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jueves 12 de mayo de 2011

1.478- Que se ejecute la sentencia contra el villazgo a Villarrodrigo.





1478-VIII-25. Sevilla. Provisión de los Reyes Católicos para que se cumpla la sentencia a petición de Segura de la Sierra contra Villarrodrigo, sobre el privilegio de villazgo que ésta recibió de Rodrigo Manrique, Maestre de Santiago. (A.G. de Simancas, RGS, Leg. 147808, 112).








PARES: Archivo General de Simancas. Chancillería. Registro del Sello de Corte.
Título: “Que se cumpla la sentencia en pleito de Segura de la Sierra y Albaladejo”
Signatura: RGS, LEG. 147808, 112
Fecha: 1.478-08-25 (Sevilla)
Contenido: Al Maestre de Santiago, a petición de la villa de Segura de la Sierra, para que haga cumplir la sentencia que a favor de ésta fue pronunciada en el pleito que trató con el lugar de Albaladejo sobre la jurisdicción de este.- Reyes.




RGS. VIII - 1478




Don Fernando y Dona Ysabel por la gracia de dios, Rey e Reyna de Castilla, de León, de Toledo, de Sicilia, de Portugal, de Galicia, de Sevilla, de Córdova, de Murcia, de Jahén, de los Algarbes, de Algesira e de Gibraltar, príncipes de Aragón e senores de Vizcaya e de Molina, a vos don Alfonso de Cárdenas maestre de la orden de la cavallería de Santiago, el nuestro concejo salud e gracia, sepades que pleito pasó ante el Reverendo padre prior de Ucles e el doctor Rodrigo Maldonado de Talavera e el Licenciado Pedro de Horosco, todos del nuestro Consejo y real consejo, Alcaldes, Regidores, cavalleros, escuderos, oficiales e onmes buenos de la villa de Segura de la Syerra de la dicha orden e su procurador en su nombre de la una parte, e el logar de Alvaladejo que es de la dicha orden e su procurador en su nombre de la otra, sobre rrazon que la dicha villa de Segura chreo e allego el dicho lugar de Alvaladejo sea suyo e de su jurisdisción e que no pueda ny deva ser apartado del, e solo las otras cosas e rrasones al por caso el dicho suplicónos como reyes dichos al el dicho pleito los dichos nuestros juros doy suyos dieron suya y senor de la dicha villa de Segura y que por una carta, el dicho logar de Alvaladejo sea suyo e de su jurisdisción e los considere y aceros nuestros deseos e les mandaron den e se les de nuestros las cumplan ellos e daros por la parte de dicho concejo e onmes buenos de la dicha villa de Segura nos fue fecha relación que dicho consejo e onmes buenos de Alvaladejo no abian querido guardar ny cumplir la dicha suya e ni los cumplan ny las dichas justicias e por poderosas ni los cumplen ellos nos les mandamos dar esta carta a Juan de Pºano nuestro vasallo y viose la dicha suya e la real della e la cumpliese e recavase e repusiese por ley su orden sea firme e pusiese de la posesión el dicho logar al dicho consejo e onmes buenos de la dicha villa de Segura y no en otras cosas ny de algun manera e la dicha suya las cumplyas e se cumplan e agora pa juro los dichos logares como de propios e a vos yciese e pusiese fuesen e cumplir e cumpliese la dicha suya e las dichas copias las cumplas y sobre rrazon de lo suyo dicho mandamos dar acordamos de vos lo fueren pa en de nos vos rogamos e mandamos que veades la dicha suya e las cumplas que por parte de dicho concejo e onmes buenos de la dicha villa de Segura, vos dariamos poder e las mas de dicha e fagades luego cumplir e reponer a divyda real lo confirmo en todo e por todo según y en ella se contiene e que contra el tenor e forma dellas no vayades ni pasades ny cosyuades y ni pases en por manera, les mandamos a las dichas nuestras justicias e al dicho Juan de Pºano nuestro jues mero executor e a cada uno dellos se nos amparare paxares de la dicha suya e las cumplas de uno sean de lo suso dicho ny de cosa dello ny de haser ny por lo dicho en ello cosa alguna damos por esta lei lo ynysymos la damos por inhibidos a ellos e a cada uno dellos y todos ellos e los unos ny los otros no fagais ende al por alguna manera, so pena de la nuestra merced e de diez myll mrs. a cada uno dellos por quien fincare de lo asi faser e complir para la nuestra cámara.

Dada en la cibdad de Sevilla a veynte e cinco días de agosto ano del nascimiento de nuestro Señor Jesucristo de myll e cuatrocientos e setenta e ocho anos, va sobresalido rayado con dos sobremarcaz valen / Yo el Rey, yo la Reyna / yo Juan Ruiz del Castillo secretario del Rey e de la Reyna nuestros señores la fise escrivyr por su mandado.


COMENTARIO: El Maestre de la Orden de Santiago, Don Rodrigo Manrique, concedió el privilegio de villa al lugar de Albaladejo y cambió por gratitud el nombre por el de Villa-Rodrigo, igual que ocurrió con el lugar de Belmontejo de la Sierra que pasó a llamarse Villa-Manrique (18-12-1.474).
Con este privilegio se quitaban los oficios, justicias y jurisdicción que la villa de Segura de la Sierra tenía sobre el lugar.
La villa de Segura de la Sierra se sintió agraviada y perjudicada por este privilegio y pidió a Don Rodrigo Manrique que lo revocase y reestableciese la jurisdicción de Segura sobre Villarrodrigo. El Maestre no solo no revocó el privilegio sino que les mandó que lo guardaran tal y como él lo había concedido.
La villa de Segura de la Sierra recurrió el fallo del Maestre ante el Capítulo General de la Orden de Santiago, el cual lo desestimó alegando que no era competente en apelaciones contra las resoluciones de su Maestre. Con el Maestre Rodrigo Manrique ya fallecido, la villa de Segura, apeló y suplicó ante el Rey y su Consejo que era el competente, pidiendo que la resolución del Maestre no fuera firme por el tiempo trascurrido. El 24-10-1.477 el rey Fernando el Católico nombra la comisión para que dirima el pleito. Esta comisión restituye la jurisdicción de Segura de la Sierra sobre Villa-Rodrigo quedándose éste con su título de villa pero sin las jurisdicciones de las villas. De esta forma Segura mantiene su jurisdicción que aplica por igual a villas y lugares de la Encomienda. Intentará continuamente hacer valer sus fueros sobre todo su territorio, pero las villas y lugares, sobre todo las más alejadas, seguirán tratando de resolver sus pleitos ante sus alcaldes ordinarios, evitando siempre que pueden, tener que ir a Segura de la Sierra a pedir justicia.
Villarrodrigo parece que no quería cumplir la resolución de la comisión real y Segura de la Sierra consigue esta provisión, dirigida al nuevo Maestre de la Orden de Santiago Don Alfonso de Cárdenas para que el concejo de Villarrodrigo la cumpla.