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sábado, 22 de octubre de 2011

1.495.- Juan Sánchez , vecino de Villarrodrigo, condenado por hereje.



1495-VII-10.- Burgos. Para que el licenciado Diego de Espinosa, inquisidor en el obispado de Jaén y adelantamiento de Cazorla, haga que se entreguen 60.000 maravedís a los hijos de Juan Sánchez de Limi...?, vecino de Villarrodrigo, de los bienes del dicho su padre, condenado por hereje. Consejo de la Inquisición. (PARES: A.G. de Simancas. RGS, 149507,400 )


Los hijos de Juan
Sánchez de Limi...?

Ynquisyción

Don Fernando e Doña Isabel, carta a vos el Licenciado
Diego de Espinosa ynquisidor de la heretica pra-
vydad en el obispado de Jaén y adelantamiento de Cazorla
salud y gracia, sepades que por parte de los hijos e hijas de
Juan Sánchez del Limi...? vecino de Villa Rodrigo, nos es fecho re-
lación que nos les ovimos fecho mandarles limosnas para a-
yuda a sus casamientos e mantenimientos de ellos de sesenta
mil maravedíes de los bienes de dicho Juan Sánchez, su padre, condena-
do e declarado por herege e mandamos al Bachi-
ller Juan Fernández de Castroverde, nuestro recebtor, que se los
diese e pagase de los bienes que fueron de dicho su padre
e dis que al ver que fue requerido con la dicha nuestra carta de merced
no lo ha querido ni quiere fazer ny cumplir poniendo
de ello abusos e dilaciones e vendió e remató los di-
versos bienes aunque mandamos cobrase con renta la dicha merced
en la cual dis que los dichos hijos e hijas de dicho Juan Sánchez an
recibido e reciben agravamiento e daños e que si así pa-
sase no temyeren ny que por alymentos ni cosas por que nos
suplicaron e pidieron por merced que mandásemos recibo
a devido efecto la dicha merced e limosnas que les fasymos
o como la nuestra merced fuesen e por los del dicho nuestro consejo
vistole presenciare dicho acatado que nuestra merced e vo-
luntad es que la dicha merced aya su devido efecto,
mandamos dar e dimos la presente nuestra carta para
vos en la dicha razón por que vos mandamos que luego
que con la presente fueredes requerido veades la dicha su cedu-
la de merced e limosnas que así les hasimos e
ayudes e recabades una plegaria y por merced


quedamos así confiscados con la dicha nuestra cámara que por
derecho de dicho arresto que sea al presente año las
que se confiscara desde aquí adelante e ni ellos e ni quien
se presente de ellos pagados ni negase así como por los dichos
sesenta mill maravedíes e los vedades e firmare depósitos
testigos myos se digan en pública almoneda ante vos
el notario público a la persona o personas
que mas por ellas vos diere e de los tales maravedíes
fasedes entero e cumplido pago a los dichos hijos de dicho
Juan Sánchez de Limi...? de los dicho sesenta mil maravedíes
e limosnas que les hasiamos favor cual todo dicho abran
de ver cosa e presente dello e dello y nos diere e de pedirle re-
cibo e cumplir e garantar e otorgar los recibos de ventas a los que
los dichos bienes cogieren con las firmezas e sumaryos que por
y por cuanto venidos vos damos poder cumplido con todas sus
yncidencias e dependencias anaxidades e conexidades
e por la presente fazer mas sumas e dejaz los dichos
bienes a la persona e personas que de vos los cobraren y la merced
que dicho antes e mandamos a los dichos nuestros contadores perso-
nas que oviere de mas las rentas del dicho restos que lo re-
ciban e paguen en metal o susodicho en que fijen fecha
la dicha reunión. Dada en la cibdad de Burgos, dies
de julio de mill e cuatrocientos e noventa e cinco años, va
escrito entre renglones / o dis que fuera fecha la de
pergamino vala / ... / episcopun habile
Filipo doctor, Martínez doctor. Yo Pedro de Ves escribano de
la cámara del Rey e de la Reyna nuestros señores la fise escre-
vir por su mandado con acuerdo de los de su consejo.



COMENTARIO: La Inquisición Española la establecen los Reyes Católicos creando el Tribunal de la Inquisición en Sevilla (1.478), y posteriormente el de Córdoba (1.482) y el de Jaén (hacia 1.483). El Tribunal de la Inquisición de Jaén comprendía: el Obispado de Jaén, el arciprestazgo de Alcaraz, el Adelantamiento de Cazorla y la Encomienda del Campo de Montiel. Según este escrito, el inquisidor del Adelantamiento de Cazorla actúa en la Encomienda de la Sierra de Segura a la que pertenecía Villarrodrigo. En esta época, Villarrodrigo dependía en lo eclesiástico del Arzobispado de Toledo y en lo civil del antiguo Reino de Murcia. Por este documento conocemos que Juan Sánchez vecino de Villarrodrigo había sido condenado y declarado hereje y sus bienes mandados confiscar por Diego de Espinosa el inquisidor del Adelantamiento de Cazorla, perteneciente al Tribunal de la Inquisición de Jaén. (No confundir con el Inquisidor General de Felipe II, Diego de Espinosa (1.502-1.572)). El receptor de la inquisición era el bachiller Juan Fernández de Castroverde, el encargado de incautar los bienes por mandamiento de los inquisidores. Los Reyes Católicos con el deseo de mostrarsen justos y misericordiosos revocaban confiscaciones y concedían limosnas a los hijos de los acusados por la Inquisición. En este caso ordenan que se les entregue como limosnas suyas, 60.000 maravedíes a los hijos e hijas del acusado Juan Sánchez de los bienes que le había incautado la Inquisición. Para hacernos una idea de esta cantidad, en esta época la cuantía establecida para los caballeros cuantiosos era de 30.000 maravedíes y el salario anual de un receptor de la inquisición se acercaba a los 60.000 maravedíes.

NOTA: El resultado de esta trascripción a sido gracias al empeño de Mª José que la ha rectificado. JaunF esta trascripción ha “qudao bordá”, falta saber las vocales omitidas en el segundo apellido de Juan Sánchez.