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domingo, 25 de octubre de 2015

1.531.- Villarrodrigo. Tasación de los arcos de la casa del bastimento.




1531-XI-25. Villarrodrigo. Tasación de los arcos de la casa del bastimento de Villarrodrigo a petición de Andrés Murciano. (AHN. OO.MM, AH Toledo, leg. Nº 51.117. Archivo General de la Región de Murcia).


En Villarrodrigo, a veynte e cinco días andados del mes
de noviembre de mill e quinientos e treinta e un años, ante el S. Alonso Mel-
garejo, alcalde mayor, paresçió Andrés Murciano,vecino de Horçera, depo-
sytario de la media annata de la encomyenda de Segura e presentó
este escrito syguiente:

Muy noble señor, Andrés Murciano, depositario que fuy de los mrs.
de la media anata desta encomyenda de Segura, los años pasados
de quinientos e diez e nueve e veynte años, digo que en el lugar de Villa Rodrigo
se prozedió a hazer un casón de bastimento para los frutos e rentas
de la dicha encomyenda, a costa de la dicha media anata e los maestros
que la hizieron excedieron de las condiciones con que las tomaron
a hazer, en que aviendo de hazer las paredes de dentro de la dicha casa
de tapiería en quadro para que cobresse un patio en medio, les pa-
resció más provecho a la dicha casa, aunque a mayor coste, ha-
zerlas de arcos, como lo hizieron e por que se los fizo de lo suso-
dicho, ay pleyto pendiente ante su magestad, entre el comenda-
dor de la dicha encomyenda e my sobre sy se me realizaron co-
mo vuestra merced pido mande tasar la obra de los dichos años
syguiendo bien hechos e lo en derechura e toda costa pueden va-
ler para que a fin no gestado coste lo que en ellos y por ellos yo
pague para que sus costes me los mande reçibir por gastos y en des-
cargo del cargo de los mrs. de la dicha media anata e después
no ay neçesidad que su magestad los mande bolver a tasar, lo
qual vuestra merced hordenamente puede hazer e asy lo pido
y ello vuestra merced hará justicia y escusará las partes de este
pues para ello ay maestros en el dicho lugar que lo puean hazer
e de cómo lo pido e requiero pido al siguiente auto testimonio:

El dicho señor alcalde mayor dixo que lo oya  y mandó benir an-
te sy a los maestros de cantería que en el dicho lugar o-
viese para que juren e conjuntamente vean e apreçien la
obra de los dichos arcos e lo que declarasen mandó a my
el escribano se lo de en documento formal al dicho Andrés Murçiano
para que guarde e costara ansi de fundamento, testigos Xristoval Sobrino e
Pedro Sánchez hijo de Pedro Sánchez escribano, vecinos del dicho lugar.

Luego el dicho Andrés Murçiano dixo que nombrava e nombró
por maestros para la dicha tasación a Juan Martínez Vyzcaino
e a Fernando de Escobar e a Juan de Moxica, maestros de can-
tería que andavan empeçando las obras de la dicha en-
comyenda, testigos Diego Serrano e Pedro Martínez vecinos de
el dicho lugar.

Luego en el dicho día, el dicho señor alcalde mayor tomó
e resçibió juramento en forma devida  de derecho de los
dichos Juan Martínez e Juan de Moxica e Fernando de Es-
cobar canteros, los quales aviendo jurado, respondieron
sy juro e amen e les fue entregado por el dicho señor
alcalde mayor so cargo del dicho juramento vieran
e tassasen la obra de los dichos arcos que estan hechos en
la dicha casa e ansy lo prometieron hacer en todo lo cual
an (… …) en sus (..), testigos JuanYañes escribano de
sus magestades.

Despues de lo sobredicho, en el dicho lugar villa Rodrigo en el dicho día
mes e año sobredichos, ante el dicho señor alcalde mayor
parescieron los dichos Juan Martínez y Fernando de Escobar e
Juan de Mojica, canteros e dixeron que ellos avían visto e
apreçiado la dicha obra de los dichos arcos e que estavan
byen hechos en la dicha obra de la casa de bastimento de
el dicho lugar e syn la puerta prinçipal e syn
otra portada que está entre los dichos arcos dentro
de la dicha casa, syno solamente los seys arcos que
estan fuera de las dichas condiciones de la dicha obra
de la casa de bastimentos, fallaron que de sacar la piedra
e traerla y labrarla e asustándola en los dichos
arcos e de toda la otra costa e materiales e
sambrios (¿) tienen de costa e valen treynta y
syete mill e seys çientos e çinquenta mrs. e que la
obra de ellos es bien hecha.

A la qual dicha declaraçión fueron presentes por testigos Juan
de Aranda e Xristoval Sobrino, vecinos del dicho lugar y el dicho
Juan de Aranda firmó a ruego de los dichos Juan Martínez
e Juan de Muxica presentes porque ellos dixeron que no sa-
bian escrebir y el dicho Fernando de Escobar lo firmó e asy
mysmo el dicho señor alcalde mayor / (….) Fernando
de Escobar, Juan de Aranda e yo Pedro Fernández escrivano
de sus magestades que fuy presente en lo sobredicho e lo escre-
bi e signé y en testimonyo de verdad fize este mi sygno.


Pedro Fernández, escribano.


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