en el caso del Memorandum).